Eremu funtsezkoek Hacienda-ri eskatzen diote Publizitate Kontratazioaren Legearen erreforma, kostuen igoeraren aurrean.

Edukion sektoreak eskatzen du mekanismoak aztertu ahal izateko kontratu publikoen prezioak eta ohartarazten du egungo rigiditateak arriskuan jar dezakeela zerbitzuen iraunkortasuna, hala nola mendekotasuna, garbiketa edo etxeko arreta.

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Administrazioen egunerokoaren zati handi bat sostengatzen duten zerbitzuak arazo baten aurrean daude, politika alorrera igarotzen hasi dena: share kostuak igotzen ari dira, baina zerbitzuaren bermea duten kontratu publikoek ez dute beti ritmo berean egin dezakete. Adinekoen eta menpekoen arreta, etxeko laguntza, garbiketa edo mantentzeak askotan Administrazioak ezarritako prezioekin lan egiten duten enpresetan oinarritzen dira eta orain kostuen igoerak zerbitzuen biziraupena arriskuan jartzea saihesteko arauak aldatzea eskatzen dute.

Hori da alianzAS, lan indar intentsiboak dituzten zerbitzuen hamabi erakunde enpresarialen konfederazioak, instituzioetara eramaten ari den arazoa. Sektoreak kontratazio publikoaren markoa aldatzea eskatzen du, kostuen igoerak gertatzen direnean prezioen berrikustea ahalbidetzeko, bereziki arau aldaketetatik eratorritakoak.

Sektoreak kontratazio publikoaren markoa aldatzea eskatzen du, kostuen igoerak gertatzen direnean prezioen berrikustea ahalbidetzeko

Eskaera honek herritarren egunerokoari oso hurbil dauden jarduerei eragiten die: menpekotasunaren arreta, etxeko laguntza, garbiketa, instalazioen mantentzea, elikadura kolektiboa, kirol zerbitzuak edo lanerako zentro bereziak, besteak beste. Oro har, alianzASen barnean dauden erakundeek 1,5 milioi langile baino gehiago eta %2,25eko PIB nazionalaren parte hartzen dute, konfederazioak emandako datuen arabera.

Arazoa: kostuen erritmoari jarraitzen ez dioten kontratuak

alianzASen eskaera nagusia kontratu publikoen baldintza ekonomikoak eguneratzeko mekanismoak sartzea da, enpresek lehiaketa batean parte hartzean aurreikusi ezin zituzten kostuen igoerak onartu behar dituztenean.

Gai honek lan osagaia oso pisu handia duen sektore batzuetan garrantzi berezia hartzen du. Konfederazioak emandako datuen arabera, soldata kostuak enpresa hauen kostuen artean 80% eta 90% artean daude. Aldi berean, soldata minimo interprofesionala %75 igo da 2015etik, sektoreak kontratuak berrikusteko zailtasun askoren parte handia lotzen duen Desindexazio Legea indarrean sartu zen urtean.

Patronalak ez du lan-baldintzen hobekuntza zalantzan jartzen. Bere argudioa bestea da: administrazio batek betebehar berri batzuk ezartzen baditu edo kostuen igoerak erregulazio aldaketetatik sortzen badira, mekanismo bat egon beharko litzateke efektu horiek indarrean dauden kontratu publikoetara transferitzeko.

Ekainaren batean, Diputatuen Kongresua izan zen, alianzASeko presidentea, Javier Sigüenza, konfederazioaren posizioa laburbildu zuen, defendatuz erronka ez dela lan aurrerapenak gelditzea, baizik eta mekanismoak aurkitzea, enpresen ekonomia iraunkortasunarekin eta zerbitzu publikoaren kalitatearekin bateragarriak izateko.

Arazoa ez da txikia aktibitate bolumenari dagokionez, zerbitzu kontratuen bidez kanalizatzen dena. 2024ko Kontratazioaren Araubide eta Supervision Bulegoaren Urteko Txostenean, alianzASek aipatutako, zerbitzu kontratuak lizitazioaren aurrekontu oinarriko %48a eta lehiaketa guztien %45a baino gehiago irudikatzen dute.

Peso horrek azaltzen du zergatik konfederazioak dioen kontratazio arauetan aldaketa orok ondorioak dituela, adjudikatzaile diren enpresetatik haratago doazenak.

