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De Ajuria Enea a um bar de Vigo: assim lembram os deputados a noite em que a Espanha conquistou o Mundial de 2010

No dia 11 de julho de 2010, a Espanha estacionou a polarização e durante 120 minutos foi uma. Às portas de que a Roja dispute sua segunda final de uma Copa do Mundo, olhamos para trás com mais de uma dezena de suas Senhorias: uma sala cheia de nervos, um bar lotado, uma praça celebrando, uma família se abraçando ou um lehendakari gritando sozinho diante da televisão.

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11 de julho de 2010. Na véspera, Barcelona acolheu uma manifestação histórica sob o lema "Som una nació. Nosaltres decidim", convocada após a sentença do Tribunal Constitucional sobre o Estatuto de Autonomia da Catalunha. Paralelamente, seu principal defensor, o então presidente do Governo José Luis Rodríguez Zapatero, enfrentava a reta final de seu mandato: a crise econômica já não era um tabu, mas uma realidade.

Por sua parte, Mariano Rajoy aquecia na linha lateral com uma oposição que se traduziria em uma maioria absoluta no ano seguinte; e o rei Juan Carlos I ainda estava à frente da Casa Real que começava a ser salpicada pelo caso Nóos. Essa era a Espanha da IX Legislatura, à porta de que a Roja ganhasse seu primeiro Mundial.

Passaram-se 16 anos e a seleção enfrenta neste domingo sua segunda final. De África do Sul a Nova Iorque. Três presidentes e dois monarcas depois, os deputados da XV Legislatura compartilham com DEMÓCRATA suas lembranças daquela noite histórica.

Um lehendakari em solidão

Em julho de 2010, o atual porta-voz do Grupo Socialista, Patxi López, governava no País Basco como o primeiro lehendakari não nacionalista. Embora muito enfraquecida, ETA ainda estava ativa, o que obrigava os principais cargos institucionais a viver sob fortes medidas de segurança. Apenas quatro meses antes, a banda havia cometido na França seu último assassinato.

Nesse contexto, a vitória da Espanha no Mundial se tornou também uma demonstração da progressiva normalização da sociedade basca com os símbolos nacionais. As celebrações nas ruas de Vitoria, Bilbao ou San Sebastián, impensáveis anos atrás por sua dimensão e naturalidade, deixaram imagens pouco habituais até então no País Basco.

No entanto, a lembrança de López naquela noite foi agridoce. Viu a final completamente sozinho no Palácio de Ajuria Enea por uma triste circunstância familiar: no dia anterior, havia falecido o tio de sua mulher, que havia exercido como um pai para ela.

"Poderia tê-la visto com os escoltas, que me convidaram a vê-la com eles, mas me conheço: fico muito nervoso e grito para a televisão, então preferi vê-la sozinho na Lehendakaritza (a sede do Governo Basco)", lembra em declarações a este meio. Mesmo assim, assegura que nunca esquecerá "a alegria das pessoas que passavam celebrando em frente ao Ajuria".

Como em casa, em nenhum lugar

Também Cristina Valido, deputada de Coalición Canaria, seguiu o encontro em solidão. Fez isso de sua casa enquanto preparava a semana de trabalho que tinha pela frente à frente da secretaria insular de Políticas Sociais do Cabildo de Tenerife.

Após 120 minutos de tensão, foi o apito final o que mais a marcou: "Fiquei muito emocionada vendo todo um país celebrando nas ruas. Pensei que tomara que muitas mais coisas fossem capazes de gerar esse sentimento de família entre milhões de pessoas diferentes. Pareceu-me quase milagroso".

Também em casa viveu isso o porta-voz de ERC, Gabriel Rufián, que em conversa com este meio lembra a alegria que lhe causou. "Aquela equipe foi lendária. Dos melhores da história", aponta lembrando o que viveu naquela noite.

Bar, que lugares

Como não poderia ser de outra maneira, tratando-se da Espanha, os bares também foram protagonistas daquela noite. Em Vigo, a porta-voz parlamentar e nova líder de SumarVerónica M. Barbero, se decidiu por este plano: "Havia uma ilusão incrível e a sensação de estar vivendo um momento histórico para o esporte do nosso país", lembra.

Enquanto isso, em Alicante, o deputado de Vox David García compartilhava essa mesma atmosfera cercado de amigos e resume a experiência em poucas palavras: "Ambiente incrível. Quando Iniesta marcou, foi uma maravilha".

