Vivimos un momento en que la concentración de la riqueza ha superado los límites de los años inaugurales del siglo XX. La tendencia, además, se muestra exacerbada y se afronta con pasmosa impasibilidad, cuando no con impúdica complacencia.
Según el Banco Mundial, 2023 fue el año de la desigualdad. Y creciendo. En España, con datos de 2021, el 1% con mayor riqueza concentra más del 23% de la riqueza neta total.
Estos datos reflejan también que el 10% más rico acumula cerca del 60% de la riqueza, mientras que el 50% más pobre no llega al 10%. Una situación replicada a escala global. La defensa de una fiscalidad progresiva sobre la riqueza es hoy más necesaria que nunca.
Políticas públicas e inclusión
John Stuart Mill consideró que la concentración de la riqueza es un impedimento para el buen funcionamiento de una sociedad libre. Frente a la desigualdad rampante, el Estado está obligado a actuar, con políticas de gasto y con políticas de ingresos. Unas políticas públicas orientadas a la inclusión y a la integración requieren que, por el lado de los ingresos, se diseñen medidas fiscales progresivas que sustenten las acciones de redistribución a las que se oriente el gasto.
Unas y otras han de funcionar de manera complementaria para construir una sociedad más cohesionada. Instalados en el negacionismo fiscal, hay quienes defienden que los impuestos no sirven para construir sociedades más cohesionadas por ser menos desiguales. Los negacionistas difunden con ahínco la idea de que los impuestos son dañinos, aunque la realidad los refute.
Frente a la desigualdad rampante, el Estado está obligado a actuar, con políticas de gasto y con políticas de ingresos
El pasado mes de diciembre, el Tribunal Constitucional rechazó los recursos de Madrid, Galicia y Andalucía contra el impuesto sobre las grandes fortunas aprobado en la pasada legislatura. Tres sentencias, idénticas en el fondo, que consagran tres fundamentos cardinales para una política fiscal justa, por equitativa, redistributiva y progresiva.
En primer lugar, la correcta inteligencia de la progresividad fiscal, que supone que contribuyan más los que más capacidad de pago tienen. Estas sentencias vienen a defender la imposición del patrimonio.
En segundo, moderar la competencia fiscal a la baja de algunas Comunidades Autónomas, que alegremente exoneran de pago a los grandes patrimonios. El Tribunal Constitucional ya había reconocido que el Estado puede armonizar los tributos cedidos, por lo que, con mayor razón, se comprende que respalde la facultad estatal básica de establecer nuevos impuestos.
Al determinar que el impuesto no invade las competencias autonómicas, ya que el Estado tiene competencia para establecer nuevos tributos y lo hace diseñando un gravamen sobre las grandes fortunas complementario del impuesto sobre el patrimonio, pudiendo deducir de la cuota del nuevo impuesto lo pagado a las haciendas autonómicas, el TC sirve un antídoto contra una agresiva política de dumping fiscal que solo beneficia a quienes pueden permitírselo, generando una pérdida de bienestar para el conjunto de la sociedad.
Y, por último, estas sentencias catalizan la reflexión, siempre demorada, acerca de la necesaria actualización de los impuestos sobre la riqueza, en el marco de una reforma ambiciosa de nuestro sistema tributario. Una reforma acorde a las necesidades del Estado del bienestar, la adecuada garantía de la sostenibilidad de los servicios públicos que lo sustentan y, por ende, de las Comunidades Autónomas que los prestan.
Resulta difícilmente asumible que muchas Comunidades Autónomas reivindiquen sin pudor una mejora de la financiación al tiempo que adoptan rebajas de impuestos que sólo alcanzan a unos pocos en detrimento de la mayoría, alimentando una desigualdad creciente.
Sistemas fiscales justos
Sostener y mejorar el gasto social pasa por una política fiscal justa y redistributiva, en definitiva, un plan fiscal completo. Cualquier sistema fiscal moderno se asienta en los impuestos sobre la renta obtenida, la riqueza que se posee y el consumo que se realiza.
En términos coloquiales, se grava lo que se gana, lo que se tiene y lo que se gasta. Sólo con esto, queda desmentido el argumento de la doble tributación aducido por quienes pretenden abolir uno de estos fundamentos, precisamente el que grava la riqueza.
Sostener y mejorar el gasto social pasa por una política fiscal justa y redistributiva, en definitiva, un plan fiscal completo.
Se trata de un argumento vergonzante, pues se alega para los tributos que gravan el patrimonio, las sucesiones y donaciones, pero no para los que se imponen al consumo, precisamente los que se pagan sin considerar la capacidad económica del contribuyente. Como vergonzante es también aducir que la fiscalidad elimina los incentivos para hacerse rico.
Cuando hablamos de la tributación de la riqueza, nos referimos a los que gravan la riqueza neta, las sucesiones y donaciones y la propiedad inmobiliaria. No es este el lugar para entrar en más detalles técnicos acerca de la configuración de estos impuestos. Nos limitaremos a señalar las razones que justifican gravar la riqueza.
La primera, su contribución a la redistribución y a limitar la desigualdad. La segunda, la consideración de la capacidad económica medida, no sólo por la renta y el consumo, sino también por la riqueza, que se distribuye mucho más desigualmente que la renta y cada vez se concentra más en unas pocas manos. La tercera, por su utilidad como instrumentos de control y de lucha frente al fraude en renta y consumo.
Los impuestos sobre la riqueza son irrenunciables para contribuir al logro de los objetivos constitucionales de un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad. Objetivos que han de materializarse tanto sobre la riqueza actual como sobre su proyección a la del futuro.
Por ello nos parece irrenunciable la tributación de las herencias, como indican el FMI y la OCDE. No hay mejor explicación de la desigualdad que la riqueza heredada o regalada.
La iniciativa ciudadana europea Tax the Rich aspira agravar el patrimonio de las grandes fortunas europeas. Su suerte está en manos de la ciudadanía. Incluidos los ultrarricos que apelan a la responsabilidad de los gobernantes para poner fin a la desigualdad extrema, cerrando la era de la riqueza extrema (https://costofextremewealth.com/).
SOBRE LA FIRMA Pilar Blanco-Morales Limones es catedrática de Derecho internacional privado, docente en la actualidad en la Universidad de Sevilla. Ha sido vicepresidenta primera (2017-2023) y consejera de Hacienda y Administración Pública (2015-2023) de la Junta de Extremadura, además de directora general de los Registros y el Notariado, en el Ministerio de Justicia (2004-2009).