Semana clave para la reforma de la ley del solo sí es sí propuesta por el PSOE. El lunes se celebró la ponencia de la comisión de Justicia y, este martes, se reúne para emitir el dictamen definitivo que debatirá y votará el pleno del Congreso el próximo jueves. Pese a que el Grupo Socialista aseguró que no entraba en sus planes negociar con el Partido Popular puesto que esperaba que el bloque progresista se plegara a su Proposición de ley, finalmente, sí que ha habido conversaciones. Unos contactos que han cristalizado en dos enmiendas que el PSOE ha aceptado y otras tres transaccionadas.
Las dos enmiendas del PP que ha aceptado el PSOE son la 57 y la 64. La primera está relacionada con la responsabilidad de personas jurídicas y, la segunda, con la difusión por parte de menores de contenidos relacionados con agresiones sexuales.
El Partido Popular explica que la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, en su disposición final cuarta, número 4, modificó los apartados 1 y 4 del artículo 173 del Código Penal. En relación con el apartado 1, introdujo la responsabilidad de la persona jurídica, en los términos establecidos en el artículo 31 bis, en los casos de trato degradante, acoso laboral o acoso inmobiliario. Sin embargo, la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso, apenas tres meses después despenalizó, previsiblemente por error, la responsabilidad de la persona jurídica por infligir a otra persona un trato degradante. “El desplazamiento de los tres párrafos anteriores determina que quedase sin cobertura típica el delito de trato degradante en relación con la citada responsabilidad de las personas jurídicas”, razonan.
En este sentido, una de las enmiendas modifica el artículo 173 del Código Penal para solventar este hecho sobrevenido por la reforma de la sedición y elevar las penas hasta los límites preexistentes.
Por otro lado, el PP alega que al haberse omitido la referencia al capítulo II, que sustituye al II bis (suprimido por la Disposición final cuarta, 9º de la LO 10/2022, que dice “se suprime el capítulo II bis del título VIII del libro II”), se produce otra destipificación por error, en este caso de la reforma introducida por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
“Debe recuperarse con urgencia”, aseveran. Así, la segunda de las enmiendas transaccionadas pretende corregir la destipificación de la distribución o difusión pública a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información o de la comunicación de contenidos específicamente destinados a promover, fomentar o incitar a la comisión de los delitos de agresiones sexuales cuando se trate de menores de dieciséis años.
Correcciones técnicas
Además de aceptar dos enmiendas, el PSOE ha transaccionado otras tres del PP (la 56, la 58 y la 62). Con la última, la 62, se sustituye la palabra “circunstancias” por “modalidades” para referirse a los supuestos en los que puede producirse una agresión sexual y no se puedan producir errores con las circunstancias agravantes del apartado 5.
En la enmienda 58, los populares eliminan “a los efectos del apartado anterior” del artículo 178.2 del Código Penal para evitar que pueda asociarse con el precepto citado con la pena del artículo 178.1. El objetivo es evitar distintas interpretaciones que pudieran darse sobre la atribución de penas, con una horquilla de 1 a 4 años en el párrafo primero, y de 1 a 5 en el tercero.
En cuanto a la enmienda 56, el PP propone una adición del parágrafo IV de la Exposición de motivos para adecuarla a las enmiendas incorporadas.
«El consentimiento no se toca ni una coma»
Andrea Fernández (PSOE)
El PSOE justifica que se trata de una modificación “que es puramente semántica y aclaratoria”, y que “en ningún caso subvierte la definición del consentimiento”.
La diputada y secretaria de Igualdad del PSOE, Andrea Fernández, afirmado que la prioridad de su grupo es “que el texto sea lo mejor posible” y, en consecuencia, las enmiendas “son de carácter técnico”. Ha garantizado que “el consentimiento no se toca ni en una coma”, por lo que “no hay ningún cambio sustancial con respecto a la propuesta del PSOE”.
Por último, ha enmarcado las negociaciones con el Grupo Popular en la más absoluta “normalidad”: “Siempre aspiramos a tener el mejor texto posible. Eso hemos hecho, trabajar en términos parlamentarios con total normalidad”.