El Tribunal Supremo, a través de su Sala de lo Militar, ha decidido no admitir a trámite las acusaciones presentadas por nueve individuos contra el teniente general Francisco Javier Marcos Izquierdo, jefe de la Unidad Militar de Emergencia (UME), relacionadas con su gestión durante la dana. Los jueces han argumentado que la exigencia de los denunciantes de desplegar todas las Fuerzas Armadas en un perímetro de 500 kilómetros es “un deber absolutamente desmesurado en abstracto”.
Según un auto divulgado por Europa Press, el Supremo ha evaluado que los hechos denunciados no muestran indicios de delitos como homicidio imprudente, omisión del deber de socorro, entre otros. Estas denuncias, originadas en el Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja, Valencia, sostenían que debería haberse ordenado la movilización de todos los efectivos disponibles.
Los magistrados destacan que las reclamaciones se fundamentan en suposiciones “sin base en ningún hecho concreto” y recuerdan que “hipótesis, conjeturas, suposiciones, capricho, animadversión, etc., no permiten abrir una investigación a un ciudadano”. Además, subrayan que acusar al teniente general de no movilizar al Ejército implica un deber irreal y desproporcionado, especialmente bajo los estatutos del Real Decreto 1097/2011, que regula la intervención de la UME.
Finalmente, el tribunal recalca que la argumentación de las denuncias “carece de la más mínima consistencia” para justificar la apertura de un proceso penal y cierra cualquier posibilidad de investigación basada únicamente en el deseo de un denunciante.