Este jueves se aplica la reforma del copago farmacéutico con nuevos tramos y límites según la renta

El nuevo decreto del copago farmacéutico entra en vigor este jueves con más tramos de renta, topes mensuales y especial protección a rentas bajas.

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha difundido este miércoles el nuevo real decreto-ley que modifica el sistema de aportación de los usuarios en la prestación farmacéutica. La norma busca "reforzar la equidad" en el acceso a los tratamientos, incorporando tres tramos adicionales de aportación hasta un total de seis y fijando topes mensuales vinculados a la renta para la población activa. En el caso de los pensionistas, se ajusta aún más el gasto con la creación de un tramo adicional, pasando de tres a cuatro niveles.

Aprobado el martes en Consejo de Ministros, el texto entrará en vigor este jueves con la finalidad de corregir "las desigualdades muy evidentes del sistema actual", prestando una protección reforzada a los pacientes crónicos con rentas bajas o medias y adaptando "el copago a la realidad económica que viven hoy muchas familias".

Para las personas activas y sus beneficiarios, se pasa de tres a seis tramos de renta, y para quienes declaran menos de 35.000 euros anuales se fijan límites máximos mensuales. De este modo, por debajo de 9.000 euros se mantiene un 40% de copago con un techo de 8,23 euros al mes; entre 9.000 y 17.999 euros se aplica igualmente un 40% con un máximo de 18,52 euros; y entre 18.000 y 34.999 euros el porcentaje se eleva al 45%, con un tope mensual de 61,75 euros. A partir de 35.000 euros se conservan los porcentajes del 45%, 50% y 60% para los tramos de 35.000-59.999, 60.000-99.999 y más de 100.000 euros, respectivamente, pero sin límite mensual en estos tres últimos grupos.

Hasta ahora, los contribuyentes con rentas inferiores a 18.000 euros abonaban el 40% del precio del medicamento; quienes estaban entre 18.000 y 99.999 euros pagaban el 50%; y los que superaban los 100.000 euros asumían el 60%, sin ningún tope mensual que contuviera el gasto en tratamientos de larga duración o en situaciones de polimedicación.

En el caso de los pensionistas, también se han redefinido los tramos. Los jubilados con ingresos inferiores a 18.000 euros continúan pagando el 10% con un límite de 8,23 euros al mes; se crea un nuevo tramo entre 18.000 y 59.999 euros en el que se mantiene el 10%, pero el tope mensual se reduce a 13,37 euros; entre 60.000 y 99.999 euros se sigue aplicando un 10% con un máximo de 18,52 euros; y para quienes superan los 100.000 euros se fija un 60% de copago con un techo de 61,75 euros mensuales. Además, se establece la exención automática para los complementos por mínimos, de forma que la revalorización de las pensiones no implique la pérdida de esta protección.

Antes de esta modificación, los pensionistas y sus beneficiarios se regían por una estructura más sencilla: en general pagaban el 10% del precio del fármaco con tres topes mensuales según renta. Quienes tenían ingresos inferiores a 18.000 euros al año no abonaban más de 8,23 euros mensuales; los situados entre 18.000 y 100.000 euros tenían un límite de 18,52 euros; y los que superaban los 100.000 euros asumían el 60% del precio del medicamento con un máximo de 61,75 euros al mes, manteniéndose determinadas exenciones para los jubilados con menos recursos.

Impacto presupuestario y objetivo de la reforma

La reforma, impulsada de forma conjunta por los ministerios de Sanidad y Hacienda, contempla un impacto presupuestario estimado de 265,63 millones de euros y persigue "garantizar que las condiciones económicas no supongan una barrera para la continuidad de los tratamientos, especialmente en un contexto marcado por el incremento del coste de vida y la incertidumbre económica internacional".

El Ejecutivo considera imprescindible actualizar el modelo de copago farmacéutico para corregir desigualdades detectadas en determinados colectivos, especialmente entre pacientes con rentas bajas y medias que, aun sin estar incluidos en los supuestos de exención, soportaban una carga económica elevada por tratamientos prolongados o de alta necesidad terapéutica. Con la reforma se configura un sistema de copago más progresivo sin aumentar la aportación que venían realizando los distintos grupos de población.

En esta línea, García ha subrayado que el principal problema se situaba en la adherencia a los tratamientos, "donde había pacientes que no podían pagarse la medicación, aquellos activos que tenían rentas bajas". Asimismo, ha señalado que era "un sistema que penalizaba especialmente a muchos trabajadores con algunas enfermedades que necesitaban tratamientos crónicos o tratamientos prolongados".

Los análisis técnicos elaborados por el Comité Asesor de la Prestación Farmacéutica evidencian que determinados niveles de aportación "pueden afectar negativamente a la adherencia terapéutica y favorecer interrupciones o reducciones de los tratamientos por motivos económicos", con el consiguiente impacto sobre la salud de los pacientes y sobre el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud.

La reforma mantiene las exenciones ya vigentes para colectivos vulnerables, como las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital, los perceptores de pensiones no contributivas, las personas desempleadas sin prestación, los menores con discapacidad reconocida o quienes sufren accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Además, se incorpora de forma expresa la exención para las personas beneficiarias del complemento de ayuda para la infancia.