Zer gertatzen da prozesuan dauden legeekin Sánchez aurretiko hauteskundeak deitzen baditu?

Kongresua desegiteak proiektu pendienteen iraungitzea eragiten du, nahiz eta aurreratuak izan: arau bat ponentzia, komisioa gainditu dezake edo Senatuan egon, eta BOE-ra iritsi ez.

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Lege batek hilabeteak negoziatzen egon daiteke, ehundaka zuzenketa gainditu eta onarpen definitiboaren ondoan egon daiteke. Parlamentuko lan hori guztia eraginkortasunik gabe geratu daiteke, Kongresua desegiten bada bere ibilbidea amaitu baino lehen.

Hori da Gobernuaren lege-agendaren aurrean dagoen arriskuetako bat. PSOE eta Sumar ikasturte berriari Adingabeen Babeserako Legea, Zinema Legea, Familien Legea, Bekadunaren Estatutoa edo hainbat osasun erreforma bezalako ekimenekin aurre egiten diote, oraindik pendiente daudenak.

Pedro Sánchez hauteskunde orokorrak deitzea erabakitzen badu, arau funtsezko bat jokatuko da: Kongresua desegiteak, oro har, parlamentuko gai pendienteen iraungipena dakar.

Arau: gai pendienteek iraungitzen dira

Kongresuko Araudiaren 207. artikuluak ezartzen du, Ganbera desegiten denean edo bere agintaldia amaitzen denean, azterketa eta ebazpen pendiente diren gai guztiak iraungitzen direla, salbu eta konstituzionalki Diputazio Iraunkorrak ezagutu behar dituenak.

Honek esan nahi du hauteskunde deialdi batek ez duela lege bat "izoztuta" uzten, hauteskundeetatik gero berreskuratzeko.

Hurrengo legealdia ez da automatikoki jarraitzen prozesua gelditu zen puntutik.

Egutegiaren aurkako lasterketa

Gai pendienteen kopuruaren aurrean, kontua bereziki garrantzitsua da. Zinema eta Adingabeen Babesaz gain, Sumarrek Segurtasun Zibilaren Legea eta adierazpen askatasunari buruzko Penal Kodearen aldaketa bezalako erreformak amaitu nahi ditu, eta Bekadunaren Estatutoa, Familiek, Kontsumo Iraunkorrak eta hainbat osasun erreforma bezalako ekimenak irekita jarraitzen dute.

Horri gehitzen zaio Estatuaren Aurrekontu Orokorrak aurkezteko aukera, bere prozesuak Ganberako gainerako lanen gainetik lehentasuna duena.

Negoziazioak luzatzen diren heinean, txikitzen joango da Kongresua eta Senatua osatzeko marjina, hauteskunde deialdi posible baten aurretik.

Horregatik, lege pendienteen data erabakigarria ez litzateke hauteskunde eguna, baizik eta Kongresua desegiten den aurreko unea.

Sánchez hauteskunde orokorrak aurreratzen baditu ekimenek beren ibilbidea amaitu baino lehen, PSOE eta Sumarentzat arazoa ez da falta diren botoak lortzea izango: lege horiek egutegiaren aurkako lasterketan irabazi ezinik geratuko dira eta, oro har, hurrengo legealdian berriro hasi beharko dute.

Gobernuaren sustatutako lege-proiektuentzat, etorkizuneko Exekutibo batek erreforma berreskuratu nahi badu, berriro bultzatu beharko du eta prozedura parlamentario berri bat hasi.

Zer gertatzen da legea ponentzia edo komisioan badago?

Halaber, iraungitzen da.

Iniciatiba bat aldaketa-epeak gainditu baditu, ponentzia batean negoziatzen ari bada edo komisioan iritsi bada ez du Cortes-en desegitearen aurrean babesten.

Bereziki garrantzitsua da Moncloako egungo agendarentzat. Adin Txikienen Babeserako Legea ponentziara iritsi da eta PSOE-k irailan negoziaketak berreskuratu nahi ditu. Halaber, Zinema Legea dago, Junts eta ERC-rekin desadostasunak dauden gaia.

Cortes-ek desegiten badira lege-proiektu guztiak prozedura legislativo osoa amaitu baino lehen, proiektu hauek iraungiko lirateke.

Eta Kongresuak onartu badu?

