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El buscador con las 27.232 plazas de empleo público de 2026: así puedes encontrar oposiciones y ofertas publicadas en el BOE

El Gobierno ha publicado la Oferta de Empleo Público (OEP) de 2026 con 27.232 plazas para la Administración General del Estado. Consulta todas las vacantes publicadas en el BOE en un buscador, filtra por categoría, cuerpo, turno libre o promoción interna y localiza las oposiciones que más encajan con tu perfil

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El ministro para la Transformación Digital y de Función Pública, Óscar López Ricardo Rubio - Europa Press

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La Oferta de Empleo Público de 2026 ya está en marcha y miles de aspirantes buscan desde este jueves cómo acceder a las nuevas plazas de funcionario publicadas en el BOE. Para facilitar la búsqueda, Europa Press ha habilitado un buscador específico que recopila las 27.232 plazas anunciadas por el Gobierno para la Administración General del Estado (AGE).

El buscador permite consultar de forma rápida todas las oposiciones y procesos selectivos incluidos en la OEP 2026, una de las más elevadas de los últimos años y con especial protagonismo para perfiles tecnológicos, administrativos, sanitarios y de emergencias climáticas.

Cómo usar el buscador de empleo público de 2026

El buscador recopila las plazas publicadas oficialmente en el Boletín Oficial del Estado y permite filtrar las ofertas según distintos criterios:

  • Cuerpo o categoría profesional
  • Número de plazas
  • Turno libre o promoción interna
  • Tipo de administración
  • Escala funcionarial
  • Puestos administrativos o técnicos

Este es el buscador de empleo público

La herramienta centraliza toda la información dispersa en el BOE y facilita localizar oposiciones según el perfil académico o profesional de cada aspirante.

Qué plazas incluye la Oferta de Empleo Público 2026

La OEP de 2026 contempla 27.232 plazas para la AGE, aunque la cifra total supera las 37.000 si se añaden Policía Nacional, Guardia Civil y Fuerzas Armadas.

Entre las principales novedades destacan:

  • 1.700 plazas para especialistas TIC
  • Refuerzo en Inteligencia Artificial, ciberseguridad y ciencia del dato
  • Más de 1.000 plazas en sanidad pública estatal
  • Nuevas plazas para Instituciones Penitenciarias
  • Refuerzo administrativo en Seguridad Social
  • Oferta extraordinaria para emergencias climáticas

El Gobierno ha puesto el foco especialmente en la digitalización de la Administración y en captar perfiles STEM vinculados a tecnología e IA.

Las oposiciones con más plazas en 2026

Entre los cuerpos con más vacantes destacan:

  • Gestión Administrativa
  • Seguridad Social
  • Instituciones Penitenciarias
  • Técnicos de la Administración del Estado
  • Sistemas y Tecnologías de la Información
  • Hacienda
  • Personal científico de organismos públicos

La Administración mantiene la reserva del 10% de plazas para personas con discapacidad.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Cuál es el proceso parlamentario habitual para la aprobación de la Oferta de Empleo Público en España?

Proceso parlamentario habitual para la aprobación de la Oferta de Empleo Público en España

La Oferta de Empleo Público (OEP) en España se aprueba habitualmente mediante un Real Decreto aprobado por el Gobierno, sin necesidad de tramitación parlamentaria previa. Sin embargo, en ocasiones la OEP se incluye dentro de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en cuyo caso sí sigue el proceso legislativo ordinario en las Cortes Generales (Congreso y Senado). En ambos supuestos, la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) es el paso final que habilita la ejecución de la OEP.

Norma utilizada y papel del Gobierno

La OEP se aprueba normalmente mediante un Real Decreto, elaborado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública y aprobado en el Consejo de Ministros. En este caso, no requiere intervención parlamentaria ni convalidación: el Real Decreto se publica directamente en el BOE tras su aprobación.

En ocasiones, la OEP se integra en los Presupuestos Generales del Estado. En este supuesto, el Gobierno presenta el proyecto de ley de presupuestos ante el Congreso de los Diputados, donde se debate y vota, y posteriormente pasa al Senado para su revisión.

Intervención de las Cortes Generales
  • Por Real Decreto: No hay tramitación parlamentaria previa ni convalidación. El proceso es exclusivamente gubernamental hasta la publicación en el BOE.
  • Incluida en los Presupuestos: El Congreso debate y vota el proyecto de ley de presupuestos, el Senado puede introducir enmiendas o vetos, y el Congreso ratifica o rechaza las modificaciones. Este proceso es el habitual para cualquier ley, pero en este caso la OEP forma parte del conjunto presupuestario.
Publicación en el BOE

En ambos casos, la publicación en el BOE es el acto final que da publicidad oficial y permite la convocatoria de los procesos selectivos correspondientes.

Resumen

En síntesis, la OEP se aprueba normalmente por Real Decreto del Gobierno, sin intervención parlamentaria, salvo cuando se integra en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en cuyo caso sigue el proceso legislativo ordinario en las Cortes Generales. La publicación en el BOE es el paso imprescindible para su entrada en vigor y ejecución.

¿Qué diferencias existen entre la aprobación de la OEP estatal y la de las comunidades autónomas? ¿Cuáles han sido las principales novedades en la OEP de los últimos años en España? ¿Qué mecanismos de control parlamentario existen sobre la ejecución de la OEP una vez aprobada?

¿Qué competencias tiene la Administración General del Estado en materia de empleo público?

