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Da Ajuria Enea a un bar di Vigo: così ricordano i deputati la notte in cui la Spagna conquistò il Mondiale del 2010

L'11 luglio 2010, la Spagna ha parcheggiato la polarizzazione e per 120 minuti è stata una. Alle porte che la Roja disputa la sua seconda finale di un Mondiale, diamo uno sguardo indietro con più di una decina delle sue Signorie: un salone pieno di nervi, un bar affollato, una piazza che festeggia, una famiglia che si abbraccia o un lehendakari che grida solo davanti al televisore.

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11 luglio 2010. La vigilia, Barcellona ha ospitato una storica manifestazione sotto lo slogan "Som una nació. Nosaltres decidim", convocata dopo la sentenza della Corte Costituzionale sul Statuto di Autonomia della Catalogna. Parallelamente, il suo principale sostenitore, l'allora presidente del Governo José Luis Rodríguez Zapatero, affrontava il rettilineo finale del suo mandato: la crisi economica non era più un tabù, ma una realtà.

Da parte sua, Mariano Rajoy scaldava in panchina con un'opposizione che si sarebbe tradotta in una maggioranza assoluta l'anno successivo; e il re Juan Carlos I era ancora a capo della Casa Reale che cominciava a essere coinvolta nel caso Nóos. Quella era la Spagna della IX Legislatura, alle porte della vittoria della Roja nel suo primo Mondiale.

Sono passati 16 anni e la selezione affronta questa domenica la sua seconda finale. Dal Sudafrica a New York. Tre presidenti e due monarchi dopo, i deputati della XV Legislatura condividono con DEMÓCRATA i loro ricordi di quella notte storica.

Un lehendakari in solitudine

Nel luglio 2010, l'attuale portavoce del Gruppo Socialista, Patxi López, governava nei Paesi Baschi come il primo lehendakari non nazionalista. Anche se molto indebolita, ETA era ancora attiva, il che costringeva i principali incaricati istituzionali a vivere sotto forti misure di sicurezza. Appena quattro mesi prima, la banda aveva commesso in Francia il suo ultimo omicidio.

In questo contesto, la vittoria della Spagna nel Mondiale si trasformò anche in una dimostrazione di progressiva normalizzazione della società basca con i simboli nazionali. Le celebrazioni nelle strade di Vitoria, Bilbao o San Sebastián, impensabili anni fa per la loro dimensione e naturalezza, lasciarono immagini poco abituali fino ad allora in Euskadi.

Tuttavia, il ricordo di López quella notte fu agrodolce. Vide la finale completamente solo nel Palazzo di Ajuria Enea per una triste circostanza familiare: il giorno precedente era morto lo zio di sua moglie, che era stato come un padre per lei.

"Potevo vederla con le scorte, che mi hanno invitato a vederla con loro, ma mi conosco: mi agito molto e urlo alla televisione, quindi ho preferito vederla da solo nella Lehendakaritza (la sede del Governo Basco)", ricorda in dichiarazioni a questo mezzo. Tuttavia, assicura che non dimenticherà mai "la gioia della gente che passava a festeggiarlo davanti ad Ajuria".

Come a casa, in nessun posto

Anche Cristina Valido, deputata di Coalición Canaria, ha seguito l'incontro in solitudine. Lo ha fatto da casa mentre preparava la settimana di lavoro che aveva davanti alla guida della consiglieria insulare delle Politiche Sociali del Cabildo di Tenerife.

Dopo 120 minuti di tensione, è stato il fischio finale a colpirla di più: "Mi sono emozionata tantissimo vedendo un intero paese celebrarlo per le strade. Ho pensato che speriamo che molte più cose siano in grado di generare quel sentimento di famiglia tra milioni di persone diverse. Mi è sembrato quasi miracoloso".

Anche a casa lo ha vissuto il portavoce di ERC, Gabriel Rufián, che in conversazione con questo mezzo ricorda la gioia che gli ha causato. "Quella squadra è stata leggendaria. Tra le migliori della storia", sottolinea ricordando ciò che è accaduto quella notte.

Bar, che luoghi

Come non potrebbe essere altrimenti, trattandosi di Spagna, i bar sono stati anche protagonisti di quella notte. A Vigo, la portavoce parlamentare e nuova leader di Sumar, Verónica M. Barbero, ha optato per questo piano: "C'era un'illusione incredibile e la sensazione di vivere un momento storico per lo sport del nostro paese", ricorda.

Nel frattempo, ad Alicante, il deputato di Vox David García condivideva quella stessa atmosfera circondato da amici e riassume l'esperienza in poche parole: "Atmosfera fantastica. Quando Iniesta ha segnato, è stata una meraviglia".