Também na Comunidade Valenciana, o deputado de Sumar-IU, Nahuel González, viveu o jogo junto a companheiros em Gandía. Afirma que, embora sempre tenha se sentido "mais valenciano que espanhol", com a seleção foi diferente: "Ali sim que vou com tudo". Como fã do Levante, mas também do Barça, reconhece que ver Iniesta, Xavi e Puyol levantarem a Copa do Mundo foi "um momento muito bonito".

O abraço mais longo

Para muitos deputados, assim como para milhões de cidadãos, aquela noite de 2010 esteve inevitavelmente ligada à família. A socialista Marta Gracia, que reconhece não ser especialmente fã de futebol, lembra melhor as reações de seus filhos do que o próprio jogo. "Nunca esquecerei os pulos do mais velho e as lágrimas de emoção do pequeno quando Iniesta marcou", explica a DEMÓCRATA.

Algo parecido acontece com o deputado popular Fernando de la Rosa, que viveu a final "como uma prova de resistência". Suores, nervos e gritos até que chegou o gol de Andrés Iniesta. Depois, "nos fundimos toda a família em um grande abraço quando terminou o jogo".

Uma lembrança adolescente

Entre os mais jovens do hemiciclo, o socialista Víctor Camino tinha apenas 16 anos. Não se considera especialmente fã de futebol, mas lembra perfeitamente da emoção coletiva: "Quando você torce pela Roja, gera-se um orgulho compartilhado, uma marca Espanha que serve para unir em torno de uns valores que a atual seleção, como a de 2010, continua representando muito bem".

A porta-voz do Podemos, Ione Belarra, estava na casa dos vinte anos naquela época e decidiu passar o verão na Sierra Mixe, no México, fazendo um voluntariado dando oficinas para crianças: “Não havia nem sinal de celular e vi o gol quando desci para o bar do povo”, recorda.

Por sua parte, da bancada popular, Edurne Uriarte foca na dimensão política daquela vitória. Além do futebol, e em conversa com este meio, confessa que para ela o maior triunfo foi o "fortalecimento do patriotismo espanhol". Uma ideia na qual concorda sua companheira Alma Alfonso, para quem aquela foi "uma noite inesquecível, daquelas que unem todo um país". "Todos lembramos onde estávamos quando Iniesta marcou", resume.

 

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¿En qué fase de tramitación parlamentaria se encuentra actualmente el Estatuto de Autonomía de Cataluña tras la sentencia del Tribunal Constitucional?

El Estatuto de Autonomía de Cataluña vigente (Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio) no se encuentra actualmente en ninguna fase de tramitación parlamentaria: su procedimiento legislativo concluyó en 2006, con su aprobación definitiva por las Cortes Generales y su publicación en el BOE. La posterior sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010 no reabrió ni prolongó la tramitación parlamentaria, sino que ejerció el control de constitucionalidad sobre una ley ya en vigor. Desde entonces, el Estatuto sigue vigente en la redacción resultante de esa sentencia, sin que conste en los datos consultados ninguna reforma estatutaria en curso ni expediente abierto en Congreso o Senado relativo a la Ley Orgánica 6/2006.

Situación normativa actual del Estatuto de Autonomía

La Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, figura como norma aprobada y promulgada, con publicación en el Boletín Oficial del Estado el 20 de julio de 2006, según el texto del BOE. Esta publicación marca, a efectos parlamentarios, el cierre del procedimiento legislativo: la ley ya ha superado todas las fases en Congreso y Senado y ha sido sancionada y promulgada.

En la información disponible, esta ley aparece únicamente como norma vigente (Boletín Asamblea Legislativa/BOE), sin asociarse a ningún expediente parlamentario abierto en la legislatura actual. La referencia técnica que se ofrece es un proceso de tipo ejecutivo (process_ante_194487) vinculado al texto publicado en el BOE, lo que confirma que ya no se encuentra en ninguna etapa de tramitación en las Cámaras.

Efectos de la Sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010

La Sentencia 31/2010, de 28 de junio, del Tribunal Constitucional, se dictó en el marco de varios recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la Ley Orgánica 6/2006 (por ejemplo, los recursos n.º 8045-2006, 8675-2006, 9330-2006 y 9501-2006, que aparecen como procedimientos autónomos de control de constitucionalidad). En la información disponible, la sentencia se identifica como un procedimiento propio del TC (proceso process_ante_208338), que describe ampliamente su contenido y efectos sobre diversos preceptos del Estatuto.

