El Juzgado de lo Penal n.º 17 de València ha impuesto al actor porno Ignacio Jordà, conocido artísticamente como Nacho Vidal, una multa de 2.160 euros por haber roto la barrera del aparcamiento del Mercado de Russafa de València cuando conducía bajo los efectos del alcohol y las drogas.
Según se recoge en la resolución judicial, consultada por Europa Press y adelantada por Las Provincias, el tribunal considera a Vidal responsable de un delito contra la seguridad vial y de otro de daños, apreciando en ambos la circunstancia atenuante de confesión y de reparación del perjuicio ocasionado.
Además de la sanción económica, la sentencia acuerda la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un año y un día, así como el pago de las costas procesales generadas en el procedimiento.
Paralelamente, el actor mantiene otra causa abierta en la que la Fiscalía solicita para él una pena de cuatro años de prisión por la muerte del fotógrafo José Luis Abad durante la celebración del denominado ‘rito del sapo bufo’.
En el asunto ahora enjuiciado, Nacho Vidal ha sido condenado por una imprudencia al volante mientras circulaba ebrio. Los hechos tuvieron lugar el 24 de octubre de 2022, alrededor de las 3.00 horas, cuando el actor guiaba un turismo por la plaza Barón de Cortes de València tras haber consumido bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes que reducían de forma notable sus capacidades para una conducción segura.
El acusado accedió al aparcamiento del Mercado de Russafa y, sobre las 4.08 horas, al no lograr ni él ni su acompañante utilizar correctamente la máquina de pago para abonar el estacionamiento, Vidal, al llegar a la barrera de salida, la rompió para abandonar el recinto, provocando daños valorados pericialmente en 1.193,72 euros.
Durante su declaración sobre los desperfectos ocasionados, el actor admitió que «estaba excesivamente borracho y bajo los efectos de droga», y que como «no podía conducir» dejó el coche aparcado en las inmediaciones del domicilio de su pareja, situado cerca del parking donde había estacionado previamente el vehículo.
La condena se dicta tras el reconocimiento de los hechos por parte de Vidal y a partir de la versión ofrecida por la responsable del aparcamiento, considerada por el juzgado como «suficiente y válida» prueba de cargo.
La testigo relató que observó cómo el actor rompía la valla de salida del parking ante su incapacidad para efectuar el pago en la máquina y obtener el ticket correspondiente. Su testimonio se mantuvo sustancialmente invariable a lo largo de todo el proceso, «lo que refuerza aún más su credibilidad».
El magistrado subraya, además, que en la causa no aparece ningún motivo espurio que permita sospechar que la testigo faltara a la verdad al describir lo sucedido.
Asimismo, el juez considera que la fractura intencionada de la barrera del aparcamiento para poder salir con el vehículo constituye un indicio «claro y de peso» de que las facultades de Vidal se hallaban alteradas por el consumo de alcohol y drogas, y de que no estaba en condiciones idóneas para conducir.
«Se trata de un comportamiento poco racional y escasamente justificable, habiendo podido el actor solicitar ayuda a través de los servicios de intercomunicación del aparcamiento o simplemente dejar el coche allí y salir andando del parking para solucionar la cuestión al día siguiente», concluye la resolución.










