Assim vibrou Madrid: Ana Mena, Lola Índigo e Aitana lideram a celebração do segundo Mundial da Espanha

Música, emoção e recordes de assistência: a noite em que a Espanha celebrou seu segundo Mundial com seus ídolos em Madrid

2 minutos

ana mena lola indigo

ana mena lola indigo

Adicione DEMOCRAT no Google

Pergunte à FREN

Publicado

Última atualização

2 minutos

Mais lido

A conquista do segundo Mundial da história da seleção espanhola teve esta segunda-feira um encerramento à altura do sucesso desportivo. Após as recepções oficiais com os reis e o presidente do Governo, os jogadores percorreram as ruas de Madrid em um ônibus aberto antes de culminar o dia com uma celebração multitudinária na praça de Cibeles, onde a música e o futebol compartilharam protagonismo durante várias horas, com artistas como Ana Mena ou Lola Índigo.

Até dois milhões de aficionados acompanharam a expedição, entre os que desfrutaram da passagem da rua e aqueles que esperavam na praça de Cibeles, convertida desde o início da tarde no grande ponto de encontro da torcida. O cenário instalado junto ao Palácio de Cibeles acolheu atuações musicais, a apresentação um a um dos campeões do mundo e os discursos com os quais a seleção quis agradecer o apoio recebido durante todo o campeonato.

A música acompanha os campeões

A festa começou até antes da chegada dos jogadores com um cartaz musical no qual participaram alguns dos artistas mais conhecidos do panorama nacional. Aitana, Ana Mena, Lola Índigo, Arde Bogotá e Viva Suecia foram alguns dos nomes que atuaram no cenário de Cibeles, junto a vários DJs encarregados de animar a espera dos aficionados.

Um dos momentos mais celebrados chegou com a atuação conjunta de Ana Mena e Lola Índigo, que interpretaram Pa ti toa, um tema que acompanhou vários jogadores da seleção durante o Mundial. Antes de subir ao palco, ambas reconheceram que enfrentavam a atuação com nervos por fazê-lo diante dos novos campeões do mundo e milhares de aficionados reunidos no centro de Madrid.

Cânticos, discursos e emoção em Cibeles

A chegada do ônibus aberto desencadeou a maior ovação da tarde. Os jogadores foram apresentados de maneira individual enquanto soavam algumas de suas músicas favoritas e o público cantava seus nomes. A celebração coincidiu ainda com o aniversário de Álex Baena, a quem companheiros e aficionados dedicaram um improvisado "Feliz aniversário".

Sobre o palco também tomaram a palavra o selecionador, Luis de la Fuente, e o capitão Rodrigo Hernández. O técnico agradeceu o apoio recebido durante todo o torneio e assegurou que o sucesso pertencia também à torcida, enquanto Rodri lembrou de Ferran Torres, autor do gol que decidiu a final contra a Argentina, como um dos grandes protagonistas do campeonato.

Uma celebração para fechar um dia histórico

A festa em Cibeles pôs o ponto final a uma jornada que começou com a chegada da seleção ao aeroporto Adolfo Suárez Madrid-Barajas e continuou com as recepções institucionais no Palácio da Zarzuela e no Palácio da Moncloa antes do percurso pelas principais ruas da capital.

O ato converteu Madrid no epicentro das celebrações pela segunda estrela do futebol espanhol.

Mais chaves, contexto e perguntas com FREN

CONTEÚDO GERADO POR IA

¿Qué trámites y requisitos institucionales son necesarios para la organización de celebraciones masivas en la vía pública en Madrid?

La organización de celebraciones masivas en la vía pública en Madrid (fiestas populares, conciertos, cabalgatas, verbenas, etc.) exige combinar autorizaciones municipales, autonómicas e incluso estatales, además de cumplir con requisitos estrictos de seguridad, aforo, ruido, seguros y autoprotección. El núcleo jurídico lo aporta la **Ley 17/1997, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas** de la Comunidad de Madrid, modificada por las leyes 4/2013 y 5/2015, el régimen de ruido del **Decreto 55/2012** y la **Norma Básica de Autoprotección** estatal. A esto se suman las ordenanzas del Ayuntamiento de Madrid sobre ocupación de vía pública y ruido, que concretan trámites y condiciones prácticas. A continuación se resume el esquema institucional y de requisitos clave.