Anche nella Comunità Valenciana, il deputato di Sumar-IU, Nahuel González, ha vissuto la partita insieme a compagni a Gandía. Assicura che, anche se si è sempre sentito "più valenciano che spagnolo", con la selezione è stato diverso: "Lì sì che vado con tutto". Come tifoso del Levante, ma anche del Barça, riconosce che vedere Iniesta, Xavi e Puyol sollevare il Mondiale è stato "un momento molto bello".

Abbraccio più lungo

Per molti deputati, così come per milioni di cittadini, quella notte del 2010 è stata inevitabilmente legata alla famiglia. La socialista Marta Gracia, che riconosce di non essere particolarmente appassionata di calcio, ricorda meglio le reazioni dei suoi figli che la partita stessa. "Non dimenticherò mai i salti del maggiore e le lacrime di emozione del piccolo quando ha segnato Iniesta", spiega a DEMÓCRATA.

Qualcosa di simile accade al deputato popolare Fernando de la Rosa, che ha vissuto la finale "come una prova di resistenza". Sudore, nervi e urla fino a quando è arrivato il gol di Andrés Iniesta. Dopo, "ci siamo fusi tutta la famiglia in un grande abbraccio quando è finita la partita".

Un ricordo adolescenziale

Tra i più giovani dell'emiciclo, il socialista Víctor Camino aveva appena 16 anni. Non si considera particolarmente appassionato di calcio, ma ricorda perfettamente l'emozione collettiva: "Quando tifi per la Roja, si genera un orgoglio condiviso, un marchio Spagna che serve per unire attorno a dei valori che l'attuale selezione, come quella del 2010, continua a rappresentare molto bene".

La portavoce di Podemos, Ione Belarra, aveva circa vent'anni in quel periodo e decise di trascorrere l'estate nella Sierra Mixe, in Messico, facendo volontariato dando laboratori ai bambini: “Non c'era nemmeno copertura per il cellulare e ho visto il gol quando sono scesa al bar del paese”, ricorda.

Da parte sua, dalla bancata popolare, Edurne Uriarte pone l'accento sulla dimensione politica di quella vittoria. Oltre il calcio, e in conversazione con questo mezzo, confessa che per lei il maggiore trionfo è stato il "rafforzamento del patriottismo spagnolo". Un'idea su cui concorda la sua compagna Alma Alfonso, per cui quella è stata "una notte indimenticabile, di quelle che uniscono un intero paese". "Tutti ricordiamo dove eravamo quando Iniesta ha segnato", riassume.

 

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¿En qué fase de tramitación parlamentaria se encuentra actualmente el Estatuto de Autonomía de Cataluña tras la sentencia del Tribunal Constitucional?

El Estatuto de Autonomía de Cataluña vigente (Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio) no se encuentra actualmente en ninguna fase de tramitación parlamentaria: su procedimiento legislativo concluyó en 2006, con su aprobación definitiva por las Cortes Generales y su publicación en el BOE. La posterior sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010 no reabrió ni prolongó la tramitación parlamentaria, sino que ejerció el control de constitucionalidad sobre una ley ya en vigor. Desde entonces, el Estatuto sigue vigente en la redacción resultante de esa sentencia, sin que conste en los datos consultados ninguna reforma estatutaria en curso ni expediente abierto en Congreso o Senado relativo a la Ley Orgánica 6/2006.

Situación normativa actual del Estatuto de Autonomía

La Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, figura como norma aprobada y promulgada, con publicación en el Boletín Oficial del Estado el 20 de julio de 2006, según el texto del BOE. Esta publicación marca, a efectos parlamentarios, el cierre del procedimiento legislativo: la ley ya ha superado todas las fases en Congreso y Senado y ha sido sancionada y promulgada.

En la información disponible, esta ley aparece únicamente como norma vigente (Boletín Asamblea Legislativa/BOE), sin asociarse a ningún expediente parlamentario abierto en la legislatura actual. La referencia técnica que se ofrece es un proceso de tipo ejecutivo (process_ante_194487) vinculado al texto publicado en el BOE, lo que confirma que ya no se encuentra en ninguna etapa de tramitación en las Cámaras.

Efectos de la Sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010

La Sentencia 31/2010, de 28 de junio, del Tribunal Constitucional, se dictó en el marco de varios recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la Ley Orgánica 6/2006 (por ejemplo, los recursos n.º 8045-2006, 8675-2006, 9330-2006 y 9501-2006, que aparecen como procedimientos autónomos de control de constitucionalidad). En la información disponible, la sentencia se identifica como un procedimiento propio del TC (proceso process_ante_208338), que describe ampliamente su contenido y efectos sobre diversos preceptos del Estatuto.

