¿Qué es el ‘techo de gasto’?
- Lo que se conoce como ‘techo de gasto’ es un documento, aprobado por el Consejo de Ministros, que recoge los objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto para tres ejercicios. Se regula en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
- Se conoce así porque incluye el límite de gasto no financiero, el límite máximo de gasto presupuestario que permita a la Administración cumplir con su objetivo de estabilidad y la regla de gasto establecida.
- Hay estabilidad presupuestaria cuando existe equilibrio o superávit, y se entiende que se alcanza esta situación cuando las Administraciones Públicas (AAPP) no incurren en déficit estructural.
- Para fijar el objetivo de estabilidad presupuestaria, en términos de capacidad o necesidad de financiación, se tiene en cuenta la regla de gasto y el saldo estructural alcanzado en el ejercicio inmediato anterior.
- La fijación del objetivo de deuda pública tiene que ser coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria establecido.
- La regla de gasto es un instrumento de disciplina presupuestaria que tiene la finalidad de garantizar la sostenibilidad de las cuentas públicas de manera que, en un horizonte de medio plazo, el crecimiento del gasto de las AAPP esté limitado por la capacidad de financiarlo con ingresos estables y sostenidos en el tiempo.
- Se concreta en el gasto máximo que pueden realizar todas las Administraciones Públicas, incluyendo a los ayuntamientos y a las comunidades autónomas, y no puede superar la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto (PIB) a medio plazo de la economía española. Esta tasa la calcula el Ministerio de Economía, de acuerdo con la metodología utilizada por la Comisión Europea.
- En 2019, el último año en que estuvieron en vigor las reglas fiscales, suspendidas por la pandemia de Covid-19 y la guerra en Ucrania, el objetivo de estabilidad presupuestaria se fijó en -1,3%, el de deuda pública en el 95,4% y la regla de gasto en el 2,7%.
¿Cómo se tramita?
- El Ministerio de Hacienda remite las respectivas propuestas de objetivos al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas y a la Comisión Nacional de Administración Local.
- Estos dos organismos tienen que emitir sus respectivos informes en un plazo máximo de 15 días.
- La propuesta de ‘techo de gasto’ y objetivos de estabilidad se presentan al Consejo de Ministros junto a un informe de evaluación de la situación económica que se prevé para cada uno de los años contemplados en el horizonte temporal de fijación de dichos objetivos.
- Aprobado por el Consejo de Ministros, el acuerdo se remite a las Cortes. Y, una vez debatido, la senda de estabilidad tiene que ser aprobada por mayoría simple, tanto en el Congreso como en el Senado.
- Si el Senado no lo aprueba, el Congreso no puede levantar ese veto y el Gobierno tiene el plazo máximo de un mes para presentar una nueva senda, que tiene que someterse al mismo procedimiento ya descrito.
- Aprobados los objetivos de estabilidad, la elaboración de los Presupuestos de las administraciones públicas tendrá que sujetarse a estos.