Kongresura iritsi den eztabaida

Eskaera jada ez da striktuki enpresariala. Aurreko ekainaren 15ean, alianzASek Kongresuan Oinarrizkoaren balioa izeneko jardunaldia antolatu zuen, non Gobernuko, sindikatuko, CEOEko, enpresetako eta parlamentuko taldeetako ordezkariak parte hartu zuten.

Topaketan, CEOEko presidentea, Antonio Garamendi, lankidetza publiko-pribatu indartzeko beharra defendatu zuen eta prezioen berrikuntza mekanismoak Lege Publikoaren Kontratuetan sartzeko babesa adierazi zuen.

Jardunaldiak ondoren PP, PSOE eta Voxen ordezkariak bildu zituen. Hirugarren taldeek gizarte elkarrizketa eta negoziazio kolektiboa baloratzeko adostu zuten eta antolakuntzak parlamentuko adostasun zabaleko gune gisa aurkezten duen arloan akordioak lortzeko interesa adierazi zuten.

AlianzASek UGT-Servicios Públicos eta CCOO del Hábitat-ek Lege Publikoaren Kontratuak aldatzea eskatzen duen dokumentu bat sinatu zutela ere gogorarazten du. Antolakuntzak CEOEren babesa eta Lan Ministeritzak SMI negoziazioetan adierazitako laguntza gehitzen du.

Debatea, beraz, orain beste lurralde batean dago: nola itzuli adostasun hori lege markoaren aldaketa konkretu batean eta nor izan behar duen horren bultzatzailea.

Eskaeraren fokua bereziki Ogasun Ministerioan jarrita dago. Arrazoia da Estatuko Kontratazio Publikoaren Kontsulta Batzordea, Lege Publikoaren Kontratuen interpretazio eta aholkularitza organoa, indarrean dagoen markoa aplikatzean rol garrantzitsua betetzen duela.

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AI-k SORTUTAKO EDUKIA

¿Cuál es el proceso parlamentario necesario para modificar la Ley de Contratos del Sector Público en España?

Modificar la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) exige, en términos parlamentarios, seguir el procedimiento ordinario de reforma de una ley vigente: aprobar una nueva ley que cambie total o parcialmente el texto actual. Esa reforma puede iniciarse por el Gobierno (proyecto de ley) o por otros actores (proposición de ley) y debe ser debatida y votada en el Congreso de los Diputados y, después, en el Senado. En ambas Cámaras los grupos pueden presentar enmiendas para ajustar el contenido, y, una vez aprobado el texto por las Cortes Generales, se somete a sanción y promulgación por el Rey y a publicación en el BOE. Sólo entonces la modificación de la LCSP entra efectivamente en vigor.

Quién puede iniciar la modificación

La reforma de la LCSP es una reforma legislativa, es decir, la modificación de una ley ya en vigor para actualizarla, corregirla, ampliarla, restringirla o incluso sustituirla. Según la información disponible, esta reforma puede iniciarse de dos maneras básicas:

  • Proyecto de ley: iniciativa presentada por el Gobierno. En la práctica, las grandes reformas técnicas, como suelen ser las de contratación pública, acostumbran a llegar al Parlamento por esta vía, ya que requieren un trabajo previo de elaboración técnica y coordinación interministerial. Antes de llegar a las Cortes, el texto se discute y aprueba políticamente en el Consejo de Ministros, pero ese trámite es gubernamental, no parlamentario.
  • Proposición de ley: iniciativa que pueden presentar los grupos parlamentarios, el Senado, las Asambleas legislativas de las comunidades autónomas e, incluso en algunos supuestos, la ciudadanía mediante iniciativa popular. En este caso, la propuesta nace ya dentro o en el entorno de las Cortes Generales.

En ambos casos, el objetivo es el mismo: tramitar una nueva ley que reforme artículos concretos de la LCSP, sus disposiciones adicionales, transitorias o finales, o que incluso pueda derogar parte relevante del régimen anterior.

Tramitación en el Congreso y el papel de las comisiones

Una vez registrada la iniciativa (proyecto o proposición de ley), se abre la tramitación parlamentaria en el Congreso de los Diputados. La información disponible señala que la iniciativa se somete a debate y votación en el Congreso, con la posibilidad de que los grupos presenten enmiendas para modificar el texto original.

