El tribunal de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictaminado que el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) cometió una infracción contra el derecho de asociación de Joaquín Leguina, exmandatario de la Comunidad de Madrid, al alargar de forma “injustificada” su proceso de suspensión de militancia.
Según la resolución judicial, a la que tuvo acceso Europa Press, se admite en parte la demanda interpuesta por Leguina contra el PSOE, Santos Cerdán, anterior secretario de Organización, y Marta López, dirigente del partido, por haberle expulsado a finales de 2022.
“Declaramos que el PSOE vulneró el derecho de asociación de Joaquín Leguina”, afirmaron los magistrados, aunque rechazaron las reclamaciones de indemnización por daños morales contra Cerdán y López. Los jueces indicaron que no se demostró la “intencionalidad torticera” alegada por el exdirigente hacia los acusados.
La corte enfatizó que el problema central no reside en que Leguina fuera suspendido temporalmente por sus declaraciones en medios, lo cual podría estar justificado según los estatutos del partido, sino en la “dilación injustificada” del proceso, que también retrasó la decisión final que debería seguir al pliego de cargos.
“Que en el Reglamento no se contemple un plazo específico no puede servir de excusa para mantener la suspensión temporal de modo indefinido, pues coloca al afiliado en un estado de incertidumbre sobre el momento y el contenido de la decisión definitiva que le dificulta, sino impide, adoptar decisiones para el desarrollo de su derecho de asociación, especialmente si su deseo es continuar afiliado”, concluyeron los magistrados.
El Juzgado de Primera Instancia 68 de Madrid había rechazado inicialmente la demanda de Leguina en noviembre de 2024, lo que llevó al ex presidente a apelar a la Audiencia Provincial.
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