Kongresua gainditzeak ez du beharrezkoa esan nahi amaitu denik.

Prozedura legislativo arruntean, testua Senatura igaro behar da, honek onartu dezake, aldaketak sartu edo ezeztatu. Aldatu edo ezeztatzen badu, iniziatiba Kongresura itzuliko da.

Beraz, Kongresuak onartutako proiektu bat baina oraindik Senatuaren zain dagoena iraungitu daiteke tramitazioa amaitu baino lehen desegitea gertatzen bada.

Berbera gertatzen da Senatuan badago edo Ganbera Behera itzuli bada eta oraindik bozketa definitibo bat behar badu.

Legislaturako azken hilabeteetan, egun batzuk bereizten dute BOE-n argitaratutako lege bat eta hauteskundeetatik berriro hasi behar duen proiektu bat.

Salbuespenak: ez da guztiz desagertzen

Iraungitzeak salbuespenak ditu.

Diputazio Iraunkorra desegitearen ondoren funtzionatzen jarraitzen du eta Cortes berrien konstituziora arte. Konstituzioak zenbait eskumen gordetzen dizkio, dekretu-legeekin eta 116. artikuluan aurreikusitako egoerekin lotutakoak barne.

Horrek, adibidez, aukera ematen du aldi horretan onartutako dekretu-lege baten baliozkotzean edo ezeztapenean esku hartzeko.

Baina Diputazio Iraunkorrak ez du Kongresua ordezkatzen lege arruntak amaitzeko geratu zirenak.

Halaber, iniziatiba legegile herritarrentzat (ILP) salbuespen garrantzitsu bat dago. Horiek arautzen dituen legediak ez du bere tramitazioa iraungitzen Ganberak desegitzeagatik, baina ondoren zein modutan jarraitzen duen zehaztu beharko da.

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AI-k SORTUTAKO EDUKIA

¿Cuáles son los trámites parlamentarios necesarios para aprobar una ley ordinaria en España?

La aprobación de una ley ordinaria en España sigue un procedimiento parlamentario reglado por la Constitución y los Reglamentos del Congreso y del Senado. A grandes rasgos, pasa por fases de iniciativa, tramitación en el Congreso, revisión por el Senado y, finalmente, sanción, promulgación y publicación en el BOE, con algunas variantes (tramitación urgente, lectura única, vetos y enmiendas).

1. Iniciativa legislativa

Una ley ordinaria puede iniciarse de dos formas:

  • Proyecto de ley: lo presenta el Gobierno. Llega al Congreso acompañado de una exposición de motivos y textos articulados.
  • Proposición de ley: la presentan diputados (con un mínimo de firmas), grupos parlamentarios, el Senado, las asambleas legislativas de las comunidades autónomas o la iniciativa legislativa popular (con el número de firmas exigido).

En ambos casos, la iniciativa entra en el Registro del Congreso y la Mesa del Congreso decide sobre su admisibilidad formal y la califica.

2. Toma en consideración (solo proposiciones)

Para las proposiciones de ley, el Pleno del Congreso debe decidir si la Cámara las “toma en consideración”:

  • Se celebra un debate de toma en consideración.
  • Se vota normalmente por mayoría simple (más votos a favor que en contra, sin contar abstenciones).
  • Si se rechaza, la proposición decae; si se aprueba, continúa su tramitación ordinaria.

Los proyectos de ley del Gobierno no pasan por este trámite de toma en consideración: se entienden ya asumidos por la Cámara al ser remitidos.

3. Asignación a comisión y fase de enmiendas

Admitida y, en su caso, tomada en consideración la iniciativa:

  • La Mesa del Congreso la asigna a una comisión competente por materia.
  • Se abre un plazo de enmiendas, en el que los grupos pueden:
    • Presentar enmiendas a la totalidad (de devolución o de texto alternativo).
    • Presentar enmiendas al articulado.

Si hay enmiendas a la totalidad de devolución, se debaten primero en el Pleno; si se aprueba la devolución por mayoría simple, el proyecto o proposición se rechaza.