Buena parte del trabajo técnico se realiza en las comisiones parlamentarias, normalmente en la comisión correspondiente a la materia (en el caso de la LCSP, la competente en materia de Hacienda o Administración Pública, según la estructura vigente). Estas comisiones pueden funcionar de dos formas:

  • Comisión sin competencia legislativa plena: en este caso, la comisión debate y modifica el texto, pero la aprobación definitiva corresponde al Pleno del Congreso, donde se celebra un debate y una votación final sobre el conjunto del proyecto o proposición de ley que reforma la LCSP.
  • Comisión con competencia legislativa plena: cuando así se decide, la comisión puede tramitar, debatir y aprobar definitivamente la ley, actuando con la misma autoridad que el Pleno en ese procedimiento concreto. Esto significa que no sería necesaria una votación posterior en el Pleno, salvo que este decida recuperar la competencia (avocación). Esta figura se utiliza para agilizar determinadas reformas.

Durante estos trabajos, las enmiendas de los grupos pueden alterar la redacción de numerosos artículos de la LCSP, introducir disposiciones nuevas o suprimir regulaciones existentes.

Trámite en el Senado y aprobación definitiva

Una vez aprobado el texto por el Congreso, la reforma de la LCSP pasa al Senado. Allí se sigue también un procedimiento de debate y votación, en el que los grupos senatorial pueden presentar sus propias enmiendas. El Senado puede, en general, aprobar el texto tal como le llega, aprobarlo con modificaciones o intentar vetarlo políticamente.

Si introduce cambios, el texto regresa al Congreso para una decisión final: el Congreso puede aceptar las modificaciones del Senado o rechazarlas y mantener su propia versión. De este modo, la última palabra sobre la redacción concreta de la reforma de la LCSP corresponde siempre al Congreso de los Diputados.

Sanción, promulgación y entrada en vigor

Concluida la tramitación en ambas Cámaras y aprobada la reforma, el texto se remite al Rey para su sanción y promulgación. La sanción es el acto formal por el que el Jefe del Estado manifiesta su aprobación a la ley aprobada por las Cortes Generales, y la promulgación es la declaración oficial de su existencia y la orden de publicación.

Tras estos actos, la ley de reforma de la LCSP se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Entrará en vigor en la fecha que indique su disposición final correspondiente o, si nada se señala, a los veinte días de su publicación. A partir de ese momento, la nueva redacción de la Ley de Contratos del Sector Público pasa a ser aplicable y sustituye, en lo modificado o derogado, al régimen anterior.

¿Qué diferencias prácticas hay entre reformar la Ley de Contratos del Sector Público mediante proyecto de ley del Gobierno o mediante proposición de ley de los grupos parlamentarios? ¿En qué partes concretas de la Ley de Contratos del Sector Público suelen centrarse las reformas más recientes (umbral de contratos menores, procedimientos de adjudicación, etc.)? ¿Cómo afecta el trámite en comisión con competencia legislativa plena al tiempo que tarda en aprobarse una reforma de la Ley de Contratos del Sector Público?

¿Qué competencias tiene el Ministerio de Hacienda en la regulación y supervisión de la contratación pública?

El Ministerio de Hacienda ocupa una posición central en la regulación y supervisión de la contratación pública estatal. La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público configura a Hacienda como el departamento de referencia al que se adscriben los principales órganos de gobernanza del sistema (Junta Consultiva, Comité de Cooperación y Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación). Además, asume funciones clave en la contratación centralizada y en la declaración y extensión de prohibiciones de contratar. Todo ello le convierte en el eje de coordinación entre la Administración General del Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y la Unión Europea en esta materia.

Órgano de referencia y gobernanza del sistema

La Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público establece un esquema de gobernanza estatal basado en tres órganos colegiados adscritos al Ministerio de Hacienda y Función Pública:

  • Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado: la Ley la define como el órgano específico de regulación y consulta en contratación pública del sector público estatal. Entre sus funciones están:
    • Promover la adopción de normas o medidas generales para mejorar el sistema de contratación en sus aspectos administrativos, técnicos y económicos.
    • Aprobar recomendaciones a los órganos de contratación.
    • Informar, con carácter preceptivo, sobre todas las disposiciones normativas estatales en materia de contratación pública.
    • Coordinar el cumplimiento de las obligaciones de información derivadas de las directivas europeas y elaborar informes trienales a la Comisión Europea sobre la contratación de todos los poderes adjudicadores estatales, autonómicos y locales.
    • Actuar como punto de referencia para la cooperación con la Comisión Europea y con otros Estados miembros.
  • Comité de Cooperación en materia de contratación pública: creado en el seno de la Junta Consultiva para articular un espacio de coordinación entre Estado, comunidades autónomas y entidades locales. El pleno está presidido por el Director General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda y Función Pública y cuenta con secciones especializadas en:
    • Regulación de la contratación.
    • Información cuantitativa y estadística.
    • Supervisión de la contratación.
    • Contratación pública electrónica y supervisión de la Plataforma de Contratación del Sector Público y del Registro Oficial de Licitadores.
  • Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon): órgano colegiado independiente adscrito, a efectos organizativos y presupuestarios, al Ministerio de Hacienda y Función Pública. Su finalidad es velar por la correcta aplicación de la legislación, promover la concurrencia y combatir las ilegalidades, coordinando la supervisión de la contratación de todo el sector público. La persona titular de su presidencia es propuesta por el Ministerio de Hacienda y Función Pública y designada por el Consejo de Ministros.

Competencias normativas y de dirección de la política de contratación

Desde el punto de vista normativo, el Ministerio de Hacienda ejerce varias funciones:

  • A través de la Junta Consultiva, informa preceptivamente todos los proyectos normativos estatales en materia de contratación pública.
  • La OIReScon puede proponer la ampliación del ámbito de determinados controles y penalidades contractuales, que se articula mediante Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública, según prevé la propia Ley 9/2017.
  • El Comité de Cooperación elabora la propuesta de Estrategia Nacional de Contratación Pública, que se somete a aprobación de la OIReScon; posteriormente, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Hacienda y Función Pública, toma conocimiento de dicha Estrategia antes de su remisión a la Comisión Europea y publicidad en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

Supervisión, integridad y prohibiciones de contratar

La Ley de Contratos atribuye al Ministro de Hacienda y Función Pública competencias decisivas en materia de integridad:

  • La declaración de determinadas prohibiciones de contratar y, especialmente, la extensión de sus efectos a todo el sector público estatal o al conjunto del sector público, se realiza por el Ministro de Hacienda y Función Pública previa propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.
  • La OIReScon, adscrita a Hacienda, emite informes de supervisión que alimentan los informes trienales que la Junta Consultiva remite a la Comisión Europea y que se publican en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

Contratación centralizada y órganos dependientes

En el ámbito de la compra pública compartida, el Ministerio de Hacienda lidera la contratación centralizada en la Administración General del Estado:

  • La Orden EHA/1049/2008, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada, y sus modificaciones posteriores (Orden HAP/2834/2015, Orden HFP/457/2018, Orden HFP/761/2022) configuran el catálogo de bienes y servicios que deben contratarse de forma centralizada a través de órganos dependientes de Hacienda, en particular la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.
  • Órdenes y resoluciones recientes concretan esta función, como la Resolución de 8 de mayo de 2024 de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación sobre la declaración de contratación centralizada, o la Orden HAC/581/2024 que crea y regula la Junta y la Mesa de Contratación de los servicios centrales del propio Ministerio, en aplicación de la Ley 9/2017.
  • La normativa de estructura orgánica (por ejemplo, el Real Decreto 1182/2020 y su ajuste posterior por el Real Decreto 206/2024) sitúa estas unidades de contratación y centralización dentro del organigrama de Hacienda.

Coordinación con otras administraciones y plataformas

Finalmente, el Ministerio de Hacienda articula la coordinación técnica e institucional mediante el Comité de Cooperación, que supervisa el funcionamiento de la Plataforma de Contratación del Sector Público y del Registro Oficial de Licitadores, y canaliza la participación de comunidades autónomas y entidades locales. La Junta Consultiva y la OIReScon, adscritas a Hacienda, son además las responsables de consolidar y publicar la información de supervisión, estadísticas y estrategias en dicha Plataforma, reforzando la transparencia y la coherencia del sistema de contratación pública en todo el territorio.

¿Podrías detallar el papel concreto de la OIReScon frente al de la Junta Consultiva en la supervisión de la contratación? ¿Qué efectos prácticos tiene para una empresa que el Ministerio de Hacienda extienda una prohibición de contratar a todo el sector público? ¿Cómo funciona en la práctica la contratación centralizada gestionada por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación?

