El Tribunal Constitucional (TC) ha resuelto este miércoles que la malversación puede ser objeto de amnistía, de acuerdo con las excepciones previstas en la ley que aborda el ‘procés’. Sin embargo, el TC no ha emitido opinión sobre si esta decisión afecta al ex presidente de Cataluña, Carles Puigdemont, y a Oriol Junqueras, su antiguo vicepresidente, de acuerdo con información de fuentes jurídicas citadas por Europa Press.
En una sesión plenaria, el TC estudió un recurso presentado por las Cortes de Aragón en contra de la ley de amnistía, centrando su atención en la cuestión de la malversación. La mayoría progresista del tribunal, con seis votos a favor, respaldó la validez de la ley, excepto en detalles menores, desestimando el recurso por considerarlo sin objeto.
Sin embargo, según las fuentes mencionadas, el TC ha hecho una valoración preliminar sobre la malversación, indicando que su inclusión como delito amnistiable en la ley es «plenamente conforme» con la Constitución, aunque no ha abordado cómo se aplica esta excepción en los casos de Puigdemont y Junqueras según interpretó el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo, por su parte, ha optado por no aplicar la ley de amnistía en los casos de malversación del ‘procés’, argumentando que estos se ajustan a dos excepciones de la ley que prohíben su aplicación: el «enriquecimiento personal o beneficio patrimonial» y la afectación a los intereses económicos y financieros de la UE.
El TC aún debe decidir sobre esta interpretación del Supremo en futuras sentencias relacionadas con los recursos de amparo presentados por Puigdemont y Junqueras, entre otros. Se espera que estas decisiones clarifiquen la situación legal de ambos políticos, quienes enfrentan respectivamente una orden de detención nacional y una inhabilitación hasta 2031.