DSA: un nuevo paradigma en la regulación de los servicios digitales en la Unión Europea

Raúl Rubio, socio de Pérez-Llorca, analiza la Ley de Servicios Digitales (DSA), aplicable de forma general en toda la UE desde el 17 de febrero, y el nuevo marco normativo para la prestación de estos servicios

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El nuevo Reglamento de Servicios Digitales (“DSA” por sus siglas en inglés -Digital Services Act-) introduce un nuevo marco normativo para la prestación de servicios digitales en la Unión Europea. Entre otros prestadores, la DSA impone a los servicios de plataforma en línea (e.g., redes sociales, plataformas para compartir contenido en línea, marketplaces), un paquete de obligaciones específico en función de su naturaleza y las características de su servicio.

La DSA introduce un nuevo marco de obligaciones en materia de diligencia y transparencia, que afecta directamente a la gestión de los contenidos ilícitos, la desinformación y la protección de los consumidores y los menores en Internet.