El aplazamiento no retrasa la pasarela al RETA: podrá enviarse al Senado la próxima semana

El Congreso mantiene en el orden del día del próximo Pleno el debate y votación de la iniciativa, a expensas de la Comisión del martes 26 de mayo

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Mutualistas por el Futuro se constituye formalmente como asociación para defender derechos de los mutualistas. H.BILBAO/EUROPA PRESS

Mutualistas por el Futuro se constituye formalmente como asociación para defender derechos de los mutualistas. H.BILBAO/EUROPA PRESS

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Los tiempos no cambian para la pasarela al RETA. Pese al aplazamiento de su votación en la Comisión de Trabajo, la reforma para garantizar a los mutualistas alternativos un traspaso de sus aportaciones a la Seguridad Social podrá enviarse al Senado la próxima semana. Para ello, claro está, antes deberá superar sus votaciones en Comisión.

Según recoge el orden del día del Pleno de la próxima semana, al que ha tenido acceso Demócrata, la iniciativa se mantiene entre sus puntos de debate el jueves, a la espera de su discusión en Comisión.

La iniciativa debía haberse votado este miércoles en Comisión, pero el PSOE y Sumar decidieron suspender la sesión para tratar de frenar varias de las enmiendas registradas por PP y Junts, algunas de ellas intrusas, y otras por suponer un aumento del gasto presupuestario.

Los grupos del Gobierno pretendían hacer valer la potestad de veto que recoge la Constitución en su artículo 134.6, que permite al Gobierno excluir de la tramitación toda iniciativa que implique un mayor gasto o menores ingresos en el presupuesto.

Sin embargo, las enmiendas no se registraron hasta poco antes de comenzar la Comisión. El PSOE alegó que el Gobierno debía contar con tiempo suficiente para pronunciarse y estimar de forma adecuada el gasto que podían implicar las enmiendas susceptibles de veto.

Como última opción, la presidenta de la Comisión, la diputada de En Comú Aina Vidal (Sumar), ofreció a los grupos que la Mesa -donde PSOE y Sumar tienen mayoría de 3 a 2- se pronunciara sobre las enmiendas y pudiera no admitir a trámite aquellas susceptibles de veto. Los grupos rechazaron la propuesta y, ante la negativa, procedió a aplazar la Comisión hasta el martes a las 12 horas.

¿Qué enmiendas quiere frenar el Gobierno?

Por un lado, aquellas ajenas al contenido de la norma. Es el caso, por ejemplo de unas ayudas a afectados de talidamida, registradas por el PP.

Junts también presentó una batería de propuestas de carácter tributario, en materia de deducciones a las inversiones en I+D+i o eximir a las empresas de tener que declarar el IVA de facturas impagadas.

Por otro lado, el PSOE quiere vetar las enmiendas del PP que amplía el alcance de la pasarela. Y es que los ‘populares’ proponen que el acceso a la pasarela pueda hacerse aun no contando con el período mínimo de cotización para acceder a una pensión y que el cómputo 1 a 1 para el cálculo de la pensión previsto para mutualistas de mayor edad se aplique a todo aquel que haya iniciado su actividad antes de noviembre de 1995.

Esta cláusula está reservada, tras los cambios de ponencia, a los autónomos que tuvieran 55 años en 2025, a fin de facilitar el reconocimiento de una pensión pública. El PP esgrime que debe extenderse a todo mutualista que se diera de alta en los tiempos en los que el alta en la mutualidad era obligada, y que no quede a expensas de su edad.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

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¿En qué estado parlamentario se encuentra actualmente la reforma de la pasarela al RETA y cuáles son los próximos pasos para su aprobación definitiva?

Situación parlamentaria actual de la reforma de la pasarela al RETA

Actualmente, no existe ninguna iniciativa parlamentaria en tramitación en las Cortes Generales que aborde la reforma de la denominada “pasarela al RETA”, es decir, el mecanismo que permitiría a los funcionarios de carrera pasar del Régimen General de Clases Pasivas o de la Seguridad Social al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Por tanto, no hay un proyecto de ley, proposición de ley ni otra vía normativa activa sobre esta materia en el Congreso ni en el Senado.

Detalles sobre la ausencia de tramitación

Según la información parlamentaria consultada, no se ha registrado ninguna iniciativa específica relacionada con la reforma de la pasarela al RETA en la actual legislatura. Esto implica que no hay un texto en fase de ponencia, comisión, enmiendas ni ningún otro trámite parlamentario relevante en este momento.

