Bruselas da dos meses a España antes de llevarla al TJUE por no aplicar las normas antiblanqueo sobre criptoactivos

La Comisión Europea da dos meses a España para aplicar la directiva antiblanqueo sobre criptoactivos antes de llevar el caso al TJUE.

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La bandera de España y de la Unión Europea ondean en la Sede de la SEPI, a 7 de febrero de 2025, en Madrid (España).  Eduardo Parra - Europa Press

La bandera de España y de la Unión Europea ondean en la Sede de la SEPI, a 7 de febrero de 2025, en Madrid (España). Eduardo Parra - Europa Press

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La Comisión Europea ha lanzado un ultimátum de dos meses a España para que incorpore a su legislación una normativa comunitaria contra el blanqueo de capitales que exige identificar a los emisores y destinatarios de criptoactivos y prevé sanciones para las personas y empresas que incumplan estas obligaciones, advirtiendo de que, si no se aprueban estos cambios en plazo, llevará el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).

En un dictamen motivado, el Ejecutivo comunitario ha señalado que España, al igual que Polonia, no ha trasladado todavía a su ordenamiento interno las modificaciones de la Cuarta Directiva antiblanqueo, aprobada en 2015 para reforzar la trazabilidad de los flujos financieros, ni ha comunicado las sanciones administrativas que deben imponerse en caso de vulneración.

Según ha explicado la Comisión, esta normativa pretende acabar con el anonimato en el entorno digital obligando a que cualquier envío de fondos, tanto en euros como en criptomonedas, lleve “nombre y apellidos” de quien envía el dinero y de quien lo recibe. Con este seguimiento, la UE busca blindar el sistema financiero frente al blanqueo de capitales y rastrear el dinero que pueda servir para financiar el terrorismo.

La nueva regulación viene a cerrar los vacíos legales de la anterior directiva para someter las criptomonedas a los mismos controles que el resto del sistema financiero, exigiendo información detallada en cada operación que hasta ahora quedaba fuera del alcance de las autoridades.

En este contexto, Bruselas ha indicado que “ninguno de los dos Estados miembro” ha notificado la transposición de las modificaciones introducidas en la Cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales ni ha completado la aplicación del Reglamento sobre sanciones administrativas y otras medidas antes del 30 de diciembre de 2024, como estaba previsto.

“Su inaplicación entraña riesgos jurídicos, financieros y operativos para las entidades y las personas y, en particular, para todos los proveedores de servicios de criptoactivos que operan en la UE”, señala la Comisión en un comunicado de prensa.

Tras este aviso formal, el Ejecutivo comunitario ha recordado tanto a España como a Polonia que disponen de un plazo de dos meses para contestar y adoptar las medidas pertinentes. Si no lo hacen, la Comisión podría decidir remitir ambos expedientes al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.