Deslumbrados por la novedad y la importancia de la aprobación de la llamada Ley de Inteligencia Artificial, han pasado casi desapercibidos otros importantes avances de la UE en el compromiso con la sostenibilidad y los derechos humanos.
El pasado 19 de marzo, tras el arduo proceso de consenso entre los Estados miembros alcanzado apenas cuatro días antes, el Parlamento Europeo ha dado el visto bueno definitivo a la Directiva sobre la Diligencia Debida para la Sostenibilidad Corporativa (Corporate Sustainability Due Diligence Directive, CSDDD). Los sucesivos aplazamientos de su aprobación merecieron la crítica acerva de la sociedad civil.
El 19 de marzo, el Parlamento Europeo ha dado el visto bueno definitivo a la Directiva sobre la Diligencia Debida para la Sostenibilidad Corporativa (CSDDD)
No obstante, la incertidumbre sobre el buen fin de la Directiva se vio aliviada con la adopción del Reglamento que prohíbe los productos fabricados con trabajo forzoso, una grave violación de la dignidad humana y de los derechos humanos fundamentales. Ambas normas fortalecen los esfuerzos de la UE en pro de la sostenibilidad y el respeto a los derechos humanos y complementan la Directiva contra la la trata de personas.
Lucha contra trabajos forzosos
El uso del trabajo forzoso está muy extendido en el mundo. En 2021 se estimó que alrededor de 27,6 millones de personas se encontraban sometidas a esta lacra. Las mujeres, los niños, las minorías étnicas, las personas con discapacidad, las personas con menos recursos económicos, los pueblos indígenas, los emigrantes indocumentados, tienen una situación precaria, trabajan en la economía informal y están sometidos a presiones para realizar trabajos forzosos.
Vinculado a la pobreza y la discriminación, el trabajo forzoso es consecuencia de la ausencia de buena gobernanza, el abuso de su posición dominante de ciertos operadores económicos y una demostración de la incapacidad del Estado para hacer cumplir los derechos sociales y laborales, particularmente de los grupos vulnerables y marginados.
La Organización Internacional del Trabajo ( OIT) ha desarrollado varios indicadores para identificar estas situaciones: amenazas y daños físicos, agresiones sexuales, horas extras excesivas, engaño, restricción de movimientos o confinamiento en el lugar de trabajo o en un área limitada, aislamiento, servidumbre por deudas, retención o reducción excesiva del salario, privación de pasaportes y documentos de identidad o amenaza de denuncia ante las autoridades del trabajador en situación irregular, entre otros.