Este control de constitucionalidad no forma parte de la tramitación parlamentaria, sino de la jurisdicción constitucional. Es decir:

  • La ley ya estaba plenamente aprobada y en vigor cuando se resolvieron los recursos.
  • El Tribunal Constitucional declaró la nulidad de determinados preceptos e impuso interpretaciones conformes sobre otros, pero no devolvió el texto a las Cortes Generales para una nueva tramitación.
  • Por ello, no se reabre ni continúa el expediente legislativo; lo que cambia es el contenido aplicable de la ley, no su fase parlamentaria.

Estado de la tramitación parlamentaria tras la sentencia

A la vista de los datos consultados, la reforma estatutaria de 2006 aparece como un procedimiento completamente cerrado desde su aprobación y publicación en el BOE en julio de 2006. No se proporciona ninguna fase posterior en Congreso o Senado relativa a “reapertura”, “revisión” o “modificación” derivada directamente de la Sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional.

En consecuencia, puede afirmarse que:

  • La tramitación parlamentaria de la Ley Orgánica 6/2006 está concluida y figura como tal en los registros (la norma se sitúa ya solo en el ámbito de “ley vigente/publicada”).
  • La sentencia del Tribunal Constitucional actúa después de finalizado el procedimiento legislativo, sin generar una nueva fase de tramitación en las Cortes.
  • Cualquier modificación futura del Estatuto exigiría una nueva iniciativa de reforma (nuevo proyecto o proposición de ley orgánica), con su propio expediente parlamentario, distinto del que culminó en 2006.

Por tanto, a día de hoy, el Estatuto de Autonomía de Cataluña reformado en 2006 está en fase de norma vigente, ya consolidada tras la Sentencia 31/2010: no hay procedimiento parlamentario abierto ligado a esa reforma estatutaria en los registros actuales del Congreso y del Senado.

¿Qué artículos concretos del Estatuto de 2006 fueron anulados o reinterpretados por la Sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional? ¿Qué mayoría y procedimiento serían necesarios hoy para volver a reformar el Estatuto de Autonomía de Cataluña? ¿Cómo afectó políticamente en Cataluña y en el Congreso la Sentencia 31/2010 sobre el Estatuto?

¿Cuáles son las competencias y funciones del lehendakari según el Estatuto de Autonomía del País Vasco?

El Estatuto de Autonomía del País Vasco configura al lehendakari (Presidente del Gobierno Vasco) como una de las instituciones centrales del autogobierno vasco. Sus competencias se articulan en torno a tres ideas: la jefatura del Gobierno Vasco, la representación institucional de la Comunidad Autónoma y un papel clave en la relación con el Parlamento, especialmente en la elección del propio lehendakari y la promulgación de las leyes. Todo ello se recoge en diversos preceptos de la Ley Orgánica 3/1979, cuyo texto oficial puede consultarse en el Estatuto de Autonomía para el País Vasco.

El lehendakari como uno de los poderes institucionales

El Estatuto establece que los poderes del País Vasco se ejercen a través de tres grandes instituciones: el Parlamento, el Gobierno y su Presidente o Lendakari. Es decir, el lehendakari aparece como uno de los tres pilares institucionales básicos de la Comunidad Autónoma, al mismo nivel que el Parlamento Vasco y el propio Gobierno Vasco.

Esta configuración implica que el lehendakari no es solo el primero entre los miembros del Ejecutivo, sino que tiene una posición institucional propia, diferenciada, que sintetiza la dirección política del Gobierno y la representación del poder ejecutivo autonómico. Aunque el detalle funcional se desarrolla en la legislación autonómica (ley de gobierno, reglamentos, etc.), el Estatuto ya fija esa centralidad del lehendakari en el sistema de poderes vascos.

Relación con el Parlamento: elección y base de legitimidad

La elección del lehendakari está directamente vinculada al Parlamento Vasco. El Estatuto prevé que, una vez celebradas las elecciones autonómicas, el órgano preautonómico (Consejo General del País Vasco) convoque al Parlamento electo, dentro de los treinta días siguientes, para que proceda al nombramiento del Presidente del Gobierno Vasco.

Para dicha elección, se exige:

  • Mayoría absoluta de la Cámara en primera votación.
  • Si no se alcanza, mayoría simple en sucesivas votaciones.
  • Si transcurren sesenta días desde la constitución del Parlamento sin haberse elegido Presidente, se disuelve la Cámara y se convocan nuevas elecciones.

