Les entreprises et les consommateurs demandent à l'UE une étiquette numérique unique pour tous les produits

La future loi européenne sur les produits ouvre la porte à l'harmonisation de l'étiquetage numérique dans les Vingt-Sept. Les entreprises, les consommateurs et les experts réclament un code unique par produit, un accès gratuit et le maintien des informations essentielles et de sécurité sur l'emballage.

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L'Europe doit profiter de la future Loi Européenne sur les Produits pour établir un système commun d'étiquetage numérique afin d'éviter l'apparition de 27 modèles nationaux différents. C'est l'une des principales conclusions de la réunion qui s'est tenue le 10 juillet dernier au siège des Institutions Européennes en Espagne, à laquelle ont participé des représentants communautaires, des eurodéputées, des entreprises, des organisations de consommateurs et des experts.

Le document de conclusions, daté du 15 juillet, propose d'avancer vers un cadre européen "harmonisé, accessible et compétitif" qui permette d'offrir plus d'informations sur les produits, de réduire les coûts pour les entreprises et de renforcer le marché unique sans réduire les droits des consommateurs.

La proposition s'appuie sur le principe "One Product, One Data Carrier" : un produit et un support unique pour accéder à toutes ses informations. Ainsi, les consommateurs n'auraient pas à scanner différents codes pour consulter la composition, la traçabilité, les instructions d'utilisation, la réparabilité ou les conditions de recyclage.

Un code unique pour toute l'Europe

La fragmentation réglementaire oblige actuellement les entreprises qui vendent dans plusieurs pays de l'UE à adapter les emballages, les langues et les processus aux exigences de chaque État membre. Cette situation augmente les coûts, entrave la circulation des marchandises et fait que les consommateurs trouvent des systèmes et des informations différents selon le pays.

Face à ce scénario, les participants à la réunion réclament des standards techniques communs et des plateformes interopérables. L'objectif est qu'une même porte d'accès permette de consulter les informations du produit dans n'importe quel État membre et dans différentes langues et formats.

La future Loi Européenne sur les Produits devrait déterminer quelles informations doivent nécessairement apparaître sur l'emballage et lesquelles peuvent être transférées vers l'environnement numérique. Elle devrait également fixer des exigences communes en matière d'accessibilité, de conservation et de mise à jour des données.

"L'étiquetage numérique dépasse clairement les limites physiques du produit, offre plus d'informations aux consommateurs, favorise le marché unique et la durabilité, et stimule l'innovation et la compétitivité européenne", affirme Teresa Herrero, de La Distribución Anged.

Quelles informations continueront d'apparaître sur l'emballage

La numérisation n'entraînerait pas la disparition complète des étiquettes traditionnelles. L'approche maintient les informations essentielles et de sécurité sur le produit physique, tandis que le reste du contenu pourrait être consulté via un code ou un support numérique.

L'espace disponible sur les emballages est limité et les obligations d'information sont de plus en plus nombreuses. Le canal numérique permettrait d'incorporer des contenus plus complets, de les actualiser rapidement et de les proposer en plusieurs langues.

Les organisations de consommateurs avertissent, cependant, que la simplification ne peut pas servir à masquer des données ou à rendre difficile l'accès à l'information avant d'effectuer un achat.

« Nous sommes très favorables à la simplification, mais nous ne voulons pas qu'elle soit mal interprétée : simplification pour éliminer la bureaucratie, pas pour éliminer les droits des consommateurs », déclare Ileana Izverniceanu, représentante de l'OCU.

L'accès à l'information devrait être gratuit et ne pourrait pas exiger d'enregistrements, de mots de passe ni la remise de données personnelles.

Étiquettes accessibles pour les personnes handicapées

L'accessibilité constitue un autre des éléments centraux de la proposition. Le support numérique devrait être conçu dès le départ pour pouvoir être utilisé de manière autonome par des personnes malvoyantes ou ayant d'autres besoins spécifiques.