Competencias de la Administración General del Estado en materia de empleo público

La Administración General del Estado (AGE) tiene competencias exclusivas para dictar la normativa básica sobre empleo público en España, regulando el régimen jurídico de funcionarios y personal laboral, la planificación general de recursos humanos, la oferta de empleo público estatal, el registro y clasificación del personal, la negociación colectiva básica, las retribuciones, el régimen disciplinario y la función pública directiva. Estas competencias se ejercen en el marco de la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), y deben ser respetadas por comunidades autónomas y entidades locales, que gestionan su propio personal dentro de este marco básico.

Normativa básica y marco competencial

La AGE dicta la normativa básica en materia de empleo público conforme al artículo 149.1.18 de la Constitución Española y al EBEP, regulando derechos, deberes, régimen disciplinario, provisión de puestos, negociación colectiva y retribuciones básicas. El EBEP es la norma de referencia y debe ser desarrollada por las distintas administraciones públicas.

Planificación y oferta de empleo público

La AGE establece directrices generales para la planificación de recursos humanos y aprueba la Oferta de Empleo Público estatal, que incluye plazas para funcionarios y personal laboral, respetando los límites presupuestarios y las tasas de reposición. La gestión y convocatoria de estas plazas corresponde a los órganos competentes de la AGE.

Registro, clasificación y negociación colectiva

La AGE mantiene el Registro Central de Personal y establece los criterios básicos para la clasificación profesional. Además, regula el régimen básico de la negociación colectiva en el sector público estatal, estableciendo los procedimientos y materias negociables, aunque comunidades autónomas y entidades locales pueden negociar en sus respectivos ámbitos.

Retribuciones y régimen disciplinario

La AGE fija el régimen básico de retribuciones (sueldo, trienios, complemento de destino, etc.) y el régimen disciplinario, definiendo faltas, sanciones y procedimientos, que deben ser respetados por el resto de administraciones.

Función pública directiva y distribución competencial

La AGE regula el régimen jurídico de la función pública directiva estatal, estableciendo criterios para la selección, funciones y evaluación de los directivos públicos. Las comunidades autónomas y entidades locales gestionan su propio personal y pueden desarrollar normativa propia, siempre dentro del marco básico estatal.

Distribución de competencias

El Estado tiene competencia exclusiva para la regulación básica, mientras que las comunidades autónomas y entidades locales gestionan y desarrollan la función pública en sus ámbitos, adaptando su normativa y gestión al EBEP. Esta distribución garantiza un régimen común, pero permite autonomía en la gestión y desarrollo en los ámbitos autonómico y local.

No se dispone de enlaces adicionales en las fuentes consultadas.

¿Qué diferencias existen entre las competencias del Estado y las de las comunidades autónomas en materia de empleo público? ¿Cómo se regula la negociación colectiva en el empleo público estatal? ¿Qué papel tiene el Estatuto Básico del Empleado Público en la organización del empleo público en España?

¿Qué requisitos legales deben cumplir los aspirantes para acceder a una plaza de funcionario en la AGE?

Requisitos legales para acceder a una plaza de funcionario en la AGE

Para acceder a una plaza de funcionario de carrera en la Administración General del Estado (AGE), los aspirantes deben cumplir una serie de requisitos legales generales establecidos principalmente por el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y el Reglamento General de Ingreso, además de los requisitos específicos que pueda fijar cada convocatoria. Estos requisitos incluyen nacionalidad, edad, capacidad funcional, habilitación, titulación y compatibilidad, entre otros.

Requisitos generales según la normativa básica

La normativa principal que regula el acceso es el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (EBEP) y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Los requisitos generales son:

  • Nacionalidad: Ser español, aunque en algunos casos se permite la participación de nacionales de la UE o de países con acuerdos específicos.
  • Edad: Tener al menos 18 años. No suele haber límite máximo salvo excepciones.
  • Capacidad funcional: No padecer enfermedad o limitación que impida el desempeño de las funciones.
  • Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni estar inhabilitado para funciones públicas.
  • Titulación: Poseer la titulación exigida para el cuerpo o escala correspondiente (desde ESO hasta titulaciones universitarias, según el caso).
  • Compatibilidad: No estar incurso en causas de incompatibilidad según la Ley 53/1984 y su desarrollo reglamentario.
Requisitos específicos de las convocatorias

Las convocatorias pueden añadir condiciones adicionales, como:

  • Formación o titulación específica adicional.
  • Pruebas físicas o médicas para ciertos puestos.
  • Experiencia profesional previa.
  • Dominio de idiomas, especialmente en cuerpos internacionales o en comunidades con lengua cooficial.
  • Otros requisitos relacionados con la especialidad del puesto.
Normativa aplicable
  • Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP): Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
  • Reglamento General de Ingreso: Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
  • Ley de incompatibilidades: Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
  • Convocatorias específicas: Publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En resumen, los aspirantes deben cumplir los requisitos generales de nacionalidad, edad, capacidad, habilitación, titulación y compatibilidad, además de los que establezca cada convocatoria concreta, conforme a la normativa vigente.

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¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿Cuántas plazas ha anunciado el Gobierno para la Administración General del Estado en la OEP 2026?

Pregunta 1 de 3

¿Cuál es uno de los principales perfiles demandados en la Oferta de Empleo Público 2026?

Pregunta 2 de 3

¿Qué porcentaje de plazas se reserva para personas con discapacidad en la OEP 2026?

Pregunta 3 de 3

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