El tribunal de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ratificado la postura de Santiago Pedraz y ha desestimado la solicitud de anulación del ‘caso Gaslow’, que indaga en una posible defraudación del IVA en los hidrocarburos, apoyándose solo en ‘meras afirmaciones’ de dos implicados, quienes mencionaron supuestas ‘irregularidades’ en el proceso.
En una resolución de este lunes, reportada por Europa Press, la Sección Tercera confirma dos resoluciones previas en las que el juez a cargo descartó la posibilidad de anular la investigación. En la más reciente, emitida en junio, Pedraz señaló que el procedimiento ‘se ha desarrollado sin viso alguno de ilegalidad o manipulación’ por parte de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
El juez rechazó específicamente dos recursos presentados por los investigados Juan Sánchez Yepes, agente de la Guardia Civil del grupo de Blanqueo de Capitales de la UCO, y Javier García Pérez, a los que se unió el representante de otro investigado, Antonio Rodríguez Estepa. Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se opusieron a estos recursos.
García Pérez argumentó que Pedraz erró al afirmar que este procedimiento, el de Gaslow, no estaba relacionado con otro llevado en el Juzgado Central de Instrucción Número 6, que dirige el magistrado Antonio Piña. De manera similar, la defensa de Yepes en su recurso sostuvo que los informes de la UCO que originaron las diligencias, el primero por querella del Ministerio Fiscal, eran ‘prácticamente correlativos’ y ‘elaborados por el mismo capitán de la Guardia Civil de dicho organismo’, enfocándose en ‘la investigación de una pretendida organización criminal de fraude hidrocarburos que podría haber llevado a cabo fraude fiscal y blanqueo de capitales’.
La defensa de García Pérez también cuestionó la separación de la causa en el Central de Instrucción 6 y la iniciada por Pedraz como ‘irregular’, y mencionó que el ‘recurso de apelación que la querella criminal’ que inició el actual procedimiento se basaba ‘también en un informe de la Agencia Tributaria que carece de un expediente administrativo previo y que se presentó unos días antes que el informe de la UCO’.
Por su parte, Yepes solicitó la nulidad del caso alegando que tanto la UCO como el Ministerio Fiscal habían manejado caprichosamente el ‘caso Gaslow’ y las diligencias relacionadas en el procedimiento de hidrocarburos del Juzgado Central de Instrucción 6, indicando que la UCO ‘clasifica’ de manera arbitraria la información que administra a cada procedimiento.
AVALA EL CRITERIO DE PEDRAZ
Pedraz explicó que, si la defensa creía que los procedimientos del Juzgado 6 y el actual del Juzgado 5 debían haberse acumulado en uno solo, lo adecuado no era plantear la nulidad, sino seguir los cauces procesales que son los de plantear la inhibitoria o declinatoria.
La Sala de lo Penal ahora respalda esta opinión del magistrado y declara que ‘si se entiende que existe una doble investigación a los recurrentes en ambos procedimientos por hechos idénticos’ se debería demostrar con ‘datos concretos, no con meras afirmaciones’.
‘Lo que no se puede pretender es que en este momento procesal, sin más, se pida una nulidad de actuaciones respecto a hechos o irregularidades que se podían haber puesto en conocimiento del Juzgado Central de Instrucción, y que se pueden poner en otras fases del procedimiento, con el fin nada menos que anular todo un procedimiento, respecto del cual existen numerosos investigados, numerosas investigaciones policiales y judiciales respecto a los mismos, y que lógicamente no estarían afectadas por dicha nulidad’, concluye la Audiencia Nacional.