El Ministerio Fiscal junto a la acusación particular han afirmado que está comprobado que los 21 manifestantes antiabortistas coaccionaron a las mujeres que visitaban la clínica Askabide en Vitoria-Gasteiz, que ofrece servicios de interrupción voluntaria del embarazo. Por otro lado, las defensas han alegado que “no se ha aportado ninguna prueba incriminatoria”.
El juicio, que ha tenido lugar en el Juzgado de lo penal número 1 de la capital alavesa, ha concluido tras tres sesiones, considerando los actos ocurridos durante 40 días entre septiembre y noviembre de 2022. La fiscalía ha pedido cinco meses de prisión para cada uno de los acusados, proponiendo sustituir la pena por 100 días de trabajos comunitarios, al considerar que obstaculizaron el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo y la labor del personal de la clínica.
La clínica Askabide, personada como acusación particular, se ha adherido a la solicitud de la fiscalía, y además ha pedido una indemnización de 20.000 euros; 10.000 para el centro y otros 10.000 para su administrador único, además de prohibir a los acusados acercarse a menos de 100 metros del centro médico durante dos años.
Las defensas, en cambio, han solicitado la absolución de los acusados, argumentando que las manifestaciones no afectaron a las usuarias ni a los empleados del centro, y que los acusados se limitaron a rezar y mostrar pancartas como parte de su “libertad de expresión”. Además, insistieron en que durante el juicio “no se ha presentado ninguna prueba incriminatoria”.
La Fiscalía ha descrito las acciones de los manifestantes como una “acción activa de acoso” y ha señalado que las pruebas demuestran los perjuicios causados a la clínica y la coacción hacia sus pacientes. Los testimonios aportados por personal de la clínica y clientas indicaron que se sintieron “intimidadas y totalmente coaccionadas”.
Por último, las defensas han rechazado las acusaciones de hostigamiento y coacción, alegando que el juicio es resultado de una campaña orquestada y que las acciones de los acusados no constituyen delito.











