La Consejería de Pesca ha introducido cambios en la orden que fija las vedas, las tallas mínimas y las condiciones de recogida de marisco y otras especies de interés comercial para la temporada 2026-2027.
La modificación de la normativa, difundida este martes en el Boletín Oficial de Cantabria y que comenzará a aplicarse este miércoles, 20 de mayo, incorpora dos ajustes esenciales, según ha señalado el Gobierno de Cantabria en una nota.
Declaración diaria de capturas de percebe
En primer lugar, se añade un nuevo artículo 15 bis sobre la declaración de capturas de percebe, que fija la obligación de que los mariscadores inscritos en el censo de esta especie comuniquen a diario sus capturas a la Administración autonómica.
Esta comunicación se deberá efectuar por vía telemática mediante la aplicación informática 'DECOSTA' y tendrá que registrarse en el momento de finalizar la faena, en el propio punto de extracción y antes de iniciar el transporte a la lonja para su pesaje.
Igualmente, se refuerza el control sobre el transporte de las capturas al exigir un documento oficial que ampare su traslado, “garantizando así una mayor trazabilidad desde el origen hasta la primera venta”.
La cigala se suma al listado de crustáceos regulados
En segundo término, la orden revisa el Anexo I de la normativa anterior --aprobada en diciembre de 2025--, en el que figura el cuadro de vedas y tallas mínimas de las especies marinas autorizadas.
Entre las novedades, sobresale la incorporación explícita de la cigala (Nephrops norvegicus), que pasa a integrarse en el listado de crustáceos regulados. Para esta especie se determina que no tendrá periodo de veda y se fijan tallas mínimas de captura, tanto por longitud de caparazón como por longitud total (20mm de longitud de caparazón y 70mm de longitud total).
Con esta revisión se completa el catálogo de especies sujetas a regulación, junto a los restantes moluscos, crustáceos y equinodermos ya incluidos.
El anexo actualizado mantiene asimismo la regulación pormenorizada de cada especie, con los periodos de veda concretos, las tallas mínimas y las condiciones de captura, además de la prohibición de retener hembras ovadas en el caso de los crustáceos.
Se ratifica también la aplicación de los criterios técnicos fijados en la normativa europea para la medición de las especies y la protección de los ejemplares juveniles.
Con este ajuste normativo, la Consejería pretende “reforzar la sostenibilidad de los recursos marinos y mejorar los mecanismos de control de la actividad extractiva”.
De este modo, se intensifica el control efectivo de las vedas, de las zonas de captura y de las cantidades extraídas, al tiempo que se avanza en la digitalización del sector y en un mejor seguimiento de la actividad marisquera.
Según el Gobierno, la revisión de la orden responde “a la necesidad de adaptar la regulación a la evolución de los recursos marinos y a las demandas del sector, consolidando un modelo de gestión basado en la sostenibilidad, la trazabilidad y la explotación responsable”.