Nor zen María Caamaño: Espainiako selekzioak Cibelesen omendutako neska.

Salmantina, apirilean 13 urte zituela Ewing sarcoma baten aurka borrokatu ondoren hil zen, Eurokopa 2024tik hainbat nazionalekin harreman estua izan zuen eta La Rojako jantzigunean oso presente jarraitzen du.

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maria caamaño

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Espainiako selekzioaren Cibeles plazan Espainiako selekzioaren ospakizuna ez zuen munduko irabazleetako inor protagonista izan. María Caamañoen oroitzapenak jokalariak eta zaleak hunkitu zituen La Roja-ren jantzigunean iragandako neska batek utzitako arrasto iragankorra dela eta, Eurokopako irabazlea izatearen bi urte ondoren.

Bere izena agian ez da ezaguna zale guztientzat, baina bai selekzioaren futbolarien zati handi batentzat. María Caamaño gainditzeko sinbolo bihurtu zen Ewing sarcomarekin borrokan, eta hainbat nazionalekin, bereziki Álex Baenarekin, harreman estua ezarri zuen, honek ez zuen inoiz gaixotasunaren garaian laguntzeari utzi.

Nor zen María Caamaño?

María Caamaño Múñez salamantina bat zen, 2026ko apirilaren 16an, 13 urte zituela, Ewing sarcoma baten ondorioz hil zen, 2019an, zazpi urte zituela diagnostikatu zioten hezur edo ehun bigunen tumore bat. Urte horietan, bere familiaren laguntzarekin, La Sonrisa de M4RÍA proiektua bultzatu zuen, gaixotasuna ikusarazteko eta ikerketarako dirua biltzeko.

Gaixotasunaren garaian zuen indarrak kirolaren barruan eta kanpoan oso maitatua bihurtu zuen. Futbol klubek, kirolariek eta hainbat pertsonaia publikoak salamantin neska honi babesa adierazi zioten, honek futbolarekiko zuen pasioa inoiz galdu ez zuen. Atlético de Madriden eta Espainiako selekzioan jarraitzaile zen.

Álex Baenarekin eta selekzioarekin izandako adiskidetasuna

María eta Espainiako selekzioaren arteko harremana Álex Baenari esker sortu zen. RFEFk gogoratzen du biak Guijueloren eta Villarrealen arteko Kopa partiduan ezagutu zirela, eta adiskidetasun bat hasi zela, honek txikiaren heriotzara arte iraun zuen.

Adiskidetasun horrek María 2024ko Eurokopako ospakizunaren protagonista handietako bat izatea ahalbidetu zuen. Baenak gonbidatuta, Cibeleseko eszenatokira Álvaro Morata kapitainarekin igo zen eta Europako irabazleekin irabazi zuen trofeoa, irudi bat herrialde osoan zabaldu zen eta Real Espainiako Futbol Federazioak hainbat aldiz berreskuratu du.

Baby Pelón

María hil ondoren, RFEF eta Espainiako selekzioak despedida bideo bat argitaratu zuten, harekin partekatutako momentu batzuk aztertzen zituzten. "Gaur zeruak izar bat gehiago gehitzen du. Oso distiratsua eta oso ederra", idatzi zuten beren kanal ofizialetan zabaldu zuten mezu batean.

Gogoan izan zuen Álex Baena Mundialean. Uruguaiko aurka talde fasean garaipen gol bat sartu ondoren, erdilaria azaldu zuen gol hori María-ri eskaini ziola, egun horretan 14 urte beteko zituen. RFEFk gainera, futbolariak beti eramaten duela neskatxaren argazki bat partidu aurretik inspirazio iturri gisa iragarri zuen.

Baina María Caamañoren oroitzapena ez da zelaiaren gaineko omenaldiak edo Espainiako selekzioaren ospakizunak mugatzen. Bere heriotzaren bi hilabete geroago, Juegaterapia Fundazioa eta Espainiako Futbol Federazioa 'Baby Pelón' solidario bat aurkeztu zuten, salamantinar neskatxaren inspirazioz, selekzioaren koloreekin jantzitako edizio berezi bat, Ewing sarcomaren aurkako borroka eta selekzioarekin izan zuen harreman estua omendu asmoz.

Ekimen hori, 2026ko ekainaren 17an aurkeztua, bildutako funts guztiak La Sonrisa de M4RÍA ikerketa bekarako bideratzen ditu, Ewing sarcomari buruzko proiektuak finantzatzeko Grupo Español de Investigación en Sarcomas (GEIS) zentratuak. Proiektu honekin, RFEFk eta Juegaterapia Fundazioak María-ren legatua bizirik mantentzea eta gaixotasun bateko ikerketaren aurrerapenari laguntzea bilatzen dute, bereziki haurrak eta nerabeak jotzen dituena.