Parmi les mesures envisagées figure la possibilité de localiser le code par des signaux tactiles, en relief ou en braille. L'information numérique devrait également être compatible avec les technologies d'assistance.

« La technologie est une grande alliée pour les personnes malvoyantes, mais l'information numérique doit être accessible et nous permettre d'y accéder de manière autonome, sans l'aide d'une tierce personne », défend Marina Rojas, de l'ONCE.

La transition devra combiner pendant une période l'information physique et numérique pour éviter que les consommateurs ayant un accès ou une familiarité moindres avec les nouvelles technologies ne soient exclus.

Moins de coûts et de déchets pour les entreprises

Un système harmonisé permettrait aux entreprises d'utiliser un même emballage sur différents marchés européens, de réduire les réimpressions et d'actualiser plus rapidement les informations lorsqu'une norme change.

Il pourrait également diminuer l'utilisation inutile de papier et faciliter les données sur les matériaux employés, la durabilité, la réparation et le recyclage de chaque produit.

Le document souligne, cependant, que les responsabilités doivent être réparties de manière équilibrée entre fabricants, importateurs et distributeurs. L'information technique devrait être apportée et mise à jour par l'opérateur qui connaît le produit et dispose des données, afin d'éviter les erreurs et les doublons.

Le système faciliterait également la surveillance du marché. Les autorités pourraient accéder à une source commune et interopérable pour vérifier la conformité aux normes et détecter les produits irréguliers.

Le Passeport Numérique de Produit comme point de départ

Le futur étiquetage serait connecté au Passeport Numérique de Produit promu par l'Union Européenne. Cet instrument rassemblera des informations sur l'origine, les composants, la durabilité et le cycle de vie de certains biens.

Les participants réclament que son déploiement serve de base au nouveau système et ne devienne pas une couche d'information supplémentaire. Pour cela, des identifiants et des normes techniques compatibles seront nécessaires, ainsi que des garanties sur la sécurité et la conservation des données.

L'application se ferait progressivement par secteurs, avec une phase de tests permettant de détecter les problèmes avant d'étendre le modèle.

La position convenue réclame que la réglementation soit élaborée avec la participation des entreprises, des consommateurs, des organisations sociales et des autorités. Elle demande également des délais réalistes et des obligations proportionnées, en particulier pour les petites et moyennes entreprises.

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CONTENU GÉNÉRÉ PAR L'IA

¿En qué punto de la tramitación parlamentaria se encuentra la futura Ley Europea de Producto y cuáles son los siguientes pasos previstos para su aprobación?

La llamada “futura Ley Europea de Producto” ya no está en tramitación parlamentaria en la UE: ha cristalizado en la Directiva (UE) 2024/2853 sobre responsabilidad por daños causados por productos defectuosos, aprobada por Parlamento y Consejo y publicada en el DOUE. Desde el 9 de diciembre de 2024 la Directiva está en vigor y el foco ha pasado de Bruselas a las capitales, que deben transponerla. El plazo para que los Estados miembros adapten su derecho interno vence el 9 de diciembre de 2026, fecha a partir de la cual el nuevo régimen empezará a aplicarse a los productos que se introduzcan en el mercado. En España, las fuentes disponibles no identifican aún un proyecto de ley concreto de transposición, por lo que la fase “parlamentaria” relevante será ya en el Congreso y el Senado cuando el Gobierno remita su texto.

Situación en las instituciones europeas

La “Ley Europea de Producto” se corresponde con la Directiva (UE) 2024/2853 del Parlamento Europeo y del Consejo, que deroga la Directiva 85/374/CEE y actualiza el régimen de responsabilidad objetiva por productos defectuosos.