Estos elementos estatutarios sitúan al lehendakari como una figura investida de legitimidad parlamentaria y vinculan su mandato a la composición política del Parlamento. El Estatuto, sin embargo, en los fragmentos consultados, no desarrolla expresamente los mecanismos de cese por moción de censura ni de cuestión de confianza, que quedan en la legislación y normativa posterior; no se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre estos extremos.

Funciones en el procedimiento legislativo

Una de las funciones más claras y explícitas que el Estatuto atribuye al Presidente del Gobierno Vasco es la de promulgar las leyes aprobadas por el Parlamento Vasco. Un precepto estatutario indica que:

  • Las leyes del Parlamento serán promulgadas por el Presidente del Gobierno Vasco.
  • El lehendakari ordenará su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco» en el plazo de quince días desde su aprobación.
  • Asimismo ordenará su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
  • A efectos de su vigencia, rige la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».

Con ello, el lehendakari se configura como la autoridad encargada de dar eficacia formal a las normas aprobadas por el Parlamento Vasco, cerrando el ciclo legislativo autonómico. Su firma y orden de publicación son condición necesaria para que las leyes entren en vigor, lo que refuerza su papel de cabeza del poder ejecutivo y de garante del funcionamiento institucional.

Participación en la reforma del Estatuto

En materia de revisión del propio Estatuto, la norma básica atribuye la iniciativa de reforma, entre otros, al Gobierno Vasco. Un precepto establece que la iniciativa para modificar el Estatuto puede corresponder al Parlamento Vasco (a propuesta de una fracción de sus miembros), al Gobierno Vasco o a las Cortes Generales del Estado, y fija un procedimiento que exige aprobación parlamentaria, Ley Orgánica estatal y referéndum de los electores del País Vasco.

Aunque el texto consultado menciona de forma expresa al Gobierno Vasco, en la práctica institucional vasca el lehendakari, como Presidente del Gobierno, es quien lidera políticamente esa iniciativa cuando emana del Ejecutivo. Además, otro precepto indica que el Gobierno Vasco puede ser facultado, por delegación del Estado, para convocar los referéndums relativos a la reforma estatutaria, lo que sitúa nuevamente al lehendakari en el centro de las decisiones de máxima relevancia institucional.

Síntesis funcional

En conjunto, puede sintetizarse que, según el Estatuto de Autonomía del País Vasco, las principales funciones y competencias del lehendakari son:

  • Ser uno de los tres poderes institucionales del País Vasco, junto al Parlamento y al Gobierno.
  • Ser elegido por el Parlamento Vasco, del que recibe su legitimidad, con mayorías y plazos claramente definidos.
  • Presidir el Gobierno Vasco y actuar como su máxima autoridad política, dirigiendo la acción del Ejecutivo (desarrollado en la normativa vasca posterior).
  • Promulgar las leyes del Parlamento Vasco y ordenar su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Estado, determinando la entrada en vigor de las normas autonómicas.
  • Participar, a través del Gobierno Vasco, en la iniciativa y tramitación de las reformas del propio Estatuto, así como en la eventual convocatoria de referéndums estatutarios mediante delegación del Estado.

Más allá de estas previsiones básicas del Estatuto, el detalle operativo de las competencias del lehendakari se completa en la legislación autonómica de desarrollo y en la práctica parlamentaria y gubernamental del País Vasco, para la que no se dispone de más información en las fuentes consultadas.

¿En qué ley autonómica se desarrollan con más detalle las facultades del lehendakari y del Gobierno Vasco? ¿Qué diferencias hay entre las funciones del lehendakari vasco y las del presidente de la Generalitat de Cataluña según sus respectivos estatutos? ¿Cómo ha evolucionado históricamente el papel político del lehendakari desde la aprobación del Estatuto de 1979 hasta hoy?

¿Cuál fue la composición del Congreso de los Diputados tras las elecciones generales celebradas en 2011?

La composición concreta del Congreso de los Diputados tras las elecciones generales de 2011 (inicio de la X Legislatura) —es decir, el número exacto de escaños por partido político y el detalle de los grupos parlamentarios constituidos— no aparece en la información disponible en las fuentes con las que trabajo. Las bases de datos consultadas solo recogen legislaturas recientes y grupos parlamentarios actuales, por lo que la X Legislatura (2011‑2015) no está estructurada allí. Por esa razón no puedo ofrecerte un cuadro fiable de distribución de escaños ni la relación exacta de grupos formados en ese momento. Aun así, puedo explicarte qué tipo de datos se manejarían normalmente y cómo se estructura habitualmente la composición del Congreso tras unas elecciones.