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¿Qué trámites parlamentarios serían necesarios para que una iniciativa como la beca de investigación La Sonrisa de M4RÍA reciba financiación pública sostenida?

Para que una beca privada de investigación como la «Sonrisa de M4RÍA» reciba financiación pública sostenida en España, el cauce decisivo es siempre el presupuesto: que aparezca una partida en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) o en una norma con impacto presupuestario que el Gobierno deba reflejar en los PGE. El Parlamento puede impulsar esa financiación mediante diversas iniciativas (enmiendas a los PGE, proposiciones de ley, proposiciones no de ley), pero la ejecución y continuidad dependen del Gobierno y de las reglas constitucionales de gasto.

Principales vías de financiación pública

En la práctica, para una beca de este tipo caben cuatro modelos de encaje:

  • Subvención nominativa en los PGE: se crea una partida específica que financia directamente esa beca o la entidad que la gestiona. Aparece identificada por nombre en el anexo de subvenciones.
  • Convocatoria competitiva: la beca se integra en un programa de ayudas a la investigación (por ejemplo, en el ámbito de salud, enfermedades raras, etc.) y compite con otros proyectos; la financiación no está “reservada” pero puede diseñarse una línea orientada al objeto de la beca.
  • Convenio o concierto con una entidad: la Administración (ministerio competente) firma un convenio de colaboración con la fundación o asociación que impulsa la beca, con financiación plurianual condicionada a resultados.
  • Integración en un programa público ya existente: el Estado asume total o parcialmente la beca dentro de un plan de investigación oficial (p. ej., Estrategia de Ciencia, Plan Nacional de Investigación Biomédica), ajustando sus bases reguladoras.

Qué iniciativas parlamentarias serían necesarias

1. Fase clave: Presupuestos Generales del Estado

La vía más directa es a través de los PGE:

  • Proyecto de Ley de PGE: lo elabora el Gobierno (Ministerio de Hacienda) y lo remite al Congreso. Aquí se concreta qué se financia cada año.
  • Enmiendas parlamentarias: los grupos pueden presentar enmiendas al articulado y a las secciones presupuestarias para:
    • Crear una subvención nominativa para la beca o la entidad promotora.
    • Aumentar las dotaciones de un programa de investigación, condicionándolo en la justificación política a la financiación de esa iniciativa.
  • Debate y votación: las enmiendas se tramitan en la comisión presupuestaria y en el Pleno del Congreso, y luego en el Senado, según el procedimiento general de un proyecto de ley (calificación, enmiendas, dictamen en comisión, Pleno, paso al Senado y vuelta al Congreso si hay veto o enmiendas del Senado).

Si la enmienda prospera, la beca queda financiada para ese ejercicio. Para que la financiación sea sostenida, habría que:

  • Reproducir la partida o la línea en cada ley anual de PGE, o
  • Aprobar una ley ordinaria que establezca un programa estable, obligando al Gobierno a dotarlo en los PGE, sin menoscabo de la potestad del Ejecutivo de formular el proyecto presupuestario.
2. Proposiciones de ley y leyes específicas

El Congreso o el Senado pueden promover una proposición de ley que cree un programa estatal de becas de investigación en una materia concreta (por ejemplo, una ley de apoyo a la investigación en una determinada enfermedad), dentro del cual se pueda encuadrar la beca.

  • Esta ley seguiría el trámite legislativo ordinario (admisión a trámite, enmiendas, comisión, Pleno, Senado).
  • Si implica gasto, debe respetar el artículo 134 de la Constitución: las Cortes no pueden aprobar créditos sin el visto bueno del Gobierno, que es el titular de la iniciativa en materia presupuestaria.
3. Proposiciones no de ley y otras iniciativas de impulso

Las proposiciones no de ley (PNL) en comisión o en Pleno permiten que el Congreso inste al Gobierno a:

  • Incluir una partida específica en los próximos PGE.
  • Firmar convenios con la entidad promotora.
  • Integrar la beca en planes nacionales de investigación.

Las PNL no son vinculantes, pero tienen peso político y pueden ser el primer paso para construir consenso y presionar al Ejecutivo. También pueden utilizarse:

  • Preguntas orales y escritas al Gobierno para concretar su posición.
  • Comparecencias del ministro de Ciencia o de Sanidad para debatir modelos de financiación.