Este control de constitucionalidad no forma parte de la tramitación parlamentaria, sino de la jurisdicción constitucional. Es decir:

  • La ley ya estaba plenamente aprobada y en vigor cuando se resolvieron los recursos.
  • El Tribunal Constitucional declaró la nulidad de determinados preceptos e impuso interpretaciones conformes sobre otros, pero no devolvió el texto a las Cortes Generales para una nueva tramitación.
  • Por ello, no se reabre ni continúa el expediente legislativo; lo que cambia es el contenido aplicable de la ley, no su fase parlamentaria.

Estado de la tramitación parlamentaria tras la sentencia

A la vista de los datos consultados, la reforma estatutaria de 2006 aparece como un procedimiento completamente cerrado desde su aprobación y publicación en el BOE en julio de 2006. No se proporciona ninguna fase posterior en Congreso o Senado relativa a “reapertura”, “revisión” o “modificación” derivada directamente de la Sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional.

En consecuencia, puede afirmarse que:

  • La tramitación parlamentaria de la Ley Orgánica 6/2006 está concluida y figura como tal en los registros (la norma se sitúa ya solo en el ámbito de “ley vigente/publicada”).
  • La sentencia del Tribunal Constitucional actúa después de finalizado el procedimiento legislativo, sin generar una nueva fase de tramitación en las Cortes.
  • Cualquier modificación futura del Estatuto exigiría una nueva iniciativa de reforma (nuevo proyecto o proposición de ley orgánica), con su propio expediente parlamentario, distinto del que culminó en 2006.

Por tanto, a día de hoy, el Estatuto de Autonomía de Cataluña reformado en 2006 está en fase de norma vigente, ya consolidada tras la Sentencia 31/2010: no hay procedimiento parlamentario abierto ligado a esa reforma estatutaria en los registros actuales del Congreso y del Senado.

¿Qué artículos concretos del Estatuto de 2006 fueron anulados o reinterpretados por la Sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional? ¿Qué mayoría y procedimiento serían necesarios hoy para volver a reformar el Estatuto de Autonomía de Cataluña? ¿Cómo afectó políticamente en Cataluña y en el Congreso la Sentencia 31/2010 sobre el Estatuto?

¿Cuáles son las competencias y funciones del lehendakari según el Estatuto de Autonomía del País Vasco?

El Estatuto de Autonomía del País Vasco configura al lehendakari (Presidente del Gobierno Vasco) como una de las instituciones centrales del autogobierno vasco. Sus competencias se articulan en torno a tres ideas: la jefatura del Gobierno Vasco, la representación institucional de la Comunidad Autónoma y un papel clave en la relación con el Parlamento, especialmente en la elección del propio lehendakari y la promulgación de las leyes. Todo ello se recoge en diversos preceptos de la Ley Orgánica 3/1979, cuyo texto oficial puede consultarse en el Estatuto de Autonomía para el País Vasco.

El lehendakari como uno de los poderes institucionales

El Estatuto establece que los poderes del País Vasco se ejercen a través de tres grandes instituciones: el Parlamento, el Gobierno y su Presidente o Lendakari. Es decir, el lehendakari aparece como uno de los tres pilares institucionales básicos de la Comunidad Autónoma, al mismo nivel que el Parlamento Vasco y el propio Gobierno Vasco.

Esta configuración implica que el lehendakari no es solo el primero entre los miembros del Ejecutivo, sino que tiene una posición institucional propia, diferenciada, que sintetiza la dirección política del Gobierno y la representación del poder ejecutivo autonómico. Aunque el detalle funcional se desarrolla en la legislación autonómica (ley de gobierno, reglamentos, etc.), el Estatuto ya fija esa centralidad del lehendakari en el sistema de poderes vascos.

Relación con el Parlamento: elección y base de legitimidad

La elección del lehendakari está directamente vinculada al Parlamento Vasco. El Estatuto prevé que, una vez celebradas las elecciones autonómicas, el órgano preautonómico (Consejo General del País Vasco) convoque al Parlamento electo, dentro de los treinta días siguientes, para que proceda al nombramiento del Presidente del Gobierno Vasco.

Para dicha elección, se exige:

  • Mayoría absoluta de la Cámara en primera votación.
  • Si no se alcanza, mayoría simple en sucesivas votaciones.
  • Si transcurren sesenta días desde la constitución del Parlamento sin haberse elegido Presidente, se disuelve la Cámara y se convocan nuevas elecciones.

