La regularización extraordinaria aprobada por el Ejecutivo de Pedro Sánchez acelera el acceso a la residencia legal en España y abre la puerta al voto a miles de personas, aunque no a corto plazo.
Tampoco todos los migrantes avanzarán al mismo ritmo hacia ese derecho. La diferencia clave está en la nacionalidad de origen de las personas que regularizan su situación. Los latinoamericanos parten con ventaja frente a otros extranjeros no comunitarios.
La clave: residencia legal y nacionalidad
El derecho a voto en España depende de tener nacionalidad española (para elecciones generales y autonómicas) o ser extranjero con residencia legal prolongada (para municipales, con condiciones)
La regularización de 2026 adelanta el primer paso permitiendo obtener antes la residencia legal, pero los plazos posteriores difieren según el origen de la persona regularizada.
Migrantes latinoamericanos: acceso más rápido al voto
Los ciudadanos de países iberoamericanos tienen una vía acelerada a la nacionalidad española. Con el renovado marco legislativo bastarán 5 meses de estancia continuada en España para optar a la residencia legal. A partir de ahí, en 2 o 3 años podrían solicitar la nacionalidad, siendo una estimación realista para conseguirla una horquilla de entre 3 y 5 años. Desde ese momento es cuando podrían tener pleno derecho a voto, por lo que deberán pasar entre 3 y 5 años para participar en comicios generales, autonómicos y municipales.
Para ciudadanos de países no iberoamericanos los tiempos cambian y un calendario estimado podría ser el siguiente: un mínimo de 5 meses de estancia en España para optar a la regularización y llevar 10 años en España antes de solicitar la nacionalidad, según los plazos generales, algo que hace que la concesión de nacionalidad no llegue antes de 11 o 13 años y con ella el pasaporte al voto pleno.
Votar sin tener todavía la nacionalidad sólo se contempla en unas elecciones municipales, una vía alternativa para votar antes como extranjero pero limitada y que exige cumplir requisitos como el de 5 años de residencia legal continuada y la existencia de un acuerdo de reciprocidad entre su país de origen y España. En este contexto, algunos países latinoamericanos (como Colombia, Perú o Ecuador) sí tienen acuerdo de reciprocidad, mientras que otros países no comunitarios no lo tienen, por lo que sus ciudadanos no podrán votar ni siquiera en municipales.
Así, latinoamericanos de países con acuerdo podrían votar en 5 o 6 años desde su regularización. Otros extranjeros no podrán votar en ventanas municipales sin nacionalidad.
derecho al voto
La regularización no iguala los plazos
Aunque la regularización extraordinaria decretada por el Gobierno acelera el acceso a la residencia de personas en situación administrativa irregular:
- No cambia los plazos legales para la nacionalidad
- Ni los acuerdos internacionales sobre voto municipal
El acceso a la nacionalidad por residencia está regulado en el Código Civil español y fija los siguientes plazos:
- 2 años para iberoamericanos
- 10 años como norma general
La regularización extraordinaria acorta los tiempos, pero no elimina las diferencias de origen.