Órganos que intervienen

Intervienen, al menos:

  • Gobierno: Ministerio de Hacienda (PGE), ministerio sectorial (Ciencia, Universidades, Sanidad, etc.) para diseñar la línea de apoyo y los convenios.
  • Congreso y Senado: Comisión de Presupuestos y comisión sectorial correspondiente, además de los Plenos de ambas Cámaras.
  • Órganos de control: Tribunal de Cuentas y, en su caso, órganos de control interno (Intervención General) para verificar legalidad, eficacia y justificación de la subvención.

Límites legales y de control

Existen varios condicionantes:

  • Artículo 134 CE y reserva de iniciativa presupuestaria del Gobierno: el Parlamento no puede obligar al Ejecutivo a gastar más sin su conformidad expresa.
  • Principio de anualidad presupuestaria: la financiación se aprueba año a año; la “sostenibilidad” se garantiza de facto mediante la reiteración de partidas o la consolidación de programas, no jurídicamente blindados para siempre.
  • Régimen de subvenciones: debe respetarse la Ley General de Subvenciones (publicidad, concurrencia o justificación de la nominativa, control del destino de fondos).

En resumen, el itinerario más realista combina una PNL de impulso, el trabajo con los grupos para introducir enmiendas en los PGE y, si se quiere mayor estabilidad, una ley sectorial que dé cobertura estructural a la línea de financiación, siempre con el Gobierno como actor imprescindible.

¿Qué tipo de enmienda concreta habría que preparar para introducir una subvención nominativa para esta beca en los Presupuestos Generales del Estado? ¿Qué papel podrían jugar las comunidades autónomas y sus propios presupuestos en apoyar una beca como la Sonrisa de M4RÍA además del Estado? ¿Qué diferencias prácticas habría entre financiar la beca mediante una subvención nominativa directa o integrarla en una convocatoria competitiva de investigación?

¿Cuáles son las competencias y funciones de la Real Federación Española de Fútbol en materia de responsabilidad social y apoyo a causas solidarias?

La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) no es solo el órgano que organiza las competiciones oficiales de fútbol en España, sino que también asume un conjunto de competencias en materia de responsabilidad social, integridad y apoyo a causas solidarias. Estas funciones se articulan a través de sus estatutos, de su área de responsabilidad social y de convenios y programas específicos con administraciones públicas y entidades sociales. En la práctica, se concretan en proyectos de inclusión, protección de menores, igualdad, lucha contra la discriminación y apoyo económico o logístico a iniciativas solidarias vinculadas al deporte.

Marco general de competencias en responsabilidad social

La RFEF actúa como entidad de derecho privado, pero con funciones de carácter público delegadas por el Estado, especialmente a través del Consejo Superior de Deportes. En este contexto, asume obligaciones relacionadas con:

  • Promoción de valores asociados al deporte: juego limpio, respeto, tolerancia y rechazo a la violencia y a la discriminación.
  • Protección de colectivos vulnerables en el ámbito del fútbol, especialmente menores y personas con discapacidad.
  • Contribución al interés general mediante programas que utilizan el fútbol como herramienta educativa, de integración social y de salud.

Estas competencias se reflejan en los estatutos federativos y en los códigos internos de conducta, que obligan tanto a la propia organización como a clubes, árbitros y demás estamentos federativos.

Estructuras internas y planificación de la RSE

La responsabilidad social suele canalizarse a través de una unidad o departamento específico (a veces apoyado por una fundación vinculada a la RFEF), que tiene entre sus funciones:

  • Diseñar la estrategia de RSE de la federación, fijando prioridades (infancia, igualdad, inclusión, sostenibilidad, etc.).
  • Coordinar proyectos con territoriales autonómicas, clubes amateurs y profesionales, para extender las iniciativas solidarias a todo el país.
  • Supervisar códigos éticos y protocolos de conducta relacionados con integridad, acoso, violencia de género, racismo y apuestas ilegales.
  • Medir el impacto social de los programas y elaborar memorias o informes de responsabilidad social.

Esta estructura permite que las acciones solidarias no sean puntuales, sino que formen parte de una política continua y planificada.

Apoyo a causas solidarias y proyectos sociales

En materia de apoyo a causas solidarias, la RFEF desempeña principalmente funciones de impulso, coordinación y visibilización:

  • Colaboración con ONG y entidades sociales: la federación participa o apoya campañas con organizaciones dedicadas a la infancia, la cooperación internacional, la discapacidad o la lucha contra enfermedades, aportando visibilidad, recursos logísticos y, en algunos casos, financiación.
  • Partidos y eventos solidarios: organización o respaldo de partidos benéficos, torneos o actos en los que la recaudación se destina a fines sociales o humanitarios.
  • Programas de inclusión social: proyectos que utilizan el fútbol como herramienta para la integración de menores en riesgo de exclusión, personas migrantes o colectivos en situación de vulnerabilidad.
  • Apoyo en situaciones de emergencia: campañas puntuales frente a catástrofes naturales, crisis humanitarias u otras emergencias donde la federación moviliza a selecciones, clubes y aficionados para recaudar fondos o material.

