Leopoldo Puente, magistrado del Tribunal Supremo encargado del ‘caso Koldo’, ha decidido no acceder a la solicitud del Partido Popular de encarcelar provisionalmente a José Luis Ábalos, exministro de Transportes, tras un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que señalaba ‘ingresos irregulares’. Puente ha evaluado que, aunque existe un ‘riesgo cierto’ de fuga, no alcanza la intensidad necesaria para justificar tal medida.
El juez ha optado por mantener las restricciones ya impuestas a Ábalos, como la retirada del pasaporte y la obligación de comparecencias periódicas ante la justicia, tras una reciente revisión de estas medidas. Esta decisión surge después de que Ábalos ejerciera su derecho a no declarar, indicando sentirse desprotegido por desacuerdos con su abogado, José Aníbal Álvarez.
Según el auto emitido, persisten indicios de delitos graves en el comportamiento de Ábalos, que se han visto reforzados por el último informe de la UCO. A pesar de ello, el magistrado ha descartado que Ábalos suponga un riesgo de reincidencia o de alteración de pruebas en este momento. No obstante, ha advertido que el riesgo de fuga podría aumentar a medida que se acerque la fecha del juicio oral, lo que podría llevar a considerar medidas más severas en el futuro.
En su comparecencia, Ábalos optó por no declarar, lo que marcó un cambio en su estrategia de defensa. El magistrado rechazó su solicitud de renunciar a su abogado, calificándola de ‘fraude de ley’ para evitar el procedimiento. Finalmente, todas las partes excepto ADADE pidieron su ingreso en prisión, propuesta que fue desestimada por el juez.