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El Ministerio de Sanidad ya tiene preparado un borrador para someterlo a Audiencia Pública con el Real Decreto por el que se crea el Comité Interministerial de seguimiento de la Estrategia de la Industria Farmacéutica. El documento, al que ha tenido acceso Demócrata, regula la estructura del órgano, su composición, funciones y periodicidad de reunión.
La creación del Comité Interministerial, que estará adscrito al Ministerio de Sanidad, responde a la aprobación de la Estrategia de la Industria Farmacéutica 2024-2028. Este plan tiene por objeto desarrollar un ecosistema de relaciones en el que innovación, producción y acceso a los medicamentos formen parte de un mismo conjunto y tengan en cuenta la sostenibilidad y el control del gasto de los sistemas sanitarios.
Dada su transversalidad, naturaleza multicompetencial y extensión temporal, se acordó la creación de un órgano que represente al Gobierno, al sector privado y a las Comunidades Autónomas.
El nuevo Comité no prevé un aumento en el gasto público. Se pretende nutrir de los medios materiales y personales de los departamentos ministeriales que lo componen.
Estructura y funcionamiento
El Comité Interministerial podrá ser convocado por a decisión propia de la Presidencia o tras la petición de algunos de sus miembros. En cualquier caso, ha de reunirse al menos dos veces al año, pudiendo hacerlo de forma electrónica.
Para que sea válida la constitución del órgano, y la celebración de sesiones, deliberaciones o decisiones adoptadas, se requerirá la asistencia de la Presidencia y de la persona titular de la Secretaría (o quienes les suplan), así como de al menos la mitad de los miembros.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos y su composición será la siguiente:
- Presidencia: la persona titular del Ministerio de Sanidad.
- Vicepresidencia: la persona titular del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Vocalías: una persona en representación de cada uno de los siguientes departamentos ministeriales: Hacienda; Economía, Comercio y Empresa; e Industria y Turismo.
Ejercerá la Secretaría del Comité Interministerial la persona del Ministerio de Sanidad designada por la Presidencia del Comité Interministerial.
Las personas titulares de las vicepresidencias, de las vocalías y de la Secretaría tendrán, al menos, rango de dirección general o asimilado, salvo en el supuesto de que la representación ministerial se efectúe a través de organismos y entidades del sector público adscritos o dependientes del Ministerio correspondiente; en estos supuestos, podrá ser la persona titular de dicho órgano, con independencia de su rango.
Las personas representantes serán propuestas por las titulares de los ministerios correspondientes, y nombradas por la persona titular del Ministerio de Sanidad. En la designación de las personas integrantes del Comité Interministerial se atenderá al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad, u otra causa legal, la persona titular de la Presidencia del Comité Interministerial será sustituida por la persona titular de la vicepresidencia. Los demás miembros del Comité Interministerial, en estos mismos casos, podrán ser sustituidos por la persona que designe quien propuso a su titular.
El Comité tendrá potestad para convocar a las reuniones a órganos superiores, directivos de la Administración General del Estado o representantes de las CCAA; y si bien podrán manifestar su opinión, no dispondrán de voto.
Funciones
Tres serán las principales funciones del organismo. En primer lugar, el seguimiento de la Estrategia y de sus acciones derivadas, tales como planes, actualizaciones etc.
También se encargará de la evaluación de las actuaciones de la Estrategia, así como de la elaboración de análisis e informes de cumplimiento de la misma.
Por último, se reserva la coordinación y desarrollo de las actuaciones contenidas en la Estrategia, pudiendo ejercer cuantas funciones le encomiende el Ministerio de Sanidad en materia de Salud y cadena de valor farmacéutica.
Comisión técnica
El borrador del Real Decreto al que ha tenido acceso este medio recoge también la creación de una Comisión técnica que se encargará de preparar las reuniones de la Estrategia, además de poner en común las acciones llevadas a cabo por cada uno de los ámbitos integrantes de la misma. Se reunirá del orden de tres veces al año.
Su presidencia la ostentará la persona titular de la Secretaría de Estado de Sanidad, con tres vocalías para cada una de las personas titulares de la Secretaría de Estado de los otros cuatro ministerios implicados en la Estrategia, pudiendo ser sustituidos por las direcciones generales u organismos autónomos públicos. Asimismo, podrán incorporarse a la Comisión Técnica de forma puntual otros expertos invitados, previa aceptación del Comité Interministerial de Seguimiento.
También se podrán crear grupos de trabajo técnicos que identifiquen, estudien y preparen los temas precisos para alcanzar sus objetivos.









