Una norma para incidir en la rendición de cuentas de los medios de comunicación y para poner coto a la difusión de contenidos ilícitos distribuidos de forma digital. Ese es el espíritu, a grandes rasgos, de la futura Ley para la Mejora de la gobernanza democrática en servicios digitales y medios de comunicación, cuyo anteproyecto aprobó el Gobierno en primera vuelta, hace quinces días, y pendiente aún de su envío a las Cortes.
El texto, dado a conocer ahora en el proceso de audiencia pública, pretende en su primera parte proteger a los consumidores o usuarios de servicios digitales como,por ejemplo, proveedores de internet, servicios de alojamiento, plataformas de redes sociales o de mercado electrónico (los llamados marketplaces). Con esta norma se pretende resolver la incorporación al ordenamiento jurídico nacional del Reglamento (UE) 2022/2065, relativo al mercado único de servicios digitales en lo que a esta materia respecta.
¿A quién afecta?
Elanteproyecto de ley del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública modifica la Ley de Servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI) y la de Creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Los sujetos a quien va dirigida son los denominados «proveedores de servicios intermediarios«, que quedarían definidos en la LSSI como:
- Servicios de acceso a la red o de transmisión de información por parte de usuarios.
- Almacenamiento temporal de información para la prestación de un servicio.
- Almacenamiento de datos a petición del usuario y facilitados por este.
Supervisión y actuación contra contenidos digitales
Aunque el Reglamento (UE) 2022/2065, sobre el mercado de servicios digitales,mantiene la exención de responsabilidad por la que en la mayoría de casos los intermediarios de servicios digitales no son responsables de la información que los usuarios suben a sus sistemas, la adaptación de la norma europea al ordenamiento español sí concreta ciertas necesidades de colaboración para el control de contenidos mediante cambios en la LSSI.
Se añade la gestión de órdenes de actuación contra contenidos ilegales, la entrega de información cuando las autoridades judiciales o administrativas competentes así lo requieran y una serie de obligaciones de diligencia que deberán cumplir los proveedores en cuanto a la información que circula o se alberga en sus sistemas.

