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Congreso y Senado

Del grupo parlamentario a la caja del partido, una vía de financiación señalada por el Tribunal de Cuentas

Hugo GarridoporHugo Garrido
14/07/2025 - 05:00
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Foto de archivo de la presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano, a su llegada a una la Comisión Mixta en el Congreso de los Diputados, el 21 de marzo de 2024 | EDUARDO PARRA (EUROPA PRESS)

Foto de archivo de la presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano, a su llegada a una la Comisión Mixta en el Congreso de los Diputados, el 21 de marzo de 2024 | EDUARDO PARRA (EUROPA PRESS)

La obligación de una auditoría externa e independiente de sus cuentas, ampliar la información pública sobre donaciones para todas aquellas aportaciones privadas inferiores a 2.500 euros o endurecer la legislación sobre recepción de subvenciones públicas para gastos electorales. Esas son las modificaciones a introducir en la Ley sobre la financiación de los partidos políticos que propone incluir el Gobierno en su Plan Estatal de lucha contra la corrupción, presentado esta semana por Pedro Sánchez en el Congreso. Sin embargo el documento no hace mención alguna a cambios en la regulación sobre los ingresos provenientes de los grupos parlamentarios.

«Una parte muy significativa de la financiación pública de los partidos procede de las aportaciones que realizan los grupos institucionales, ya sean los grupos parlamentarios en las Cortes Generales, en las asambleas de las comunidades autónomas o los grupos políticos en las entidades locales». La presidenta del Tribunal de Cuentas (TdC), Enriqueta Chicano, exponía así, en septiembre del año pasado, ante la Comisión Mixta Congreso-Senado de relaciones con el TdC una de las conclusiones del informe de análisis de las contabilidad de los partidos en 2020, fiscalizado en 2024.

Las palabras de la presidenta del órgano de supervisión financiera ponen sobre la mesa una práctica que las formaciones políticas han consolidado con el tiempo: usar las subvenciones y ayudas que las cámaras legislativas y las entidades locales (ayuntamientos, diputaciones y cabildos) ponen a disposición de los grupos institucionales para financiar a los partidos. Un dinero público a disposición de los grupos políticos para facilitar su funcionamiento y que acaba integrado en las arcas de las formaciones. En el caso del Senado, el 44% de los fondos entregados por la Cámara fueron a parar a los partidos el año pasado, según los datos conocidos hace unos días y analizados por Demócrata.

Desde el ejercicio 2017 hasta 2020, último fiscalizado por el TdC, la proporción de las ayudas para funcionamiento de grupos en las Cortes, parlamentos autonómicos, diputaciones o entidades locales que se traspasan a los partidos vienen representando casi dos tercios de todos sus ingresos ordinarios de origen público. En 2020, los grupos de las Cortes y las CCAA trasfirieron 65 millones de euros por otros 39 millones de las entidades locales. En total, 104 millones de euros, según los datos de los diferentes informes del fiscalizador consultados y analizados por este medio.

Legal, pero cuestionado por el Tribunal de Cuentas

Las aportaciones desde las bancadas parlamentarias no están prohibidas, de hecho, se mencionan de forma explícita (artículo 2.1) como uno de los recursos de financiación pública en la Ley 8/2007, sobre financiación de los partidos políticos. No obstante, varios órganos fiscalizadores (caso del Tribunal de Cuentas o la Cámara de Cuentas de Madrid) ya han advertido de forma reiterada sobre la conveniencia de que la legislación al respecto sea más clara y precisa, en el sentido de fijar criterios, establecer el alcance de esas aportaciones y que la justificación de las mismas vaya ligada al funcionamiento de los grupos parlamentarios.

Desde finales de 2017, cuando se aprobó el informe de fiscalización de los estados contables de los partidos para los ejercicios de 2014 y 2015, el Tribunal Cuentas viene recomendando la conveniencia de que «la legislación aplicable pudiera contemplar las condiciones y requisitos en las que los grupos institucionales puedan efectuar aportaciones a los partidos políticos (…) se adecúe con lo establecido en los respectivos Reglamentos y en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, respecto de la finalidad de la dotación económica asignada a los grupos institucionales». La invitación a cambiar la regulación se ha repetido en todos los informes posteriores.

En el informe del ejercicio 2020, en su recomendación décima al Gobierno, el fiscalizador insiste en lo deseable de establecer unas condiciones y requisitos para dichas transferencias de recursos, así como en el uso de ese dinero «que debería responder, en todo caso (…) al cumplimiento de las funciones que los grupos institucionales tienen atribuidas». El propio documento, en su seguimiento de las recomendaciones y propuestas de cambios legislativos hechas en informes anteriores, habla de incumplimiento «en la medida en que no se ha modificado la Ley Orgánica de Financiación de Partidos ni otras disposiciones aplicables» a estos.

Cuando se legisla, es es sentido opuesto

A primeros de 2025, el Gobierno y sus socios parlamentarios aprovecharon la aprobación de la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio de Justicia para reformar la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local. El cambio introducido en el artículo 73.3 afecta a las «aportaciones que los grupos políticos destinen a los partidos políticos», de manera que no sean «objeto de contabilidad específica» por parte de los grupos municipales, salvo para aquellas cantidades que se reserven para su funcionamiento, que es para lo que en teoría se crearon esas ayudas.

