La justicia madrileña, a través del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), ha emitido un fallo que respalda la declaración de incapacidad permanente total para una empleada de hogar de 67 años, que sufre de artrosis en ambas manos además de desgaste cervical y lumbar.
El TSJM ha rechazado el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social, los cuales argumentaban que las dolencias de la trabajadora no le impedían desempeñar sus funciones de manera normal.
Representada legalmente por el Bufete Jiménez Bidón, la empleada solicitó al INSS el reconocimiento de su incapacidad laboral en 2023, petición que fue inicialmente denegada en febrero de ese año. El INSS argumentó que las lesiones no eran lo suficientemente graves como para constituir una incapacidad permanente.
El informe del Equipo de Valoración de Incapacidades reveló que la trabajadora padece de varias patologías “crónicas y degenerativas”, incluyendo artrosis en ambas manos, rizartrosis derecha, espondialoatrosis cervical y lumbar, y fibromialgia. Su médico de cabecera determinó que, dada la severidad de la artrosis en grado III, ella no podía realizar su trabajo, que requiere esfuerzo físico constante de manos y pies.
Tras la negativa inicial del INSS, un Juzgado de lo Social de Madrid dictaminó a favor de la trabajadora el 25 de septiembre de 2024. Esta decisión fue apelada por el INSS, pero el TSJM mantuvo el fallo, argumentando que debe evaluarse de manera objetiva si las patologías limitan significativamente la capacidad laboral del individuo.
Además, se debe considerar si dichas lesiones son permanentes e incurables tras un tratamiento médico exhaustivo y sin éxito. El TSJM, basándose en varios informes médicos y periciales, concluyó que las afecciones de la trabajadora, particularmente en las manos, le impiden realizar las tareas esenciales de su empleo sin riesgo de sufrimiento adicional.
Por lo tanto, el TSJM ha confirmado la incapacidad permanente total de la empleada doméstica, otorgándole derecho a una pensión del 75% de su base reguladora desde el 8 de febrero de 2023.