1. Marco normativo principal

En el ámbito autonómico, la referencia básica es la Ley 17/1997, de Espectáculos Públicos, aplicable a los espectáculos y actividades recreativas que se desarrollen en la Comunidad de Madrid, en establecimientos, instalaciones eventuales, espacios abiertos y vía pública. Esta ley ha sido modificada, entre otras, por:

  • Ley 4/2013, que refuerza el régimen sancionador, la responsabilidad de organizadores y promotores y regula, entre otros aspectos, la publicación de sanciones en casos de concentraciones masivas.
  • Ley 5/2015, centrada en la participación de menores y jóvenes en la vida cultural y en espectáculos.

En materia de ruido, la Comunidad de Madrid establece un régimen específico mediante el Decreto 55/2012, de contaminación acústica, que desarrolla la legislación básica estatal (Ley 37/2003 del Ruido y el Real Decreto 1513/2005).

En seguridad y emergencias, la **Norma Básica de Autoprotección**, aprobada por el Real Decreto 393/2007 (parcialmente sustituido por la nueva Norma Básica de Protección Civil), obliga a determinados eventos y actividades a disponer de planes de autoprotección con contenido mínimo y responsable técnico.

2. Competencias y autorizaciones administrativas

a) Ayuntamiento de Madrid

Para eventos masivos en calles y plazas de Madrid, el Ayuntamiento es la puerta de entrada básica:

  • Licencia municipal de funcionamiento o declaración responsable: la Ley 17/1997 exige que los locales y establecimientos dispongan de licencia municipal de funcionamiento, y tras la reforma de 2013 se permite, a elección del solicitante, sustituirla por una declaración responsable ante el Ayuntamiento, acompañada de proyecto técnico, certificados de obra, seguro y tasas, con posterior inspección municipal.
  • Autorización de espectáculos en fiestas y verbenas: la propia Ley 17/1997 establece que serán necesarias autorizaciones expresas de los Ayuntamientos para los espectáculos y actividades recreativas que se realicen en el municipio con motivo de fiestas y verbenas populares, así como para actividades deportivas o recreativas desarrolladas dentro del término municipal.
  • Ocupación de la vía pública: se tramita una autorización específica de ocupación del dominio público (escenarios, barras, vallados, carpas, etc.), regulada por las ordenanzas municipales de Madrid (no se dispone en las fuentes de la referencia concreta, pero forman parte del marco exigible).
  • Ordenanzas de ruido: el Ayuntamiento aplica su propia ordenanza acústica (límites horarios y de emisión sonora, zonas sensibles, etc.), que debe ser coherente con el Decreto 55/2012 autonómico.
b) Comunidad de Madrid

Según la Ley 17/1997, el Título II distingue entre:

  • Instalaciones eventuales, espacios abiertos y vía pública: el capítulo II exige, para estos casos, seguros obligatorios y autorizaciones específicas de la Comunidad de Madrid cuando se trate de espectáculos y actividades no cubiertos por la licencia habitual del local.
  • Espectáculos extraordinarios y singulares: aquellos distintos de los habituales en un local con licencia, o no reglamentados, requieren autorización autonómica y prestación de fianza en la cuantía fijada reglamentariamente.
c) Administración General del Estado / Delegación del Gobierno

La Ley 17/1997 prevé que, cuando una actividad recreativa o deportiva tenga recorrido que se extienda a otras comunidades autónomas, la competencia de autorización pasa a la Administración del Estado, que debe comunicarla a la Comunidad de Madrid. En Madrid ciudad, la Delegación del Gobierno interviene además en clave de seguridad ciudadana, coordinación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, en su caso, en el control del derecho de reunión y manifestación.

3. Requisitos técnicos: seguridad, aforo, ruido, seguros y autoprotección

El artículo 6 de la Ley 17/1997 impone a locales e instalaciones requisitos sobre:

  • Seguridad estructural y contra incendios: solidez de estructuras, prevención y protección de incendios, accesibilidad de los medios de auxilio externo.
  • Condiciones higiénicas y acústicas: salubridad y acústica, con exigencias de insonorización para evitar molestias a terceros.
  • Accesibilidad: condiciones de accesibilidad y disfrute para personas con discapacidad.

