El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha rechazado el recurso de apelación presentado por la defensa de un individuo sentenciado a cuatro años de cárcel por abuso sexual, confirmando así la decisión inicial de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia.
De acuerdo con la resolución, en mayo de 2022, el acusado se aprovechó de la inconsciencia de la víctima, quien había ingerido alcohol en su vivienda, lugar donde ocurrieron los hechos, para establecer una relación sexual sin su consentimiento.
Al volver en sí, la víctima se descubrió ‘con el pantalón bajado y con las bragas por una pierna’ y optó por abandonar el sitio.
La sentencia sostiene la pena de cuatro años de prisión, inhabilitación especial para votar durante la ejecución de la condena y una vigilancia de cinco años tras la liberación. Asimismo, se confirma la compensación a la víctima con 6.000 euros por los daños sufridos.
La defensa del acusado argumentó errores en la evaluación de las pruebas y una supuesta vulneración al derecho de presunción de inocencia, alegando que el acto fue consensuado.
Sin embargo, el Tribunal determinó que no hubo consentimiento. La sentencia subraya que los actos de besos, tocamientos, desvestimiento y sujeción de manos no pueden ser interpretados como un consentimiento voluntario, especialmente cuando la supuesta aprobación de la víctima ‘es inmediatamente contradicho por la acción de volver a vestirse y envolverse en la manta’.
La Sala recalca que en delitos sexuales sin testigos, el testimonio de la víctima, si es creíble y persistente, puede ser suficiente como prueba. La sentencia afirma que la función del tribunal de apelación no es revisar el fallo sino corregir errores claros, lo cual no ocurrió en este caso.
Por consiguiente, la sentencia es firme y establece que las costas del proceso de apelación serán asumidas de oficio. Cabe la posibilidad de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.