4. Trabajo en comisión y dictamen

La comisión puede crear una ponencia (grupo reducido de diputados) que estudia el texto y las enmiendas y redacta un borrador. Después:

  • La comisión debate el texto, las enmiendas y las propuestas de la ponencia.
  • Se votan las enmiendas y el texto artículo por artículo.
  • Se aprueba un dictamen, que será la base del debate en el Pleno, salvo que la Cámara acuerde que la comisión tenga competencia legislativa plena (entonces la ley podría quedar aprobada directamente en comisión, sin volver al Pleno del Congreso).

5. Debate y votación en el Pleno del Congreso

En el Pleno se celebra el debate final sobre el conjunto:

  • Se debaten el dictamen de la comisión y las enmiendas que los grupos mantengan vivas.
  • Se votan las enmiendas pendientes y, al final, el texto completo.
  • La ley ordinaria se aprueba por mayoría simple de los votos emitidos (salvo preceptos que exijan mayoría cualificada por mandato constitucional, que serían propios de leyes orgánicas).

Existen variantes:

  • Tramitación urgente: reduce plazos de enmiendas y trámites, pero respeta la secuencia esencial.
  • Lectura única: si el Pleno lo acuerda, por la simplicidad del texto, puede debatirse y votarse en un único debate, sin las fases ordinarias de ponencia y comisión.

6. Tramitación en el Senado

Aprobada en el Congreso, la ley se remite al Senado, que actúa como cámara de segunda lectura:

  • El Senado puede aprobarla sin cambios: en ese caso, el texto queda listo para sanción y promulgación.
  • Puede aprobar enmiendas al texto.
  • Puede acordar un veto (devolución al Congreso), normalmente por mayoría absoluta.

7. Segunda lectura en el Congreso: enmiendas y vetos del Senado

Si el Senado introduce enmiendas o veta el texto:

  • El Congreso debate nuevamente:
    • Puede aceptar las enmiendas del Senado por mayoría simple, incorporándolas al texto.
    • Puede rechazarlas por mayoría simple, manteniendo el texto original del Congreso.
    • Puede levantar el veto del Senado por:
      • Mayoría absoluta en una primera votación.
      • O mayoría simple tras un plazo de espera determinado.

Despejadas enmiendas y vetos, el texto resultante es la versión definitiva de la ley.

8. Sanción, promulgación y publicación

Finalmente:

  • El Rey sanciona y promulga la ley, acto formal que refrenda el Presidente del Gobierno.
  • La ley se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
  • Entra en vigor en la fecha que la propia ley indique; si no dice nada, lo hace a los 20 días de su publicación (vacatio legis general).

Este procedimiento garantiza el debate político, el control recíproco entre Congreso y Senado y la publicidad de las normas antes de que resulten obligatorias para la ciudadanía.

¿Qué competencias tiene la Diputación Permanente del Congreso según la Constitución española?

La Diputación Permanente del Congreso de los Diputados es el órgano que garantiza la continuidad de la Cámara cuando no está reunida en Pleno o cuando se encuentra disuelta o ha expirado su mandato. Sus competencias básicas se recogen en la Constitución española, principalmente en el artículo 78 CE, con referencias complementarias en los artículos 73.2, 86 y 116.

Base constitucional

El artículo 78 CE establece la existencia de una Diputación Permanente en cada Cámara, su composición general y su función de velar por los poderes de la Cámara cuando esta no está reunida. Además:

  • El artículo 73.2 CE prevé que la Diputación Permanente puede solicitar la convocatoria de sesiones extraordinarias.
  • El artículo 86 CE (sobre los reales decretos‑leyes) implica a la Diputación Permanente cuando el Congreso no está reunido.
  • El artículo 116 CE (estados de alarma, excepción y sitio) también presupone su papel cuando la Cámara está disuelta o no puede reunirse con normalidad.

Competencias en períodos intersesiones

Durante los períodos en que el Congreso no está celebrando sesiones ordinarias, pero no está disuelto ni ha expirado su mandato, la Diputación Permanente actúa como órgano de continuidad con varias funciones esenciales:

