El Supremo exime de culpa a la exjefa de personal del Gómez Ulla por la contratación de su hermana y de la profesora de su hijo

El Supremo anula la condena a la exjefa de Recursos Humanos del Gómez Ulla por la contratación de su hermana y de la profesora de inglés de su hijo.

1 minuto

Fachada del Hospital Central de La Defensa Gómez Ulla, a 7 de mayo de 2026, en Madrid (España). Jesús Hellín - Europa Press

Fachada del Hospital Central de La Defensa Gómez Ulla, a 7 de mayo de 2026, en Madrid (España). Jesús Hellín - Europa Press

Añadir DEMÓCRATA en Google

Publicado

1 minuto

Más leídas

El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto la condena impuesta a la exresponsable de Recursos Humanos del Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla, en Madrid, que había sido sentenciada por incorporar a la plantilla a su hermana y a la profesora de inglés de su hijo en dicho centro sanitario.

La decisión procede de la Sala de lo Militar, según una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se estima el recurso presentado por la teniente coronel frente al fallo del Tribunal Militar Central. Este órgano la había condenado a 11 meses de prisión, al pago de una indemnización de 60.000 euros y a la suspensión de empleo militar por supuestos delitos contra el patrimonio en el ámbito castrense y por extralimitación en el ejercicio del mando.

En su resolución, el alto tribunal determina que "no ha quedado acreditado que al recurrente cometió dichos delitos con la contratación de la profesora de inglés de su hijo como celadora y de su hermana, como experta en bioseguridad" en el Gómez Ulla.

El Supremo precisa que la responsabilidad sobre el contrato eventual de la profesora de inglés de su hijo recaía en el director del hospital, "por mucho que fuera aquella quien preparara la correspondiente documentación y la llevará a la firma del Director".

En cuanto a la hermana, fue incorporada al personal, junto a otras 44 personas, para garantizar el funcionamiento de la nueva Unidad de Aislamiento de Alto Nivel, creada con carácter urgente para responder a la crisis sanitaria provocada por el virus del Ébola.

La Sala descarta la existencia del delito de extralimitación que se atribuía a la teniente coronel por la contratación de su hermana como experta en bioseguridad. A juicio del Supremo, no se aprecia "ningún abuso" en que informara al director de que su hermana, "que ya prestaba servicios en el hospital y era sobradamente conocida", cumplía con los requisitos exigidos para el puesto.

El Supremo concluye que "con independencia del interés que pudiera haber tenido la recurrente en que su hermana ocupara ese puesto, no ha quedado acreditado que aquella incurriera en conducta alguna constitutiva del delito".