Además, la misma ley obliga a tener suscrito un seguro de responsabilidad civil e incendios que cubra daños a concurrentes y terceros derivados del local, instalaciones, actividad y personal, con cuantías mínimas que se detallan en disposición transitoria (escaladas por aforo: hasta más de 5.000 personas).

En materia de autoprotección, el Real Decreto 393/2007 establece que los titulares de actividades incluidas en su anexo I (que engloba ciertas concentraciones de público) deben elaborar, implantar y mantener operativos planes de autoprotección, elaborados por técnico competente, con análisis de riesgos, medidas preventivas, organización de emergencias, planos, etc., quedando sujetos a control administrativo.

Por último, la Ley 17/1997 fija criterios de aforo, horarios y derecho de admisión, refuerza la protección de menores (completada por la Ley 5/2015) y prevé un régimen de inspección y sanciones muy severo (multas de hasta 600.000 euros y clausuras de hasta dos años en casos muy graves).

En la práctica, para organizar un evento masivo en la vía pública de Madrid es imprescindible coordinarse con el Ayuntamiento (ocupación de vía pública, licencia o declaración responsable, horarios, ruido), con la Comunidad (autorizaciones de espectáculos, seguros y, en su caso, validación de planes de autoprotección) y, cuando proceda, con la Delegación del Gobierno por razones de seguridad y orden público.

¿Qué pasos concretos tengo que seguir ante el Ayuntamiento de Madrid si quiero organizar un concierto en una plaza del centro? ¿En qué supuestos es obligatorio un plan de autoprotección para un evento al aire libre y qué contenido mínimo debe tener? ¿Qué límites de horario y de ruido se aplican habitualmente a las fiestas populares y verbenas en los barrios de Madrid?

¿Cuáles son las funciones y competencias del seleccionador nacional de fútbol según la normativa de la Real Federación Española de Fútbol?

La cuestión que planteas se refiere al régimen interno de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) y, en concreto, a las funciones y competencias del seleccionador nacional de fútbol según su normativa federativa. Ese es un ámbito de regulación deportiva privada (estatutos y reglamentos internos de una federación deportiva) y, por las instrucciones con las que estoy configurado, no puedo entrar al detalle técnico de esa normativa ni ofrecer una exégesis jurídica de sus artículos. Mi ámbito de especialización se centra en la política española, la actividad parlamentaria y gubernamental y la actualidad social y regulatoria, no en el derecho interno de las federaciones deportivas.

Por qué no puedo responder en detalle a tu pregunta

Mi diseño está orientado a analizar y explicar:

  • Política nacional y autonómica en España (Gobierno, Cortes Generales, parlamentos autonómicos, partidos políticos, etc.).
  • Actividad legislativa y regulatoria: leyes, reales decretos-ley, anteproyectos, proposiciones de ley y su tramitación parlamentaria.
  • Conflictos institucionales y debates públicos relacionados con derechos, libertades, políticas públicas o grandes reformas normativas.
  • Actualidad social y económica cuando está vinculada a decisiones políticas, a normas o a la actuación de las administraciones públicas.

Lo que planteas se sitúa en otro plano: la normativa de una entidad privada (aunque ejerza funciones públicas delegadas) que regula sus cargos técnicos. El Reglamento General de la RFEF y la definición precisa de las competencias del seleccionador nacional forman parte de ese “derecho interno federativo” y, conforme a las reglas que debo seguir, no puedo desarrollar una explicación artículo por artículo ni asumir la función de manual jurídico de la RFEF.

Qué tipo de cuestiones sí puedo abordar en materia de deporte

Aunque no puedo hacer un comentario técnico del Reglamento General de la RFEF, sí puedo ayudarte en temas donde el deporte se cruza con la política y el derecho público. Por ejemplo:

  • Ley del Deporte y su reforma: contenido, debates parlamentarios, enmiendas de los grupos, posición del Gobierno y de los partidos, e implicaciones para federaciones, ligas o deportistas.
  • Control público sobre las federaciones deportivas: papel del Consejo Superior de Deportes (CSD), validación de estatutos federativos mediante resoluciones publicadas en el BOE, o conflictos institucionales entre Gobierno y federaciones.
  • Cuestiones identitarias y territoriales ligadas a las selecciones: por ejemplo, las iniciativas parlamentarias sobre selecciones autonómicas, los debates políticos en torno al reconocimiento internacional de selecciones diferentes a la española, o propuestas para cambiar el régimen de obligatoriedad de acudir a la selección.
  • Impacto económico y político de grandes eventos deportivos: organización de Mundiales o Eurocopas en España, elección de sedes, debates parlamentarios sobre financiación, contratos o repercusiones territoriales.
  • Casos con dimensión política o institucional: expedientes disciplinarios de organismos internacionales (como la FIFA) a la RFEF cuando tienen implicaciones de reputación país, discriminación, racismo en los estadios o imagen internacional de España.

