Aprobada la Ley de Donantes de órganos: qué derechos otorga y a quiénes

El objetivo de la iniciativa es otorgar una cobertura lo más amplia posible, configurando los procesos de donación como supuestos especiales de incapacidad temporal

Imagen de un paciente donando sangre. Fuente Pixabay

Imagen de un paciente donando sangre. Fuente Pixabay

El Pleno del Congreso de los Diputados ha dado el okey definitivo a la Proposición de Ley para la mejora de la protección de las personas donantes en vivo de órganos y tejidos para su posterior trasplante, una iniciativa que regula el supuesto especial de incapacidad temporal para amparar a trabajadores en procesos de donación.

El texto se publicará en el BOE sin la enmienda introducida por el Partido Popular en el Senado con la que pretendían que el Ejecutivo, en caso de ampliar los colectivos amparados, tuviera que tramitarla en las Cortes Generales.

Más cobertura

El propósito de la ley es otorgar a las personas donantes una cobertura lo más amplia posible, configurando los procesos de donación como supuestos especiales de incapacidad temporal, con un régimen específico de protección, para los trabajadores por cuenta ajena y funcionarios públicos.

Las donaciones de órganos no solo implican una intervención quirúrgica, con todo lo que ello conlleva, sino un periodo en el que, en caso de ser trabajador por cuenta propia o ajena o funcionario público, requiere asistencia sanitaria y se encuentra impedido para el trabajo.

De igual forma, con carácter previo a la cirugía de extracción del órgano, existen distintos actos que requieren a la persona y van desde la naturaleza sanitaria, como pueden ser pruebas, hasta trámites burocráticos que exigen la ausencia del trabajo durante toda la jornada laboral o parte de ella.

La iniciativa dibuja estos nuevos derechos para trabajadores por cuenta ajena, funcionarios, Administración de Justicia, Fuerzas Armadas y el régimen especial del sector pesquero-marítimo.

Aunque en la actualidad los procesos de donación de órganos ya tienen cobertura a través de la prestación de incapacidad temporal por enfermedad común, el PSOE impulsó una proposición de ley para “reconocer como situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes aquellas bajas laborales por donación de órganos para su trasplante, de tal manera que para tener derecho a la prestación no se exigirá ningún período previo de cotización, cubriendo tanto los días discontinuos como ininterrumpidos, en que el donante no pueda prestar servicios debido a la preparación médica de la cirugía, como los transcurridos desde el día del ingreso hospitalario para la realización de esta hasta que sea dado de alta por curación”.

Por otra parte, se propone también modificar el Estatuto de los Trabajadores y articular un permiso retribuido por el tiempo indispensable para la asistencia a las sesiones de información, “para la realización de los preceptivos informes y exámenes clínicos, incluida la exploración médica, previos a la determinación de idoneidad de los donantes vivos y de sus órganos, así como para la prestación del consentimiento, siempre que deba tener lugar dentro de la jornada de trabajo”. 

En definitiva, el propósito es cubrir aquellas ausencias necesarias que, por no consistir en actos médicos, ni alcanzar en su duración toda la jornada médica, no queden cubiertas por la situación especial de incapacidad temporal.

La iniciativa recoge que quedarían bajo este paraguas legislativo los trasplantes de órganos como riñón, hígado, pulmones, páncreas, córnea, corazón, hueso, tubo digestivo, médula ósea, etc.; y durante la ponencia, se incluyeron también las donaciones de tejidos.

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