El portavoz parlamentario del Partido Popular, Miguel Tellado, ha remitido un escrito de reconsideración a la Mesa del Congreso para revocar la resolución adoptada por la presidenta de la Cámara, Francina Armengol, de devolver la ley de Amnistía a la comisión de Justicia para que emita un nuevo dictamen.
El pasado martes el Pleno del Congreso ejecutó tres votaciones sobre la iniciativa. Al tratarse de una proposición de ley orgánica se requieren de tres votaciones. Las dos primeras por mayoría simple (enmiendas y dictamen) y una final de conjunto en la que se necesita mayoría absoluta, que no logró por el rechazo de Junts (171 síes frente a 179 noes).
Armengol decretó que el texto regresaría a la comisión, en aplicación del artículo 131.2 del Reglamento que establece lo siguiente:
“Su aprobación requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara en una votación final sobre el conjunto del texto. La votación será anunciada con antelación por la Presidencia de la Cámara y, si en ella se consigue la citada mayoría, el proyecto será remitido al Senado. Si, por el contrario, aquélla no se consiguiese, el proyecto será devuelto a la Comisión, que deberá emitir nuevo dictamen en el plazo de un mes”.
Sin embargo, desde el Grupo Popular hacen una lectura diferente del antecitado artículo. Consideran que Armengol no aplicó bien el Reglamento porque “no es que obtuviera una mayoría favorable aunque no suficiente, que sería el supuesto en el que sería de aplicación esa previsión de ‘segunda oportunidad’”, sino que “lo que arrojó el escrutinio fue una mayoría absoluta contraria a la votación final sobre el conjunto del texto”. En consecuencia, según la misiva del PP, “supone que la devolución a la comisión de Justicia no es aplicable en este caso”.
“No es que obtuviera una mayoría favorable aunque no suficiente, que sería el supuesto en el que sería de aplicación esa previsión de ‘segunda oportunidad’”.
Miguel Tellado, en su escrito a la Mesa.
Para sostener su argumento, Tellado se apoya en los puntos 1 y 2 del Artículo 79 de la Constitución:
1. Para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidas reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros. 2. Dichos acuerdos, para ser válidos, deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros presentes, sin perjuicio de las mayorías especiales que establezcan la Constitución o las leyes orgánicas y las que para elección de personas establezcan los Reglamentos de las Cámaras.
Vox se suma
La bancada de Santiago Abascal también ha hecho lo propio, remitiendo un escrito a la Mesa que se mueve en la misma tónica. Vox solicita que se acuerde la nulidad del acuerdo emitido in voce por parte de Armengol y que declare que la Proposición de ley de Amnistía ha sido rechazada en su conjunto por el Pleno del Congreso, por lo que el procedimiento legislativo habría concluido.