Según el texto oficial disponible en EUR‑Lex (Directiva 2024/2853) y su publicación en el DOUE accesible también a través del BOE (referencia en el BOE):

  • Aprobación política: Parlamento Europeo y Consejo cerraron el acuerdo y el Consejo adoptó formalmente la Directiva en octubre de 2024, como recogió la nota del Consejo “La UE adapta las normas de responsabilidad por productos a la era digital y la economía circular” (comunicado del Consejo).
  • Publicación y entrada en vigor: la Directiva se publicó en el DOUE en noviembre de 2024 y entró en vigor el 9 de diciembre de 2024 (20 días después de la publicación), de acuerdo con la publicación oficial.
  • Tramitación concluida: no quedan lecturas adicionales ni en el Parlamento Europeo ni en el Consejo; cualquier cambio exigiría una nueva propuesta legislativa de la Comisión.

Es importante diferenciar esta Directiva de otras normas sobre productos, como el Reglamento (UE) 2023/988 sobre seguridad general de los productos (reglamento de seguridad de productos), que regula la obligación de seguridad, pero no la responsabilidad civil por daños.

Calendario y obligaciones de transposición

La Directiva fija un calendario claro para los Estados miembros, que se sintetiza así (a partir de la información del propio DOUE, accesible vía [enlace]):

  • Transposición: los Estados miembros deben adoptar y publicar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias a más tardar el 9 de diciembre de 2026.
  • Aplicación: las nuevas reglas se aplican a los productos introducidos en el mercado o puestos en servicio a partir del 9 de diciembre de 2026. Los productos comercializados antes, en principio, siguen bajo el régimen anterior.
  • Revisión futura: la Comisión debe evaluar la aplicación de la Directiva en diciembre de 2030 y, después, cada cinco años.

En la práctica, esto significa que la “batalla legislativa” ahora es nacional: la Comisión ya ha empezado a vigilar, en otros dosieres, los retrasos de los Estados en la transposición de directivas, como refleja la nota “La Comisión toma medidas para garantizar la transposición completa y oportuna de las directivas de la UE” (nota de la Comisión), y es previsible que adopte un enfoque similar con esta Directiva si algún país no llega a tiempo.

Próximos pasos en España

Las fuentes consultadas no identifican todavía un proyecto de ley español específico de transposición de la Directiva 2024/2853, pero sí marcan el patrón general: el Gobierno impulsa un anteproyecto, lo somete a consulta y audiencia en su caso, lo aprueba en Consejo de Ministros y lo remite a las Cortes. Ese esquema se observa, por ejemplo, en la adaptación de otras normas europeas sobre productos, como la futura ley de productos libres de deforestación citada en una nota del MITECO (nota del MITECO).

Aplicado a esta Directiva, los pasos previsibles en España serían:

  • Gobierno: elaboración de un anteproyecto que reforme el régimen de responsabilidad por productos (especialmente el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios) y aprobación de un proyecto de ley en Consejo de Ministros.
  • Cortes Generales: tramitación ordinaria o por vía de urgencia en el Congreso (enmiendas, ponencia, comisión y Pleno) y posterior revisión en el Senado.
  • Sanción y publicación: promulgación por el Rey y publicación en el BOE, con fijación de fecha de entrada en vigor y de las reglas transitorias.

En el contexto español, el peso de las transposiciones es muy elevado: según un análisis recogido por el periódico Demócrata, en 2025 el 45% de las leyes aprobadas derivaron de decisiones europeas y España acumulaba ya 92 procedimientos de infracción por normas de la UE no transpuestas (análisis de Demócrata). Eso refuerza la presión política para no llegar tarde a la Directiva de responsabilidad por productos, bajo riesgo de nuevos expedientes sancionadores.

Contenido de fondo (muy resumido)

Para entender el alcance de la futura ley española de transposición, conviene tener presentes algunas claves de la Directiva, resumidas en análisis especializados como los de Cuatrecasas, Uría Menéndez o el comentario doctrinal de Ana Fernández‑Tresguerres (análisis doctrinal):

  • Amplía el concepto de producto para incluir software, actualizaciones y componentes digitales.
  • Refuerza la posición del perjudicado con nuevas presunciones de defecto y causalidad, y acceso a pruebas.
  • Incluye determinados daños psicológicos como resarcibles.
  • Prevé plazos largos (hasta 25 años) para daños corporales latentes.

