Recientemente, el Gobierno ha actualizado las regulaciones nacionales sobre el manejo y transporte de piensos animales, alineándolas con las directrices europeas a través de un real decreto, ratificado en el Consejo de Ministros el 21 de octubre y publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 8 de noviembre.
Este cambio incide en el Real Decreto 496/2024, fechado el 21 de mayo, que regula la alimentación de animales de granja con piensos de origen animal. Se ha incluido una nueva excepción en el transporte de materias primas para piensos referente a la prohibición de alimentar a animales de granja no rumiantes, diferentes a los de peletería, con proteínas animales, una norma que ya estaba en vigor según la legislación previa.
Asimismo, se han definido condiciones específicas para que los transportes de materias primas y piensos compuestos se beneficien de las excepciones permitidas a nivel nacional, incluyendo la obligación de limpiar los vehículos en instalaciones autorizadas por la autoridad competente como productoras de piensos para mascotas.
En una modificación adicional, el artículo 13 del Real decreto 629/2019, que trata sobre los puntos de entrada nacionales para la importación de piensos de origen vegetal, ha sido ajustado para incorporar nuevos requisitos exigidos en la normativa a las instalaciones de control oficial encargadas de la descarga de mercancías a granel de gran volumen.
Finalmente, se han establecido criterios para la designación de los actuales puntos de entrada para la importación de productos no animales destinados a la alimentación animal y se ha renovado el formato del documento necesario para efectuar los controles en la importación de mercancías de origen no animal destinadas a la alimentación animal desde países terceros.