Estos elementos estatutarios sitúan al lehendakari como una figura investida de legitimidad parlamentaria y vinculan su mandato a la composición política del Parlamento. El Estatuto, sin embargo, en los fragmentos consultados, no desarrolla expresamente los mecanismos de cese por moción de censura ni de cuestión de confianza, que quedan en la legislación y normativa posterior; no se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre estos extremos.

Funciones en el procedimiento legislativo

Una de las funciones más claras y explícitas que el Estatuto atribuye al Presidente del Gobierno Vasco es la de promulgar las leyes aprobadas por el Parlamento Vasco. Un precepto estatutario indica que:

  • Las leyes del Parlamento serán promulgadas por el Presidente del Gobierno Vasco.
  • El lehendakari ordenará su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco» en el plazo de quince días desde su aprobación.
  • Asimismo ordenará su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
  • A efectos de su vigencia, rige la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».

Con ello, el lehendakari se configura como la autoridad encargada de dar eficacia formal a las normas aprobadas por el Parlamento Vasco, cerrando el ciclo legislativo autonómico. Su firma y orden de publicación son condición necesaria para que las leyes entren en vigor, lo que refuerza su papel de cabeza del poder ejecutivo y de garante del funcionamiento institucional.

Participación en la reforma del Estatuto

En materia de revisión del propio Estatuto, la norma básica atribuye la iniciativa de reforma, entre otros, al Gobierno Vasco. Un precepto establece que la iniciativa para modificar el Estatuto puede corresponder al Parlamento Vasco (a propuesta de una fracción de sus miembros), al Gobierno Vasco o a las Cortes Generales del Estado, y fija un procedimiento que exige aprobación parlamentaria, Ley Orgánica estatal y referéndum de los electores del País Vasco.

Aunque el texto consultado menciona de forma expresa al Gobierno Vasco, en la práctica institucional vasca el lehendakari, como Presidente del Gobierno, es quien lidera políticamente esa iniciativa cuando emana del Ejecutivo. Además, otro precepto indica que el Gobierno Vasco puede ser facultado, por delegación del Estado, para convocar los referéndums relativos a la reforma estatutaria, lo que sitúa nuevamente al lehendakari en el centro de las decisiones de máxima relevancia institucional.

Síntesis funcional

En conjunto, puede sintetizarse que, según el Estatuto de Autonomía del País Vasco, las principales funciones y competencias del lehendakari son:

  • Ser uno de los tres poderes institucionales del País Vasco, junto al Parlamento y al Gobierno.
  • Ser elegido por el Parlamento Vasco, del que recibe su legitimidad, con mayorías y plazos claramente definidos.
  • Presidir el Gobierno Vasco y actuar como su máxima autoridad política, dirigiendo la acción del Ejecutivo (desarrollado en la normativa vasca posterior).
  • Promulgar las leyes del Parlamento Vasco y ordenar su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Estado, determinando la entrada en vigor de las normas autonómicas.
  • Participar, a través del Gobierno Vasco, en la iniciativa y tramitación de las reformas del propio Estatuto, así como en la eventual convocatoria de referéndums estatutarios mediante delegación del Estado.

Más allá de estas previsiones básicas del Estatuto, el detalle operativo de las competencias del lehendakari se completa en la legislación autonómica de desarrollo y en la práctica parlamentaria y gubernamental del País Vasco, para la que no se dispone de más información en las fuentes consultadas.

¿En qué ley autonómica se desarrollan con más detalle las facultades del lehendakari y del Gobierno Vasco? ¿Qué diferencias hay entre las funciones del lehendakari vasco y las del presidente de la Generalitat de Cataluña según sus respectivos estatutos? ¿Cómo ha evolucionado históricamente el papel político del lehendakari desde la aprobación del Estatuto de 1979 hasta hoy?

¿Cuál fue la composición del Congreso de los Diputados tras las elecciones generales celebradas en 2011?

La composición concreta del Congreso de los Diputados tras las elecciones generales de 2011 (inicio de la X Legislatura) —es decir, el número exacto de escaños por partido político y el detalle de los grupos parlamentarios constituidos— no aparece en la información disponible en las fuentes con las que trabajo. Las bases de datos consultadas solo recogen legislaturas recientes y grupos parlamentarios actuales, por lo que la X Legislatura (2011‑2015) no está estructurada allí. Por esa razón no puedo ofrecerte un cuadro fiable de distribución de escaños ni la relación exacta de grupos formados en ese momento. Aun así, puedo explicarte qué tipo de datos se manejarían normalmente y cómo se estructura habitualmente la composición del Congreso tras unas elecciones.