Todo ello obliga a una adaptación cuidadosa de la normativa civil y de consumo española, que será el objeto de la futura tramitación parlamentaria en Madrid, no ya en Bruselas.

¿Cuándo tiene previsto el Gobierno español aprobar el proyecto de ley de transposición de la Directiva 2024/2853? ¿Qué cambios concretos se prevé introducir en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios para adaptarse a la nueva Directiva de responsabilidad por productos? ¿Cómo afectará la nueva Ley Europea de Producto a la responsabilidad por daños causados por productos con componentes de inteligencia artificial?

¿Cuáles son las competencias de la Comisión Europea en materia de armonización del etiquetado de productos dentro del mercado único?

La Comisión Europea tiene un papel central en la armonización del etiquetado de productos en el mercado único, pero no decide sola ni de forma ilimitada. Sus competencias se basan en el Tratado de Funcionamiento de la UE, especialmente en las normas sobre mercado interior, y se ejercen a través de tres grandes funciones: iniciativa legislativa, ejecución técnica y vigilancia del cumplimiento. El objetivo es eliminar barreras al comercio y garantizar un alto nivel de protección a consumidores, salud y medio ambiente. A continuación se detalla cómo se concretan estas competencias y cuáles son sus límites.

Base jurídica y objetivo de la armonización

La competencia de la Comisión se vincula principalmente al artículo 114 TFUE (apertura y funcionamiento del mercado interior), que permite adoptar normas de armonización, entre ellas sobre etiquetado. El etiquetado se considera un elemento clave porque, si cada Estado miembro aplica requisitos distintos (por ejemplo, sobre información nutricional, pictogramas de seguridad o avisos ambientales), se generan obstáculos al comercio intracomunitario. La Comisión, por tanto, actúa para:

  • Eliminar barreras técnicas al comercio derivadas de reglas nacionales divergentes.
  • Garantizar un nivel elevado de protección del consumidor, de la salud y del medio ambiente.
  • Reforzar la transparencia para los consumidores mediante información comparable en todos los Estados.

Iniciativa legislativa en materia de etiquetado

La competencia más relevante de la Comisión es la de proponer legislación. Solo la Comisión puede presentar propuestas de reglamentos o directivas sobre etiquetado de productos (por ejemplo, alimentos, productos químicos, aparatos eléctricos, etiquetado energético, etc.). En este ámbito, la Comisión:

  • Realiza análisis de impacto para valorar efectos económicos, sociales y ambientales de nuevas normas de etiquetado.
  • Organiza consultas públicas con Estados, empresas, consumidores y ONG para recoger posiciones.
  • Elabora la propuesta legislativa, que luego es negociada y adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo (procedimiento legislativo ordinario).

Una vez adoptada la norma (por ejemplo, un reglamento que armoniza el etiquetado de un tipo de producto), los Estados miembros deben aplicarla y adaptar, en su caso, su legislación nacional.

Actos delegados y de ejecución

En muchas normas de etiquetado, el legislador (Parlamento y Consejo) faculta a la Comisión para adoptar:

  • Actos delegados: para completar o modificar elementos no esenciales de la legislación, por ejemplo, actualizar listas de menciones obligatorias en las etiquetas o ajustar pictogramas.
  • Actos de ejecución: para establecer formatos técnicos, métodos de medición o especificaciones prácticas del etiquetado (tamaño mínimo de la letra, modelos de etiquetas, etc.).

Estas competencias se controlan mediante mecanismos de control por los Estados miembros (comitología) y por el Parlamento y el Consejo, que pueden oponerse a determinados actos delegados.

Normalización y normas técnicas

Aunque la Comisión no redacta normas técnicas de detalle, sí tiene competencia para:

  • Mandatar a organismos europeos de normalización (CEN, CENELEC, ETSI) para desarrollar normas técnicas vinculadas al etiquetado (p. ej., métodos de ensayo para la información de eficiencia energética).
  • Reconocer “normas armonizadas” que, una vez publicadas en el Diario Oficial de la UE, facilitan la presunción de conformidad con la legislación de etiquetado.