Igualdad, diversidad y lucha contra la discriminación

Una parte central de las funciones de responsabilidad social de la RFEF es la promoción de la igualdad y la no discriminación:

  • Impulso del fútbol femenino, con apoyo específico a las selecciones femeninas, competiciones oficiales y profesionalización progresiva del fútbol de mujeres.
  • Protocolos contra el racismo y la xenofobia en los estadios, en coordinación con LaLiga, clubes y autoridades, incluyendo campañas de sensibilización y posibles sanciones deportivas.
  • Medidas frente a la LGTBIfobia, el acoso y la violencia, tanto en el terreno de juego como en gradas y redes sociales, a través de campañas y códigos de conducta.

Estas políticas tienen una doble dimensión: preventiva (educación, sensibilización) y reactiva (procedimientos disciplinarios y sancionadores cuando se vulneran las normas).

Integridad, buen gobierno y transparencia

Aunque no siempre se presenta como “solidaridad”, la integridad institucional forma parte de la responsabilidad social de la RFEF. Entre sus funciones destacan:

  • Desarrollar códigos de buen gobierno, transparencia y control interno, especialmente relevantes por las funciones públicas que gestiona.
  • Programas de integridad para jugadores, árbitros y dirigentes relacionados con la lucha contra amaños, apuestas ilegales y corrupción deportiva.
  • Cooperación con el Consejo Superior de Deportes y otras administraciones en materia de cumplimiento normativo y ética en el deporte.

Estas herramientas buscan garantizar que los recursos que genera el fútbol se gestionen de manera responsable y sean percibidos como legítimos por la sociedad.

Relación con las administraciones públicas

Por último, la RFEF colabora con el Estado, comunidades autónomas y entidades locales en políticas públicas deportivas con componente social. Esto incluye participación en planes nacionales de deporte escolar, programas de salud y actividad física, proyectos de cohesión social y campañas institucionales que utilizan las selecciones y competiciones como plataforma de comunicación.

En conjunto, las competencias de la RFEF en responsabilidad social y apoyo a causas solidarias combinan regulación interna, proyectos concretos sobre el terreno y un papel de altavoz social, aprovechando la enorme visibilidad del fútbol para promover valores y apoyar iniciativas de interés general.

¿Qué programas concretos de inclusión social desarrolla actualmente la RFEF con menores en riesgo de exclusión? ¿Cómo se coordinan las actuaciones de responsabilidad social de la RFEF con las federaciones territoriales y los clubes profesionales? ¿Qué mecanismos de control y evaluación tiene la RFEF para garantizar la transparencia y el impacto real de sus proyectos solidarios?

¿Qué requisitos legales deben cumplir las fundaciones como Juegaterapia para poner en marcha campañas solidarias y destinar fondos a la investigación médica en España?

Para una fundación privada como Juegaterapia que opera en toda España, los requisitos legales para lanzar campañas solidarias y destinar fondos a la investigación médica se apoyan en tres grandes bloques: normativa de fundaciones y fiscalidad, reglas de captación de fondos y protección de datos, y normativa específica de investigación biomédica y ensayos clínicos. El punto de partida es la Ley de Fundaciones, el régimen fiscal de la Ley 49/2002 y la normativa de contabilidad y supervisión del Protectorado. A ello se añaden las obligaciones de transparencia, protección de datos personales y el cumplimiento estricto de la Ley 14/2007 de Investigación biomédica cuando el dinero se aplica a proyectos médicos concretos.

1. Constitución y funcionamiento general de la fundación

El marco básico es la Ley 50/2002, de Fundaciones, desarrollada por el Real Decreto 1337/2005, que aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal (Reglamento de fundaciones). Esta normativa exige, entre otros puntos:

  • Fines de interés general: la investigación médica, la mejora de la salud o la atención a menores enfermos encajan como fines de interés general.
  • Dotación fundacional suficiente y estatutos que regulen órganos de gobierno, reglas de administración del patrimonio y destino de rentas e ingresos.
  • Inscripción en el Registro de Fundaciones de competencia estatal, regulado por la Orden PRE/2537/2015.
  • Control del Protectorado, incluida la revisión formal de cuentas y planes de actuación, detallada en la Orden CUD/1185/2022.

