El juez Peinado mantiene el jurado popular en la causa de Begoña Gómez y vuelve a negar el archivo del caso

Peinado confirma el jurado popular en la causa contra Begoña Gómez, rechaza archivar el procedimiento y amplía la investigación con nuevas diligencias.

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La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, durante la Comisión de Investigación sobre programas de cátedras y postgrados de la Universidad Complutense de Madrid. Eduardo Parra - Europa Press

La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, durante la Comisión de Investigación sobre programas de cátedras y postgrados de la Universidad Complutense de Madrid. Eduardo Parra - Europa Press

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El magistrado Juan Carlos Peinado ha rechazado el recurso presentado por la defensa de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, contra su decisión de que la causa sea enjuiciada por un jurado popular si finalmente llega a juicio. Al mismo tiempo, ha vuelto a negar el sobreseimiento de la investigación y ha citado como testigo el próximo 14 de mayo al empresario José María Torres, quien, según las actuaciones, se habría reunido con Gómez y su asesora Cristina Álvarez, también investigada.

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, el juez desestima los argumentos de Gómez, cuya representación legal sostenía que los fundamentos del instructor para remitir el procedimiento a un jurado son "falaces" o carecen de "la entidad que les da el instructor".

La defensa de Begoña Gómez, que también reprochaba la "redacción confusa" del auto en el que Peinado exponía sus motivos, recogía en su recurso que "la única conclusión" que podía extraerse de dicha resolución es que se la está investigando "por ser cónyuge del presidente del Gobierno".

El juez ha vuelto igualmente a rechazar la petición de archivo formulada por las defensas de los tres encausados --Gómez, su asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés--, que sostenían que no existen indicios racionales de la comisión de delito alguno.

Cinco días para las conclusiones de la instrucción

El pasado mes de abril, el magistrado acordó procesar a Begoña Gómez por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida, dejando fuera el posible intrusismo profesional, figura por la que también había sido investigada durante la fase de instrucción.

En una providencia a la que ha tenido acceso esta agencia, el juez concede un plazo de cinco días a las defensas de los investigados para que presenten su escrito de conclusiones sobre la instrucción. Además, ordena que se les dé traslado del escrito de calificación elaborado por las acusaciones populares encabezadas por Hazte Oír y por la Fiscalía.

Hazte Oír solicitaba 24 años de prisión para Gómez y la retirada de su pasaporte ante un eventual riesgo de fuga, mientras que el Ministerio Público se inclinaba por el sobreseimiento de la causa.

En otra providencia, también consultada por Europa Press, el magistrado acata la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid y deja sin efecto una decisión adoptada a finales de 2025, en la que había acordado pedir un informe a la Asociación de Abogados del Estado para aclarar si la esposa de Sánchez incurrió en un delito de intrusismo profesional al firmar pliegos de contratación de la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Finalmente, el instructor descartó ese delito cuando dictó el auto de procesamiento.

Dentro de este procedimiento, el juez mantiene abiertas varias líneas de investigación: el supuesto tráfico de influencias de Gómez en favor de Barrabés; la gestión de Gómez al frente de la cátedra y de los dos másteres que codirigía en la Complutense; la posible apropiación indebida por parte de la esposa de Sánchez del 'software' asociado a dicha cátedra; y el nombramiento de Cristina Álvarez como asesora de Gómez.