  • Velar por los poderes de la Cámara (art. 78 CE): significa asegurar que las competencias del Congreso no “quedan en suspenso” por el mero hecho de no haber sesiones ordinarias. La Diputación puede reaccionar ante situaciones que requieran actuación parlamentaria urgente.
  • Solicitar la convocatoria de sesiones extraordinarias (art. 73.2 CE): el Gobierno, la Diputación Permanente o la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara pueden pedir sesiones extraordinarias. La Diputación Permanente, por tanto, actúa como sujeto legitimado para forzar la reunión del Pleno cuando se considera necesario.
  • Actuar en relación con los reales decretos‑leyes (art. 86 CE): los decretos‑leyes deben ser sometidos “inmediatamente” al Congreso para su debate y votación de convalidación o derogación. Si el Congreso no está reunido, la Diputación Permanente puede impulsar la convocatoria del Pleno para que ejerza esta competencia de control.
  • Intervención ante situaciones de emergencia constitucional (art. 116 CE): en la medida en que sea preciso recabar la autorización o el control parlamentario sobre los estados de alarma, excepción y sitio, y la Cámara no esté reunida, la Diputación Permanente asegura que esa función de control no quede vacía.
  • Dar cuenta posteriormente al Pleno (art. 78.3 CE): la Diputación Permanente debe informar a la Cámara de los asuntos tratados y decisiones adoptadas cuando esta vuelva a reunirse, reforzando el principio de responsabilidad ante el Pleno.

Competencias con la Cámara disuelta o expirado su mandato

Cuando el Congreso ha sido disuelto por decreto de convocatoria de elecciones o ha expirado su mandato, la Diputación Permanente adquiere una relevancia aún mayor:

  • Continuidad institucional (art. 78.2 CE): la Diputación Permanente “seguirá ejerciendo sus funciones hasta la constitución de la nueva Cámara”. Es decir, aunque el Pleno ya no exista como tal, la Diputación permanece en funciones para evitar vacíos de poder parlamentario.
  • Garantía del control sobre los decretos‑leyes (art. 86 CE): si el Gobierno dicta decretos‑leyes durante el período de disolución, la Diputación Permanente puede actuar para que, una vez constituido el nuevo Congreso, se proceda a su convalidación o derogación, y puede promover la reunión del Pleno cuando sea jurídicamente posible.
  • Actuación en estados de alarma, excepción y sitio (art. 116 CE): si se declara, prorroga o modifica un estado de crisis constitucional cuando el Congreso está disuelto, la Diputación Permanente actúa como cauce para que la función de autorización y control parlamentario se mantenga, en coordinación con el momento de constitución de la nueva Cámara.
  • Custodia y defensa de las prerrogativas de la Cámara: aunque la Constitución lo formula de forma genérica (“velar por los poderes”), se traduce en que la Diputación Permanente defiende las competencias del Congreso frente a posibles decisiones que pudieran menoscabarlas en ese período transitorio.
  • Rendición de cuentas al nuevo Congreso (art. 78.3 CE): una vez constituida la nueva Cámara, la Diputación Permanente saliente debe informar formalmente de todos los asuntos tratados y decisiones adoptadas durante el período de disolución o expiración de mandato.

En síntesis, la Constitución atribuye a la Diputación Permanente del Congreso un papel de órgano de continuidad y garantía, tanto en los recesos ordinarios como en los períodos excepcionales de disolución o final de legislatura, asegurando que el control parlamentario sobre el Gobierno y las funciones esenciales de la Cámara nunca queden totalmente paralizados.

¿Qué requisitos debe cumplir una Iniciativa Legislativa Popular para ser admitida a trámite en el Congreso?

La Iniciativa Legislativa Popular (ILP) estatal se regula principalmente en la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa popular, modificada por la LO 4/2006, y, en lo que atañe al Congreso, por el artículo 108 del Reglamento del Congreso. A partir de estos textos, los requisitos para que una ILP sea admitida a trámite pueden sistematizarse así:

1. Quién puede promover y quién puede firmar

Promotores (arts. 1 y 3 LO 3/1984):

  • Pueden ejercer la iniciativa los ciudadanos españoles mayores de edad inscritos en el censo electoral.
  • Deben organizarse en una Comisión Promotora, cuya relación nominal y datos personales se incluyen en el escrito de presentación (art. 3.2.c).

Firmantes (arts. 1, 3 y 7 y ss.):

  • Deben ser igualmente electores españoles mayores de edad inscritos en el censo electoral.
  • Cada firma debe ir acompañada de nombre y apellidos, DNI y municipio en cuyo censo se está inscrito.

2. Número mínimo de firmas y forma de acreditarlas

Número mínimo (art. 3.1):

  • La ILP se ejerce mediante proposiciones de ley suscritas por al menos 500.000 firmas de electores.

