El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que un rayo que golpee un avión se considera una circunstancia extraordinaria, liberando a las compañías aéreas de la obligación de indemnizar a los pasajeros por cancelaciones o demoras si, como resultado, es necesario inmovilizar el avión para llevar a cabo inspecciones técnicas esenciales para la seguridad en futuras operaciones.
La decisión proviene de un caso de Austrian Airlines, cuyo avión fue impactado por un rayo justo antes de aterrizar en Rumanía. Debido a las obligatorias inspecciones de seguridad, el avión no pudo continuar con su vuelo programado a Viena, Austria, posteriormente.
Un afectado por este retraso, que llegó a su destino final en Viena siete horas tarde con un vuelo alternativo, contrató a AirHelp para demandar a Austrian Airlines por una compensación de 400 euros en los tribunales austriacos.
No obstante, la aerolínea argumenta que el impacto del rayo y las inspecciones subsiguientes constituyen una circunstancia extraordinaria y que tomó “todas las medidas razonables para subsanar el retraso”, no siendo por tanto requerida a compensar.
El TJUE confirmó que se trata de una circunstancia extraordinaria, ya que el reglamento europeo clasifica así a las condiciones meteorológicas que impiden la realización del vuelo, incluyendo el riesgo de impacto por rayo.
Además, el impacto y las revisiones de seguridad “no están intrínsecamente vinculados al sistema de funcionamiento” de la aerolínea, y “escapan a su control efectivo”. El Tribunal subraya que esta conclusión ayuda a proteger a los pasajeros, previniendo que las aerolíneas prioricen la puntualidad sobre la seguridad.
Para estar exenta de compensar, la compañía debe demostrar que implementó todas las medidas necesarias para manejar la circunstancia extraordinaria y sus efectos.