El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha anulado la condena previa de nueve años de cárcel que la Audiencia de Málaga había impuesto a un individuo acusado de agredir sexualmente a una joven con una discapacidad intelectual del 66%. La justicia andaluza ha entendido que el acusado no estaba al tanto de la condición de la joven y no se demostró que ella expresara su rechazo a los actos.
La Sala de Málaga había establecido que el acusado encontró a la mujer, de 24 años, en la calle y la convenció para ir a su casa con el pretexto de darle su número de teléfono. Allí, según la acusación, comenzaron los tocamientos y posteriormente la violación, aunque ella mostró su desacuerdo. La sentencia inicial concluyó que el hombre se había aprovechado de la vulnerabilidad de la joven por su discapacidad.
La defensa recurrió, argumentando que el acusado no había percibido la discapacidad intelectual de la joven y creía que ella era capaz de decidir libremente sobre su sexualidad. El TSJA consideró «más que plausible» esta alegación, resaltando que la discapacidad cognitiva de la joven fue calificada de moderada y que las barreras idiomáticas impedían al acusado reconocer plenamente la situación. Por ello, el recurso fue estimado.
El Tribunal modificó los hechos probados para reflejar que no había evidencia de que la joven se opusiera a los actos sexuales y que el acusado no conocía ni explotaba su discapacidad. La sentencia del TSJA concluyó que la joven no manifestó en ningún momento su oposición y que incluso cooperó, lo que dejaba dudas sobre si el acusado podía saber que ella no deseaba los actos.
Finalmente, el TSJA subrayó que la discapacidad intelectual no elimina automáticamente la capacidad de autodeterminación sexual, sino que cada caso debe ser evaluado de manera individual. Los jueces expresaron serias dudas sobre si el acusado estaba consciente de la condición mental de la joven y si se había aprovechado de ella, aunque no cuestionaron la sinceridad de la declaración de la joven, preconstituida antes del juicio.