Limitaciones de la información disponible

En la investigación interna se ha intentado localizar, de forma específica, la X Legislatura del Congreso de los Diputados (la que se inicia tras las elecciones de noviembre de 2011). Para ello se han consultado las tablas dedicadas a:

  • Legislaturas por cámara (información histórica de cada legislatura del Congreso).
  • Grupos parlamentarios (los grupos constituidos en el Congreso en diferentes momentos).
  • Agrupaciones políticas (los partidos a nivel general: PP, PSOE, etc.).

Sin embargo, los registros recuperados solo incluyen legislaturas recientes (por ejemplo, la XV, XIV y XII), y los grupos parlamentarios que aparecen corresponden también a etapas muy posteriores a 2011 (con formaciones como Ciudadanos, Vox, Sumar, Junts per Catalunya o Unidas Podemos, que no son representativas de la configuración de la X Legislatura en su inicio). Tampoco existe en esas tablas un vínculo temporal que permita reconstruir la composición histórica (escaños por partido y por grupo) a partir de los datos brutos.

Además, no se ha localizado ninguna tabla específica que almacene la distribución de escaños por partido en cada legislatura, ni una relación entre diputados, legislatura y grupo que permita calcularla de forma indirecta. La conclusión es explícita: en las fuentes estructuradas a las que tengo acceso no hay datos sobre la composición del Congreso en la X Legislatura.

Qué información faltarían para responder con precisión

Para contestar exactamente a tu pregunta sería necesario disponer, al menos, de dos bloques de datos:

  • Resultado en escaños por partido político en las elecciones generales de 2011 para el Congreso (por ejemplo, cuántos obtuvo cada fuerza de ámbito estatal y cada formación nacionalista o regional).
  • Acuerdo de constitución de grupos parlamentarios al inicio de la X Legislatura: qué partidos o coaliciones formaron grupo propio, cuáles quedaron integrados en el Grupo Mixto y, en su caso, si hubo grupos formados por varias fuerzas en coalición.

Con esa información podría detallarse un esquema como el que normalmente se ofrece tras unas elecciones:

  • Relación de partidos representados y su número de diputados.
  • Enumeración de los grupos parlamentarios constituidos en la sesión constitutiva del Congreso.
  • Diferencia entre partidos con grupo propio y partidos integrados en el Grupo Mixto.

Sin embargo, ninguno de esos datos concretos (números de escaños, nombre exacto de cada grupo en esa legislatura o distribución final) figura en las bases de datos parlamentarias y de actores políticos que tengo disponibles.

Qué sí puede aportarse desde el punto de vista institucional

Aunque no dispongo de los números, sí puedo recordarte cómo se estructura formalmente la composición del Congreso tras unas elecciones en términos institucionales, que es un esquema que se aplica también a 2011:

  • Primero se proclaman los diputados electos por cada circunscripción.
  • En la sesión constitutiva se elige la Mesa del Congreso (Presidencia, Vicepresidencias y Secretarías).
  • Los partidos o coaliciones registran la constitución de sus grupos parlamentarios, que deben cumplir requisitos mínimos de escaños o de porcentaje de voto a nivel nacional o circunscripcional.
  • Los partidos que no alcanzan esos umbrales o que deciden no formar grupo propio se integran en el Grupo Mixto.

Ese procedimiento fue el que se siguió también tras las elecciones generales de 2011, de modo que la “composición del Congreso” combina siempre dos dimensiones: el reparto en escaños por partido y la organización interna en grupos parlamentarios, que es la que determina la operativa diaria (turnos de palabra, presencia en la Mesa, peso en las comisiones, etc.).

Conclusión

En resumen, la información estructurada con la que trabajo no contiene la distribución de escaños por partido ni el detalle de los grupos parlamentarios del Congreso en la X Legislatura surgida de las elecciones generales de 2011, por lo que no puedo ofrecerte una tabla numérica fiable con esa composición. Solo es posible describir el marco institucional general y el tipo de datos que normalmente se utilizan para caracterizar una legislatura. Si necesitas el dato exacto de escaños y grupos, la vía más segura sería acudir directamente a los recursos históricos del Congreso de los Diputados o a series estadísticas oficiales, que sí recogen esa información con detalle.

¿Dónde puedo consultar de forma oficial el reparto de escaños por partido en las elecciones generales de 2011? ¿Qué requisitos se exigen para formar grupo parlamentario propio en el Congreso y cómo afectan a partidos pequeños? ¿Cómo influyó la composición del Congreso en la X Legislatura en la gobernabilidad y en los principales acuerdos parlamentarios de ese periodo?

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