En todos esos casos, puedo apoyarme en legislación española, diarios de sesiones parlamentarias, referencias del Consejo de Ministros y cobertura de medios especializados como el periódico Demócrata para ofrecer una explicación detallada de cómo el deporte se inserta en el sistema político y regulatorio.

Cómo podrías enfocar la búsqueda que planteas

Aunque no puedo proporcionarte una síntesis jurídica cerrada de los artículos del Reglamento General de la RFEF sobre el seleccionador, sí puedo orientarte, a nivel muy general, sobre el tipo de documentos que suelen recoger esa información en el mundo federativo deportivo:

  • Los Estatutos de cada federación (aprobados por su Asamblea y validados por el CSD) definen la estructura básica de órganos y la posición del presidente, la junta directiva y los comités.
  • El Reglamento General de la federación suele desarrollar el funcionamiento de esos órganos y los criterios de nombramiento y cese de figuras técnicas (seleccionadores, directores técnicos, etc.).
  • En muchos casos, las relaciones jerárquicas (quién propone, quién nombra, quién puede cesar) se establecen en preceptos similares entre distintas federaciones: la presidencia suele proponer, la junta directiva o un órgano colegiado ratifica y el técnico queda subordinado a la presidencia y a los comités correspondientes.

Si te interesa un análisis político de fondo —por ejemplo, cómo la configuración del poder dentro de la RFEF se relaciona con el marco legal público (Ley del Deporte, control del CSD, debates en el Congreso)—, ahí sí puedo entrar con detalle, porque se convierte en una cuestión de gobernanza deportiva y control público, que sí forma parte de mi ámbito.

En resumen: no puedo ofrecerte una respuesta técnica exhaustiva sobre las funciones y competencias del seleccionador nacional “según el Reglamento General de la RFEF”, pero sí puedo ayudarte a entender el contexto político, institucional y normativo en el que se encuadra esa figura cuando entra en relación con el Estado, el CSD, las Cortes Generales o los debates públicos sobre deporte y poder.

¿Me puedes explicar qué dice la Ley del Deporte sobre las federaciones deportivas españolas y su relación con el Consejo Superior de Deportes? ¿Qué iniciativas parlamentarias recientes ha habido en el Congreso sobre las selecciones autonómicas y las convocatorias de la selección española? ¿Cómo se controla políticamente a la RFEF desde el Gobierno y el Parlamento cuando hay escándalos o conflictos institucionales?

¿Qué partidos políticos componen actualmente el Ayuntamiento de Madrid y cuántos concejales tiene cada uno tras las últimas elecciones municipales?

Tras las elecciones municipales del 28 de mayo de 2023, el Ayuntamiento de Madrid está compuesto por 57 concejales repartidos entre cuatro partidos. El Partido Popular (PP) gobierna con mayoría absoluta gracias a sus 29 concejales. En la oposición se sitúan Más Madrid, con 12 concejales; el PSOE, con 11 concejales; y Vox, con 5 concejales. No hay representación de otras formaciones, ya que Ciudadanos, Podemos-IU-Alianza Verde y otras candidaturas se quedaron fuera del Pleno.

Composición numérica del Pleno

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid está integrado en este mandato 2023‑2027 por un total de 57 concejales, distribuidos así:

  • Partido Popular (PP): 29 concejales
  • Más Madrid: 12 concejales
  • Partido Socialista Obrero Español (PSOE): 11 concejales
  • Vox: 5 concejales

Esta distribución coincide con la corporación municipal que figura en la web institucional del Ayuntamiento de Madrid para el periodo 2023‑2027, accesible en la sección de Corporación actual. También coincide con el reparto de escaños recogido en la entrada del Ayuntamiento de Madrid y en la página específica sobre las elecciones municipales de 2023 en Madrid.

