El Supremo tumba el registro estatal de alquiler turístico al entender que invade competencias autonómicas

El Supremo invalida el registro estatal de alquiler turístico de corta duración por invasión competencial, pero mantiene la ventanilla única y el envío de datos.

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Exterior de un piso turístico en el centro de Madrid tras el anuncio del ministerio de Consumo de bloquear casi 66.000 anuncios ilegales, a 19 de mayo de 2025, en Madrid (España) Jesús Hellín - Europa Press

Exterior de un piso turístico en el centro de Madrid tras el anuncio del ministerio de Consumo de bloquear casi 66.000 anuncios ilegales, a 19 de mayo de 2025, en Madrid (España) Jesús Hellín - Europa Press

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Escrutado: 99.90% Votantes: 4.218.032 Participación: 64.85%

Votos

Partido Escaños Votos Porcentaje
PP 53 -5 1.735.819 41.60%
PSOE-A 28 -2 947.713 22.71%
VOX 15 +1 576.635 13.82%
ADELANTE ANDALUCÍA 8 +6 401.732 9.62%
PorA 5 = 263.615 6.31%
SALF 0 = 105.761 2.53%
PACMA 0 = 25.056 0.60%
100x100 0 = 14.753 0.35%
ANDALUCISTAS-PA 0 = 12.319 0.29%
ESCAÑOS EN BLANCO 0 = 9.281 0.22%
JM+ 0 = 7.961 0.19%
PCPA 0 = 5.849 0.14%
FE de las JONS 0 = 4.962 0.11%
MUNDO+JUSTO 0 = 4.696 0.11%
PARTIDO AUTÓNOMOS 0 = 3.693 0.08%
NA 0 = 3.012 0.07%
HE> 0 = 2.134 0.05%
PCTE 0 = 1.777 0.04%
PODER ANDALUZ 0 = 1.076 0.02%
29 0 = 741 0.01%
ALM 0 = 646 0.01%
ANDALUSÍ 0 = 532 0.01%
IZAR 0 = 502 0.01%
JUFUDI 0 = 396 0.01%
IPAL 0 = 360 0.01%
CONECTA 0 = 329 0.01%
SOCIEDAD UNIDA 0 = 237 0.01%

Escaños (109)

Mayoría: 55
PP 53 escaños
PSOE-A 28 escaños
VOX 15 escaños
ADELANTE ANDALUCÍA 8 escaños
PorA 5 escaños

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El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto el registro único de arrendamientos de corta duración previsto en el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, al concluir que la Administración General del Estado no dispone de cobertura competencial para imponer una regulación completa de un registro de ámbito nacional que “se superpone a los registros autonómicos existentes con respecto a la inscripción de inmuebles destinados a arrendamientos turísticos”.

El alto tribunal estima de forma parcial el recurso presentado por la Generalitat Valenciana y limita la nulidad exclusivamente a los artículos mediante los que se configuraba y ponía en marcha dicho registro estatal.

En cambio, mantiene la validez de las normas relativas a la ventanilla única digital de arrendamientos, así como las obligaciones de remisión de información por parte de las plataformas en línea y el flujo de datos con fines estadísticos.

En su resolución, el Supremo examina y descarta diversos títulos competenciales invocados por el Estado: la legislación civil y la ordenación de los registros e instrumentos públicos (artículo 149.1.18 CE), las condiciones básicas que aseguren la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales (artículo 149.1.1 CE), las bases y la coordinación de la planificación general de la actividad económica (artículo 149.1.13 CE) y las estadísticas para fines estatales (artículo 149.1.31 CE).

El instrumento anulado había entrado en vigor el 2 de enero de 2025, aunque su exigencia efectiva no comenzó hasta el 1 de julio del mismo año, una vez concluido el periodo transitorio previsto para que empresas y administraciones públicas pudieran adaptarse a las obligaciones fijadas en la norma.

((HABRÁ AMPLIACIÓN))