Limitaciones de la información disponible

En la investigación interna se ha intentado localizar, de forma específica, la X Legislatura del Congreso de los Diputados (la que se inicia tras las elecciones de noviembre de 2011). Para ello se han consultado las tablas dedicadas a:

  • Legislaturas por cámara (información histórica de cada legislatura del Congreso).
  • Grupos parlamentarios (los grupos constituidos en el Congreso en diferentes momentos).
  • Agrupaciones políticas (los partidos a nivel general: PP, PSOE, etc.).

Sin embargo, los registros recuperados solo incluyen legislaturas recientes (por ejemplo, la XV, XIV y XII), y los grupos parlamentarios que aparecen corresponden también a etapas muy posteriores a 2011 (con formaciones como Ciudadanos, Vox, Sumar, Junts per Catalunya o Unidas Podemos, que no son representativas de la configuración de la X Legislatura en su inicio). Tampoco existe en esas tablas un vínculo temporal que permita reconstruir la composición histórica (escaños por partido y por grupo) a partir de los datos brutos.

Además, no se ha localizado ninguna tabla específica que almacene la distribución de escaños por partido en cada legislatura, ni una relación entre diputados, legislatura y grupo que permita calcularla de forma indirecta. La conclusión es explícita: en las fuentes estructuradas a las que tengo acceso no hay datos sobre la composición del Congreso en la X Legislatura.

Qué información faltarían para responder con precisión

Para contestar exactamente a tu pregunta sería necesario disponer, al menos, de dos bloques de datos:

  • Resultado en escaños por partido político en las elecciones generales de 2011 para el Congreso (por ejemplo, cuántos obtuvo cada fuerza de ámbito estatal y cada formación nacionalista o regional).
  • Acuerdo de constitución de grupos parlamentarios al inicio de la X Legislatura: qué partidos o coaliciones formaron grupo propio, cuáles quedaron integrados en el Grupo Mixto y, en su caso, si hubo grupos formados por varias fuerzas en coalición.

Con esa información podría detallarse un esquema como el que normalmente se ofrece tras unas elecciones:

  • Relación de partidos representados y su número de diputados.
  • Enumeración de los grupos parlamentarios constituidos en la sesión constitutiva del Congreso.
  • Diferencia entre partidos con grupo propio y partidos integrados en el Grupo Mixto.

Sin embargo, ninguno de esos datos concretos (números de escaños, nombre exacto de cada grupo en esa legislatura o distribución final) figura en las bases de datos parlamentarias y de actores políticos que tengo disponibles.

Qué sí puede aportarse desde el punto de vista institucional

Aunque no dispongo de los números, sí puedo recordarte cómo se estructura formalmente la composición del Congreso tras unas elecciones en términos institucionales, que es un esquema que se aplica también a 2011:

  • Primero se proclaman los diputados electos por cada circunscripción.
  • En la sesión constitutiva se elige la Mesa del Congreso (Presidencia, Vicepresidencias y Secretarías).
  • Los partidos o coaliciones registran la constitución de sus grupos parlamentarios, que deben cumplir requisitos mínimos de escaños o de porcentaje de voto a nivel nacional o circunscripcional.
  • Los partidos que no alcanzan esos umbrales o que deciden no formar grupo propio se integran en el Grupo Mixto.

Ese procedimiento fue el que se siguió también tras las elecciones generales de 2011, de modo que la “composición del Congreso” combina siempre dos dimensiones: el reparto en escaños por partido y la organización interna en grupos parlamentarios, que es la que determina la operativa diaria (turnos de palabra, presencia en la Mesa, peso en las comisiones, etc.).

Conclusión

En resumen, la información estructurada con la que trabajo no contiene la distribución de escaños por partido ni el detalle de los grupos parlamentarios del Congreso en la X Legislatura surgida de las elecciones generales de 2011, por lo que no puedo ofrecerte una tabla numérica fiable con esa composición. Solo es posible describir el marco institucional general y el tipo de datos que normalmente se utilizan para caracterizar una legislatura. Si necesitas el dato exacto de escaños y grupos, la vía más segura sería acudir directamente a los recursos históricos del Congreso de los Diputados o a series estadísticas oficiales, que sí recogen esa información con detalle.

¿Dónde puedo consultar de forma oficial el reparto de escaños por partido en las elecciones generales de 2011? ¿Qué requisitos se exigen para formar grupo parlamentario propio en el Congreso y cómo afectan a partidos pequeños? ¿Cómo influyó la composición del Congreso en la X Legislatura en la gobernabilidad y en los principales acuerdos parlamentarios de ese periodo?

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