Este sistema permite combinar la armonización jurídica con soluciones técnicas desarrolladas por expertos, manteniendo la flexibilidad ante la innovación tecnológica.

Vigilancia, cumplimiento e infracciones

La Comisión también supervisa que los Estados miembros apliquen correctamente las normas de etiquetado armonizadas. Entre sus competencias destacan:

  • Revisar la transposición de directivas sobre etiquetado y que no se introduzcan requisitos adicionales que vulneren el mercado único.
  • Iniciar procedimientos de infracción contra Estados que mantengan normas nacionales incompatibles (por ejemplo, exigencias de etiquetado adicionales no justificadas).
  • Emitir orientaciones e interpretaciones para homogeneizar la aplicación entre Estados.

Límites y respeto a las competencias nacionales

Las competencias de la Comisión están moduladas por los principios de subsidiariedad y proporcionalidad. No puede armonizar cualquier aspecto del etiquetado sin más; debe demostrar que la actuación a nivel de la UE es necesaria para el funcionamiento del mercado interior y que no va más allá de lo preciso. Además:

  • El contenido final de la legislación lo deciden el Parlamento Europeo y el Consejo.
  • Los Estados pueden mantener ciertas especificidades nacionales (por ejemplo, idiomas adicionales en las etiquetas) siempre que no contradigan la normativa armonizada.

En resumen, la Comisión lidera y coordina la armonización del etiquetado en el mercado único mediante propuestas legislativas, desarrollo técnico y control del cumplimiento, pero siempre dentro de un marco compartido con el resto de instituciones y con márgenes de actuación para los Estados miembros.

¿Podrías explicarme qué diferencia hay entre armonización total y armonización mínima en el etiquetado de productos? ¿Qué ejemplos concretos de reglamentos de la UE sobre etiquetado de productos han afectado más a las empresas españolas? ¿Cómo actúa la Comisión Europea si un Estado miembro introduce requisitos de etiquetado adicionales que pueden ser una barrera al comercio?

¿Cuáles son los principales resultados de las últimas elecciones al Parlamento Europeo y qué grupos políticos tienen mayor representación?

Las elecciones al Parlamento Europeo de 2024 mantuvieron al Partido Popular Europeo (PPE) como primera fuerza de la Eurocámara con 188 escaños de un total de 720, seguido del grupo Socialistas y Demócratas (S&D) con 136. Tras ellos se sitúan el nuevo grupo Patriots for Europe (PfE), los Conservadores y Reformistas Europeos (CRE) y Renew Europe, que concentran la tercera gran familia ideológica del hemiciclo. En conjunto, los partidos de derechas y ultraderecha logran un avance notable, aunque la mayoría proeuropea tradicional (PPE, S&D y Renew) conserva capacidad numérica para sostener la reelección de Ursula von der Leyen y sacar adelante la agenda legislativa básica.

Distribución de escaños por grupos políticos (2024‑2029)

Según los datos oficiales agregados del Parlamento Europeo, consultables en la web de resultados electorales (resultados oficiales) y en la nota de prensa sobre la composición de la nueva Cámara (proyección de escaños), el reparto de los 720 escaños por grupos queda así:

  • PPE (Partido Popular Europeo): 188 escaños (26,11 % del total).
  • S&D (Socialistas y Demócratas): 136 escaños (18,89 %).
  • Patriots for Europe (PfE): 84 escaños (11,67 %).
  • CRE (Conservadores y Reformistas Europeos): 78 escaños (10,83 %).
  • Renew Europe: 77 escaños (10,69 %).
  • Verdes/ALE: 53 escaños (7,36 %).
  • The Left (Izquierda): 46 escaños (6,39 %).
  • ESN (Europe of Sovereign Nations): 25 escaños (3,47 %).
  • No inscritos (NI): 33 escaños (4,58 %).

Las fuentes subrayan que, sumados, los grupos de ultraderecha (principalmente PfE, CRE y otras formaciones afines) alcanzan en torno a 160‑168 escaños, una cifra récord que tensiona el sistema de mayorías clásico de la Eurocámara.

