El Tribunal Supremo, a través de su Sala de lo Civil, ha resuelto que las autopistas no tienen derecho a exigir el pago completo de los peajes a los conductores cuando las carreteras presenten obras que afecten el servicio. Esta decisión proviene de una sentencia que favorece a los perjudicados por las intervenciones en la AP-9, obligando a la empresa concesionaria, Autopistas del Atlántico (Audasa), a reembolsar los peajes cobrados durante las afectaciones.
La resolución del Supremo respalda la decisión inicial del juzgado de primera instancia, que fue anulada por la Audiencia Provincial de Pontevedra. Tras ello, el Ministerio Fiscal, apoyado por los usuarios agrupados en En-Colectivo y representados por el bufete BGI LAW, presentó un recurso de casación.
En su fallo, el Supremo exige a Audasa que «cese en la práctica abusiva consistente en cobrar los peajes de manera íntegra a los usuarios de la autopista en los casos en que en la misma se produzcan incidencias (…), siempre que a dichos usuarios no se les haya facilitado información sobre el estado de la vía con la antelación suficiente como para que pudiesen optar, en condiciones de seguridad, por no incorporarse a la autopista o por abandonarla antes de llegar al tramo afectado». Además, ordena la devolución del dinero cobrado por peajes, añadiendo los intereses legales desde el momento de cada pago.
Desde BGI LAW recalcan que esta sentencia sienta un precedente, advirtiendo que en adelante, cualquier infraestructura que ejecute obras mientras continúa operativa deberá considerar que no puede cobrar el peaje completo si el servicio está comprometido por las obras.
















