La Audiencia Provincial de Murcia, a través de su Sección Tercera, ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 2 de Cartagena, que condena a un individuo por la comisión de un delito de violencia de género tras haber agredido a su esposa durante una discusión por una puerta dejada abierta.
Los hechos ocurrieron la madrugada del 10 de octubre de 2019 en San Javier, donde el condenado atacó a su pareja con puñetazos en el tórax y el estómago, además de bofetadas y golpes con el cable de un teléfono móvil en la pierna. La sentencia inicial impuso cinco meses de prisión, y restricciones como la inhabilitación para el sufragio pasivo, la tenencia de armas y la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima por un año y medio.
La Audiencia subraya la «completa racionalidad y lógica» de la sentencia de primera instancia, destacando la credibilidad y consistencia del testimonio de la víctima, apoyado por el informe médico forense y otras pruebas objetivas. Además, menciona que «Se apoya en la declaración de la denunciante, en la que no aprecia móviles espurios, que es persistente y viene apoyada en sendas y solventes corroboraciones periféricas, principalmente las lesiones, documental y pericialmente constatadas, pero también por el abandono de aquella de la vivienda común y la ciudad tras el incidente, tal y como relata ella y avala el lugar en el que dos días después se emite el parte médico».
Asimismo, los jueces rechazan la posibilidad de sustituir la pena de cárcel por trabajos comunitarios, considerando la gravedad del ataque, y confirman la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas sin modificar la severidad de la pena.