Autenticación de las firmas (arts. 8 a 11):

  • Las firmas se recogen en pliegos que reproducen el texto íntegro de la proposición (art. 9).
  • Se admiten también firmas electrónicas, conforme a la legislación correspondiente (art. 6.4).
  • La autenticación puede hacerla:
    • Un notario,
    • un secretario judicial,
    • el secretario municipal correspondiente, o
    • fedatarios especiales designados por la Comisión Promotora, que juran o prometen ante la Junta Electoral Provincial y responden penalmente en caso de falsedad (art. 8).
  • La Junta Electoral Central controla la regularidad de la recogida, envía los pliegos a la Oficina del Censo Electoral, que verifica inscripción y mayoría de edad de los firmantes, y certifica el número de firmas válidas (arts. 10 y 11).

3. Requisitos formales del texto y de la documentación

Según el art. 3 LO 3/1984 (y su preámbulo):

  • La iniciativa debe presentarse como una proposición de ley articulada, con unidad sustantiva (una materia homogénea).
  • Debe ir precedida de una exposición de motivos.
  • El escrito de presentación ha de contener:
    • Ese texto articulado + exposición de motivos.
    • La relación de miembros de la Comisión Promotora con sus datos personales (art. 3.2.c).

4. Límites materiales: materias excluidas

El art. 2 LO 3/1984 excluye expresamente de la ILP:

  • Leyes orgánicas (todas las materias reservadas a ellas por la Constitución).
  • Materias tributarias.
  • Materias de carácter internacional.
  • Cuestiones relativas a la prerrogativa de gracia.
  • Las materias de los arts. 131 CE (planificación general de la actividad económica) y 134.1 CE (Presupuestos Generales del Estado).

Además, el preámbulo aclara que también quedan fuera aquellas materias cuya iniciativa la Constitución reserva a órganos concretos (por ejemplo, ciertas reformas constitucionales).

5. Plazos clave

Para la fase parlamentaria inicial (admisión) (arts. 4 y 5):

  • La Comisión Promotora presenta la documentación ante la Mesa del Congreso (a través de la Secretaría General).
  • La Mesa tiene 15 días para pronunciarse sobre la admisibilidad.

Para la recogida de firmas (art. 6):

  • Una vez admitida la proposición, la Mesa comunica a la Junta Electoral Central la admisión.
  • Desde la notificación de la Junta a la Comisión Promotora se abre un plazo de 9 meses para la recogida de firmas, prorrogable 3 meses más si concurre causa mayor apreciada por la Mesa del Congreso.
  • Agotado ese plazo sin entregar las firmas, la iniciativa caduca.

6. Calificación por la Mesa del Congreso y causas de inadmisión

El art. 5 LO 3/1984 regula la admisión a trámite por la Mesa del Congreso:

  • La Mesa examina la documentación y decide en 15 días.
  • Son causas de inadmisión:
    • Que la proposición verse sobre materias excluidas (art. 2).
    • Incumplir los requisitos del art. 3 (texto articulado, exposición de motivos, datos de la Comisión Promotora, configuración correcta como proposición de ley). Si el defecto es subsanable, se concede un plazo de 1 mes para corregirlo.
    • Que el texto trate materias manifiestamente distintas y carentes de homogeneidad entre sí.
    • Que exista ya en Congreso o Senado un proyecto o proposición de ley sobre el mismo objeto en trámite de enmiendas o fase posterior.
    • Que sea reproducción de otra iniciativa popular de contenido igual o sustancialmente equivalente presentada en la misma legislatura.
  • La decisión se notifica a la Comisión Promotora y se publica.

Contra la inadmisión cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (art. 6). Si el TC estima que no concurren las causas de inadmisión, la ILP continúa su tramitación; si aprecia defectos parciales, se permite a los promotores corregirlos o retirar la iniciativa.

¿Puedes explicarme, paso a paso, cómo se tramita una ILP desde que se presenta ante el Congreso hasta su votación en el Pleno? ¿Qué diferencias prácticas hay entre una Iniciativa Legislativa Popular y una proposición de ley presentada por un grupo parlamentario? ¿Puedes poner ejemplos de ILP estatales que hayan llegado a debatirse o aprobarse, indicando qué materias abordaban?

Jolastu

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