Principales conclusiones políticas en la UE

Fortaleza del PPE y continuidad institucional

El PPE gana alrededor de 10 escaños respecto a 2019 y refuerza su posición como columna vertebral de la mayoría proeuropea. Esto ha permitido reconstruir una alianza con S&D y Renew Europe que, con unos 401 escaños en conjunto (188+136+77), sigue superando ampliamente la mayoría absoluta del Parlamento (361). Esa aritmética es la que ha hecho viable la continuidad de Ursula von der Leyen en la presidencia de la Comisión.

Avance de la derecha radical y presión sobre la agenda

El segundo gran titular es el auge de la ultraderecha. La suma de los nuevos Patriots for Europe, los Conservadores y Reformistas Europeos y otras formaciones soberanistas sitúa a este bloque como tercera fuerza de facto de la Cámara. Este crecimiento puede traducirse en más presión sobre políticas de clima, migración o integración europea, obligando a los grupos tradicionales a negociar con más cuidado cada mayoría, aunque sin depender necesariamente de estos partidos.

Retroceso del centro liberal y de los verdes

En paralelo, Renew Europe pierde 29 escaños y los Verdes/ALE caen en 21 respecto a la legislatura anterior, lo que reduce el peso del centro liberal y del ecologismo institucional en la agenda. Los Verdes conservan 53 escaños y The Left 46, suficientes para ser socios puntuales en coaliciones progresistas, pero ya no son actores imprescindibles de la mayoría.

Participación y contexto europeo

La participación estimada a escala de la UE se situó en torno al 51,08 %, de acuerdo con la nota del Parlamento Europeo citada. En España, el Ministerio del Interior recordó en su nota previa a las elecciones (comunicado de Interior) que el país elegía 61 de los 720 eurodiputados. La Junta Electoral Central ha publicado el detalle de resultados por provincias en el Acuerdo de 27 de junio de 2024, posteriormente corregido por la Resolución de 19 de julio de 2024.

Resultados en España y repercusión nacional

En España, el análisis del periódico Demócrata en Elecciones europeas: claves nacionales y comunitarias y los datos agregados citados por otros medios señalan como ganador al PP con 22 escaños, seguido del PSOE con 20. Vox obtiene 6 eurodiputados, mientras que Sumar se queda con 3, Se Acabó la Fiesta irrumpe también con 3, Ahora Repúblicas mantiene 3, Podemos logra 2, y Junts y la coalición CEUS conservan 1 escaño cada una. La participación estatal rondó el 49,2 %, claramente por debajo del 50 %.

Políticamente, Demócrata subraya un viraje a la derecha en España: el bloque que va del centroderecha a la extrema derecha suma alrededor del 49,1 % de los votos, frente a un 39 % del espacio PSOE‑Sumar‑Podemos y cerca de un 9 % de las candidaturas nacionalistas favorables a Pedro Sánchez. El resultado refuerza al PP como primera delegación española en el PPE y castiga a las formaciones tradicionales de centro (desaparición de Ciudadanos de la Eurocámara) y a la izquierda alternativa, que fragmentada pierde peso.

Un Parlamento más fragmentado

En conjunto, las elecciones de 2024 dejan una Eurocámara más fragmentada y más escorada a la derecha, pero todavía controlada por una mayoría proeuropea amplia articulada en torno a PPE, S&D y Renew. La gobernabilidad dependerá de acuerdos transversales tema a tema y otorga a las delegaciones nacionales grandes, como la española, un papel relevante en la construcción de esas mayorías.

Otros enlaces de interés sobre los comicios

Para profundizar en los datos comparados por país y la evolución histórica de voto en las europeas de 2024 pueden consultarse, entre otros, estos recursos: análisis de contexto, series de datos y gráficos, especial electoral, síntesis por grupos, ficha de España, y el seguimiento en directo y posterior recopilación de resultados de RTVE (crónica del 9J y especial de elecciones europeas).

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