Mayoría absoluta del PP y correlación de fuerzas

Con 29 de 57 concejales, el PP supera holgadamente el umbral de la mayoría absoluta en el Pleno (fijado en 29 actas), por lo que gobierna en solitario. Este resultado permitió la reelección de José Luis Martínez‑Almeida como alcalde sin necesidad de pactos de investidura, tal y como han subrayado distintos análisis sobre los resultados del 28M, como los que recogen medios generalistas y especializados en política municipal, por ejemplo en las crónicas de Antena 3 o en bases de datos electorales como Historia Electoral.

El bloque progresista está representado por Más Madrid (12) y PSOE (11), que suman conjuntamente 23 concejales, muy lejos de los 29 necesarios para articular una alternativa de gobierno. Vox, con 5 concejales, completa el espectro de la derecha, pero sus votos no son necesarios para que el PP mantenga el control del Ayuntamiento, a diferencia de lo que sucede en otros consistorios donde la derecha gobierna en coalición.

Oposición y liderazgo en la izquierda

En la oposición, Más Madrid se mantiene como principal fuerza de la izquierda en el Ayuntamiento al conservar 12 concejales, lo que le otorga la jefatura de la oposición en Cibeles. Por detrás se sitúa el PSOE, con 11 ediles, que mejoró respecto al mandato anterior pero quedó en tercera posición. Diversas piezas del periódico Demócrata recuerdan que en 2023 los socialistas pasaron de 8 a 11 concejales bajo el liderazgo de Reyes Maroto, aunque sin lograr superar a Más Madrid.

Vox, con 5 concejales, se consolida como cuarta fuerza municipal. El partido ha tenido un papel relevante en la agenda política y mediática por sus posiciones en materias como movilidad, memoria democrática o políticas sociales, pero sin capacidad aritmética para condicionar la estabilidad del gobierno municipal, dado que el PP no necesita sus votos para aprobar los grandes expedientes.

Ausencia de otros partidos en el Pleno

Las fuentes consultadas señalan explícitamente que Ciudadanos, Podemos‑IU‑Alianza Verde y otras candidaturas municipales no alcanzaron el umbral de representación en 2023, quedándose con 0 concejales. Esto supuso la salida de Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid después de dos mandatos con presencia en el gobierno (2019‑2023) y en la oposición anteriormente, y dejó a la izquierda a la izquierda del PSOE fuera del Salón de Plenos.

Este mapa reducido a cuatro grupos —PP, Más Madrid, PSOE y Vox— es el que explica que el Ayuntamiento haya funcionado en este mandato con una aritmética muy estable: el PP aprueba ordenanzas, presupuestos y grandes proyectos con su mayoría, mientras la oposición se reparte la iniciativa política y el control al gobierno sin capacidad de forzar cambios en la correlación de fuerzas.

Fuentes institucionales y de referencia

Para comprobar o actualizar en el futuro la composición del Pleno, la referencia principal es la página oficial de la organización del Pleno y la sección de Corporación actual del Ayuntamiento de Madrid. Para el contexto electoral previo, pueden consultarse también resúmenes en portales de resultados municipales o las fichas históricas de las elecciones de 2023 en Madrid, que coinciden en el reparto 29‑12‑11‑5.

¿Cómo quedaron repartidos los votos (porcentajes) entre PP, Más Madrid, PSOE y Vox en las municipales de 2023 en Madrid? ¿Qué mayoría requiere el Pleno del Ayuntamiento de Madrid para aprobar los presupuestos y cómo influye la mayoría absoluta del PP en esa votación? ¿Qué diferencias hubo en la composición del Ayuntamiento de Madrid entre el mandato 2019‑2023 y el actual 2023‑2027?

Jogar

Teste o que você sabe com FREN!

Quanto você sabe sobre esse assunto? Responda o seguinte 3 questões.

¿Dónde tuvo lugar la celebración multitudinaria de la selección española tras ganar su segundo Mundial?

Perguntar 1 de 3

¿Qué tema interpretaron conjuntamente Ana Mena y Lola Índigo durante la celebración?

Perguntar 2 de 3

¿A qué jugador le cantaron 'Cumpleaños feliz' durante la celebración en Cibeles?

Perguntar 3 de 3

Bonjour, je m'appelle Fren. Comment puis-je vous aider ?