Próximos pasos procedimentales (en caso de iniciarse la tramitación)

Dado que no existe una iniciativa en curso, los próximos pasos dependerían de que el Gobierno o algún grupo parlamentario registrara un proyecto o proposición de ley sobre la materia. En ese caso, el procedimiento habitual sería:

  • Admisión a trámite en la cámara correspondiente (Congreso o Senado).
  • Debate de totalidad y, si procede, apertura de plazo de enmiendas.
  • Tramitación en ponencia y comisión, con debate y votación de enmiendas.
  • Debate y votación en Pleno.
  • Remisión a la otra cámara para continuar la tramitación, si corresponde.
  • Aprobación definitiva y publicación en el BOE.

En resumen, la reforma de la pasarela al RETA no está actualmente en trámite parlamentario y no hay pasos inmediatos previstos hasta que se registre una iniciativa formal al respecto.

¿Qué propuestas han presentado los partidos políticos sobre la reforma de la pasarela al RETA en anteriores legislaturas? ¿Qué colectivos de funcionarios serían los principales afectados por una posible reforma de la pasarela al RETA? ¿Existen iniciativas similares en otras comunidades autónomas o a nivel europeo sobre la movilidad entre regímenes de la Seguridad Social?

¿Qué competencias tiene la presidenta de la Comisión de Trabajo en el Congreso y cuál ha sido su trayectoria política?

Competencias de la presidenta de la Comisión de Trabajo en el Congreso y trayectoria política de Aina Vidal Sáez

La presidenta de la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso de los Diputados tiene como principales competencias la dirección de los debates, la fijación del calendario de trabajo, la ordenación de las votaciones y la representación formal de la comisión. Actualmente, este cargo lo ostenta Aina Vidal Sáez, diputada de SUMAR, con una trayectoria política marcada por su activismo sindical, su pertenencia a En Comú Podem y SUMAR, y su implicación en temas laborales y sociales.

Competencias de la presidencia de la Comisión de Trabajo

Según el Reglamento del Congreso y la práctica parlamentaria, la presidenta de una comisión permanente legislativa como la de Trabajo tiene las siguientes funciones principales:

  • Ordenar los debates: Decide el orden de intervención de los diputados, concede y retira la palabra, y vela por el cumplimiento del reglamento durante las sesiones.
  • Fijar el calendario y convocar sesiones: Establece el calendario de trabajo de la comisión, convoca las reuniones y fija el orden del día.
  • Dirigir las votaciones: Supervisa y proclama los resultados de las votaciones sobre dictámenes, enmiendas y propuestas.
  • Representación institucional: Representa a la comisión ante otros órganos del Congreso y, en ocasiones, ante entidades externas.
  • Garantizar el funcionamiento: Asegura el correcto desarrollo de los trabajos y puede adoptar medidas disciplinarias en caso de alteraciones del orden.

Estas competencias permiten a la presidenta ser una figura clave en la tramitación de iniciativas legislativas y en la supervisión de la acción del Gobierno en materia de trabajo, seguridad social e inclusión.

Trayectoria política de Aina Vidal Sáez

Aina Vidal Sáez, nacida en 1985 en Barcelona, es una política catalana vinculada desde joven al sindicalismo y al activismo social. Militante de Joves d'Esquerra Verda y Comisiones Obreras desde mediados de los 2000, fue elegida diputada por En Comú Podem en 2015 y ha renovado su escaño en sucesivas legislaturas. En 2023 fue designada candidata de SUMAR por Barcelona tras la renuncia de Jaume Asens.

En la XV Legislatura, Aina Vidal ostenta los siguientes cargos parlamentarios destacados:

  • Presidenta de la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones desde el 4 de diciembre de 2023.
  • Portavoz en la misma comisión y en la Comisión de seguimiento del Pacto de Toledo.
  • Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR en la Junta de Portavoces.
  • Vocal en la Diputación Permanente y miembro adscrita a varias comisiones (Industria, Juventud, Educación).
  • Vicepresidenta Primera en la Comisión de Investigación sobre la "Operación Cataluña" y portavoz en la Comisión de Investigación sobre la contratación de material sanitario durante la pandemia.