«La reforma del párrafo quinto del artículo 73.3 ha supuesto (…) una merma de la transparencia que debe regir toda actuación pública». «Supone un retroceso en la transparencia e impide su control«. En esos términos se pronunciaba hace unos meses, a finales de abril, el Tribunal de Cuentas en una moción aprobada por su pleno. El TdC ha criticado así el cambio para que los fondos que ayuntamientos y otras entidades locales conceden a los grupos institucionales y son transferidos a los partidos no sean objeto de una contabilidad específica por parte de los grupos locales.

El TdC también recuerda en la moción que tras el cambio legislativo, el Ejecutivo o el Legislativo siguen «sin pronunciarse sobre otras cuestiones relevantes asociadas a las dotaciones a los grupos institucionales, como las relativas a la rendición de cuentas, su justificación y su control efectivo, entre otras», incluidas en las recomendaciones del Informe de fiscalización en relación con las dotaciones económicas asignadas a los grupos municipales del ejercicio 2022.

Oídos sordos desde 2001

De manera insistente, el Tribunal de Cuentas ha pedido, tanto en informes, como en mociones o en comparecencias de su presidencia ante la Comisión Mixta de las Cortes, cambios normativos en el uso de las subvenciones «para su funcionamiento» que reciben los grupos institucionales y que en su gran mayoría suelen utilizarse como una forma de financiación de los partidos. Un llamamiento, el del TdC, que las formaciones políticas han ignorado hasta el momento, cuando no se han movido directamente en sentido contrario, como ha pasado recientemente a nivel local.

Ya en 2001, en una moción sobre fiscalización y financiación de los partidos, se reclamaba «que cada subvención específica atienda a la finalidad para la que fue creada y que su cuantificación presupuestaria sea consecuencia de la correcta evaluación de los costes originados por la actividad subvencionable». La nueva ley de Financiación de partidos, aprobada en 2007, trajo la separación entre subvenciones a los partidos para atender sus gastos de funcionamiento o seguridad y de las subvenciones a los grupos institucionales. Sin embargo, comenzó la práctica luego consolidada de usar buena parte del dinero asignado a los grupos para entregárselo a los partidos.

Convenios y poner precio a los servicios

Tras sucesivos informes y recomendaciones caídas en saco roto, el TdC aprobó otra moción, en julio de 2021, «relativa a la financiación, la actividad económico-financiera y el control de las formaciones políticas y de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellas». El documento pide autonomía económica para los grupos y afea actuaciones como las de algunos ayuntamientos ingresan directamente en una cuenta bancaria del partido las ayudas que se aprueban para los grupos institucionales.

El Tribunal de Cuentas insiste en la finalidad para que se crean y conceden dichas subvenciones o ayudas. A su criterio, deben destinarse «al cumplimiento de las funciones
que dichos grupos tienen atribuidas». Para clarificar este aspecto se insiste en:

  1. Establecer las condiciones y requisitos por las que los grupos institucionales puedan efectuar aportaciones a los partidos políticos.
  2. Que las relaciones de colaboración entre formaciones políticas y sus grupos se formalicen mediante convenios, donde se recojan los servicios que el partido se compromete a prestar a cada grupo político, incluyendo la valoración económica de los mismos, además del importe anual a pagar por los grupos por el coste de esos servicios.

Ahorrar en personal a costa de asesores

La figura del convenio que utilizan PNV o Vox en el Senado es la sugerida desde hace años por el Tribunal de Cuentas. Los grupos pequeños (hay formaciones con un solo representante en las Cámaras) suelen traspasar el dinero en su integridad al partido. Disponer de personal específico para administración, comunicación o asesoría técnica puede ser inviable si tuvieran que pagarlos con recursos propios, por lo que dichos servicios se suelen prestar por la matriz política, como explicó en su momento a Demócrata el senador por la Agrupación Herreña Independiente (AHI), Javier Armas González.

Cuestión diferente es la de los grupos mayoritarios, como el PP y PSOE en el Senado. Al igual que en el Congreso, es práctica habitual por parte de las formaciones políticas con más representación cubrir perfiles laborales necesarios para el desempeño de los grupos mediante las cuotas de personal eventual (los conocidos como asesores) que cada bancada tiene asignadas y que se paga directamente por los presupuestos de cada Cámara, al margen de la subvención para funcionamiento. Así, personal administrativo, fotógrafos, periodistas gestores de redes sociales e incluso chóferes son empleados a cargo del cupo para asesores que costean los parlamentos.

De esta manera, los grupos no tienen que pagar con sus propios recursos ciertas nóminas (ni sus correspondientes cotizaciones sociales) y ahorran así dinero de la subvención para otros usos (como la transferencia a los partidos).

¿Qué pide el Tribunal de Cuentas sobre financiación de partidos?

El TdC viene reclamando al Gobierno regular o modificar los siguientes aspectos en materia de financiación de partidos, la última vez en su Memoria Anual de 2024:

  • Las condiciones y los requisitos con los que los grupos institucionales puedan aportar dinero a los partidos políticos.
  • Las nuevas fórmulas de financiación, como los microcréditos que afiliados, cargos políticos y otros ciudadanos hacen a los partidos para sufragar campañas electorales.
    Prohibir que la condonación total o parcial de la deuda con entidades de crédito (práctica ya prohibida) pueda esquivarse mediante la falta de pago de la deuda de forma indefinida.
  • Definir con claridad los conceptos de aportaciones y de donaciones.
  • Regular los mecanismos a través de los cuáles deben identificarse quienes realicen donaciones (crowdfunding) y microcréditos de forma online
  • Poner fin a la subvención para gastos de seguridad, nacida durante los años de lucha contra el terrorismo, y que el TdC considera ya obsoleta (2,7 millones de euros anuales en los últimos ejercicios).

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