Claves del Proyecto de Ley de alcohol en menores: límites en venta y publicidad

La iniciativa impediría el emplazamiento de cualquier tipo de comunicación comercial en la vía pública en un radio de 150 metros de centros educativos, sanitarios, sociosanitarios, parques y lugares de ocio infantil

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La ministra de Sanidad, Mónica García, durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, en el Palacio de La Moncloa | Carlos Luján (Europa Press).

La ministra de Sanidad, Mónica García, durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, en el Palacio de La Moncloa | Carlos Luján (Europa Press).

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El Consejo de Ministros de este martes ha aprobado el Proyecto de ley de prevención del consumo de alcohol y de sus efectos en las personas menores de edad, una iniciativa que impondría nuevas restricciones a la publicidad de bebidas alcohólicas y limitaría la venta en algunos entornos y espacios. En concreto, la iniciativa prohibiría el emplazamiento de cualquier tipo de comunicación comercial en la vía pública en un radio de 150 metros de centros educativos, sanitarios, sociosanitarios, parques y lugares de ocio infantil

Su objetivo es fomentar un cambio cultural que modifique la percepción del bajo riesgo de las bebidas alcohólicas que tiene la población en general, y los menores en particular; a fin y efecto de reducir su consumo.

«La evidencia científica es clara: no existe una cantidad segura de alcohol de cualquier tipo que no implique un impacto negativo en la salud. Beber alcohol de forma moderada no aporta ningún beneficio a la salud», ha esgrimido la ministra de Sanidad, Mónica García.

El contenido del Anteproyecto

El texto del anteproyecto que se sometió a Audiencia Pública prohibía el consumo de bebidas alcohólicas independientemente de la edad en centros educativos (primaria, secundaria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas especiales); en centros de protección de menores y residencias de estudiantes que admitan a menores de edad; en cualquier espacio destinado al uso por parte de los mismos; y en centros deportivos, de ocio o espectáculos cuando se celebren sesiones destinadas a menores.

En consecuencia, y a falta de conocer los detalles concretos del proyecto de ley finalmente aprobado, la venta a menores de edad de bebidas alcohólicas está prohibida. Su consumo únicamente se permite en dosis mínimas de productos con baja graduación y en el ámbito del culto o los servicios religiosos.