Entre sus hitos personales y políticos destacan haber hecho público su diagnóstico de cáncer en 2020 y su posicionamiento crítico sobre la vacunación prioritaria de futbolistas en 2021. Su perfil está muy vinculado a la defensa de los derechos laborales y sociales, y a la representación de SUMAR en el Congreso.

Para más detalles sobre la trayectoria de Aina Vidal y sus cargos actuales, puedes consultar la información parlamentaria oficial.

Referencias
¿Qué iniciativas legislativas recientes ha impulsado la Comisión de Trabajo bajo la presidencia de Aina Vidal? ¿Cómo se elige a la presidenta de una comisión en el Congreso y cuál es el procedimiento habitual? ¿Qué otros diputados han presidido la Comisión de Trabajo en legislaturas anteriores y cuál ha sido su impacto?

¿Qué requisitos legales debe cumplir el Gobierno para ejercer el veto presupuestario sobre enmiendas parlamentarias según la Constitución española?

El Gobierno de España puede ejercer el veto presupuestario sobre enmiendas parlamentarias cuando estas impliquen aumento de créditos o disminución de ingresos en los Presupuestos, según el artículo 134.6 de la Constitución Española. Este veto debe estar motivado, limitarse a los efectos sobre el presupuesto vigente y no es completamente discrecional, ya que está sujeto a control parlamentario y jurisdiccional. El Tribunal Constitucional ha interpretado que el Gobierno debe justificar la afectación presupuestaria concreta y que el veto no puede usarse de forma arbitraria.

Requisitos legales para el veto presupuestario del Gobierno

Fundamento constitucional y reglamentario
El artículo 134.6 de la Constitución Española establece que el Gobierno puede oponerse a la tramitación de proposiciones o enmiendas que supongan aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios. El Reglamento del Congreso desarrolla este precepto, exigiendo que el Gobierno motive su oposición y la limite a los efectos sobre el presupuesto en vigor.
Alcance del veto: aumento de créditos o disminución de ingresos
El veto solo puede ejercerse sobre enmiendas o proposiciones que impliquen un aumento de gasto o una reducción de ingresos respecto al presupuesto aprobado. No puede aplicarse a iniciativas que no tengan impacto presupuestario directo o que afecten a ejercicios futuros sin repercusión en el presupuesto vigente.
Necesidad de motivación y momento procesal
El Gobierno debe motivar su veto, explicando de forma concreta cómo la enmienda afecta al presupuesto en vigor. El veto debe ejercerse durante la tramitación parlamentaria, antes de la aprobación definitiva de la norma o enmienda.
Ámbito temporal: presupuesto vigente
El veto solo puede fundamentarse en la afectación al presupuesto vigente, no a futuros presupuestos. Así lo ha señalado el Tribunal Constitucional, que exige una justificación específica sobre el ejercicio presupuestario en curso.
Control parlamentario y jurisdiccional
El veto no es discrecional: el Congreso puede requerir al Gobierno que acredite la afectación presupuestaria y, en caso de conflicto, el Tribunal Constitucional puede revisar la motivación y alcance del veto. El Tribunal Constitucional ha declarado nulos vetos ejercidos sin motivación suficiente o por razones ajenas al presupuesto vigente.
Interpretación del Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional ha reiterado que el veto presupuestario es una prerrogativa del Gobierno, pero debe ejercerse de forma motivada y limitada al presupuesto en vigor. El control parlamentario y jurisdiccional garantiza que el Gobierno no abuse de esta facultad para bloquear iniciativas por razones políticas ajenas al equilibrio presupuestario. No se dispone de más información en las fuentes consultadas. ¿Cómo ha evolucionado la interpretación del Tribunal Constitucional sobre el veto presupuestario en los últimos años? ¿Qué diferencias existen entre el veto presupuestario del Gobierno y el veto político? ¿En qué casos recientes el Gobierno ha ejercido el veto presupuestario y cuál fue la reacción del Congreso?

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¿Qué reforma se debate en la Comisión de Trabajo según la noticia?

Pregunta 1 de 3

¿Qué artículos de la Constitución invoca el Gobierno para poder vetar enmiendas que supongan mayor gasto?

Pregunta 2 de 3

¿Qué grupo parlamentario propuso extender el acceso a la pasarela a mutualistas sin el período mínimo de cotización?

Pregunta 3 de 3

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