En el plano contable, las fundaciones deben aplicar las normas de adaptación del Plan General Contable a entidades sin fines lucrativos (Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, RD 1491/2011) y el Plan de Contabilidad específico aprobado por la Resolución de 26 de marzo de 2013 (Plan contable ESFL), con obligación de formular, someter a patronato, presentar y, en su caso, auditar cuentas anuales.

2. Régimen fiscal y mecenazgo

Para que las donaciones a la fundación gocen de incentivos fiscales, es clave acogerse a la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y mecenazgo (Ley 49/2002) y su Reglamento (Real Decreto 1270/2003). Ello implica, entre otras obligaciones:

  • Destinar al menos la mayor parte de las rentas e ingresos al cumplimiento de los fines fundacionales.
  • No repartir beneficios y limitar retribuciones de patronos.
  • Llevar contabilidad separada y conservar justificantes de las aportaciones para emitir certificados fiscales de donación.

3. Campañas solidarias y captación de fondos

No existe una “Ley de campañas solidarias” específica, pero la actividad de captación de fondos se somete a varias capas normativas:

  • Publicidad y comunicación: la difusión de campañas (spots, cuñas, redes sociales) debe respetar la normativa audiovisual general, como la Ley 13/2022, General de Comunicación Audiovisual, y la normativa de consumidores cuando haya contraprestaciones (merchandising solidario, sorteos, etc.).
  • Beneficios fiscales ligados a campañas: el uso de campañas de publicidad vinculadas a programas de mecenazgo está regulado en detalle por la Resolución de 25 de enero de 2018 sobre aplicación del artículo 27.3 de la Ley 49/2002 (publicidad y mecenazgo), interpretada por la Resolución de 9 de junio de 2022.
  • Protección de datos en campañas: cuando se recogen datos de donantes (formularios web, boletines, SMS), es obligatorio cumplir el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, informando claramente de la finalidad, base jurídica (consentimiento, relación contractual, interés legítimo), derechos y plazos de conservación.

4. Destino de fondos a la investigación médica

Si la fundación financia proyectos de investigación biomédica, entra en juego la Ley 14/2007, de Investigación biomédica (Ley 14/2007). No obliga a la fundación a tramitar ensayos, pero sí exige que los proyectos que financia:

  • Sean evaluados y autorizados de acuerdo con los principios de la Ley 14/2007 (respeto a la dignidad, consentimiento informado, evaluación por comités de ética de la investigación).
  • En ensayos clínicos con medicamentos, cumplan el Real Decreto 1090/2015, que regula ensayos, comités de ética y el Registro Español de Estudios Clínicos.
  • En uso de muestras biológicas humanas o biobancos, respeten el Real Decreto 1716/2011, que fija requisitos de autorización y funcionamiento de biobancos y el Registro Nacional de Biobancos.

Cuando la fundación concede subvenciones o ayudas a terceros (hospitales, grupos de investigación), suele tomar como referencia la Ley 38/2003, General de Subvenciones, aun cuando no sea estrictamente administración pública, para definir bases, criterios objetivos de concesión, publicidad y justificación de las ayudas.

5. Transparencia y rendición de cuentas

Si la fundación recibe subvenciones o convenios con el sector público, se le aplican obligaciones de transparencia reforzadas de la Ley 19/2013, de transparencia (publicidad económica, retribuciones, convenios relevantes, etc.). En todo caso, las campañas solidarias deben apoyarse en información clara sobre:

  • Destino de los fondos (porcentaje para investigación, programas concretos, centros beneficiarios).
  • Criterios de selección de proyectos de investigación financiados.
  • Resultados alcanzados, integrados en la memoria de actividades y en las cuentas anuales.

En síntesis, una fundación como Juegaterapia puede poner en marcha campañas solidarias y financiar investigación médica siempre que: esté correctamente constituida e inscrita, se someta al régimen fiscal y contable específico de las entidades sin fines lucrativos, respete la normativa de publicidad y protección de datos en la captación de fondos y exija el estricto cumplimiento de la Ley 14/2007 y del Real Decreto 1090/2015 en los proyectos médicos que apoya.

¿Qué obligaciones concretas tiene el patronato de una fundación al aprobar y supervisar proyectos de investigación biomédica que financia? ¿Cómo se certifican y comunican a los donantes las desgravaciones fiscales de sus aportaciones según la Ley 49/2002? ¿Qué requisitos adicionales se aplican si la fundación recibe fondos europeos Next Generation EU para proyectos de investigación médica?

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