¿Qué trayectoria profesional y política tiene Javier Sigüenza, presidente de alianzAS?

La información disponible sitúa a Javier Sigüenza como presidente de alianzAS, una confederación que agrupa asociaciones, federaciones y confederaciones empresariales de los llamados servicios esenciales (limpieza, dependencia, restauración colectiva, etc.) que trabajan mayoritariamente mediante contratación pública. Desde este puesto, su perfil público está ligado a la defensa de una reforma de la Ley de Contratos del Sector Público y de la Ley de Desindexación, así como al debate sobre la subida del SMI y su impacto en esos sectores. No hay datos biográficos detallados en las fuentes consultadas (formación, carrera previa, militancia o cargos en partidos), por lo que no puede trazarse una trayectoria política o profesional completa más allá de su papel al frente de alianzAS.

Cargo actual y papel en alianzAS

Según el periódico Demócrata, alianzAS culminó en octubre de 2025 su transformación en confederación y, en ese contexto, designó a Javier Sigüenza como presidente. La crónica explica que la organización agrupa 11 asociaciones empresariales que operan en servicios como atención a la dependencia, limpieza, mantenimiento o restauración colectiva, representando a más de 1,5 millones de trabajadores, en torno al 2,25% del PIBsobre la transformación de alianzAS en confederación.

Además, en una tribuna de análisis publicada en Demócrata, firmada por él mismo, se le identifica como “presidente de alianzAS” y se describe a la entidad como representante de asociaciones, federaciones y confederaciones empresariales cuyos miembros son proveedores de servicios esenciales para las administraciones públicas. Esa firma refuerza la idea de que su posición es la de portavoz y representante institucional del sector ante el Gobierno y los partidos, más que la de un actor estrictamente partidista. Esta caracterización aparece en la tribuna sobre la subida del SMI y los contratos públicos.

Actividad pública y agenda regulatoria

La visibilidad pública de Javier Sigüenza se concentra en tres grandes frentes:

  • Reforma de la Ley de Contratos del Sector Público y de la Ley de Desindexación: en sus intervenciones denuncia que la imposibilidad de revisar precios en contratos de larga duración, pese a subidas del SMI o de otros costes estructurales, pone en riesgo la viabilidad de muchas empresas de servicios esenciales y, con ello, la continuidad de los propios servicios.
  • Debate sobre el Salario Mínimo Interprofesional: en la tribuna citada advierte de incrementos de costes que podrían alcanzar hasta un 20% en determinados escenarios y reclama que cualquier subida del SMI vaya acompañada de mecanismos de revisión de precios en los contratos públicos, sosteniendo que proteger salarios y proteger servicios son “dos caras de la misma moneda”.
  • Representación del sector ante Hacienda y otros ministerios: en otra información de Demócrata se recoge que alianzAS ha reclamado al Ministerio de Hacienda presencia en la Junta Consultiva de Contratación Pública, insistiendo en que los servicios esenciales concentran alrededor del 48% del presupuesto de contratación y más del 45% de los concursos. Sigüenza define esos servicios como “la columna vertebral invisible de lo público en España”. Esta posición se detalla en la pieza sobre la reclamación de más peso en Hacienda.

En el ámbito del diálogo social, otra crónica de Demócrata sobre la negociación del SMI recoge expresamente una declaración suya, en calidad de presidente de alianzAS, criticando que la Ley de Desindexación y la Ley de Contratos “impiden actualizar los precios durante la vigencia del contrato, incluso cuando se producen incrementos de costes estructurales como el SMI”. Esa intervención aparece en el análisis sobre qué hay en juego con la subida del SMI.

Trayectoria profesional y política previa: información disponible

Las piezas consultadas se centran en su rol actual y en las posiciones de alianzAS en debates concretos (SMI, contratación pública, presencia en órganos consultivos). No aportan datos sobre:

  • Su formación académica.
  • Su carrera profesional anterior (empresas, sectores, puestos previos).
  • Eventuales cargos públicos o responsabilidad orgánica en partidos políticos.
  • Participación previa en otras patronales u organizaciones del tercer sector.

Con la información disponible, solo puede afirmarse que su trayectoria pública conocida está vinculada al liderazgo empresarial-asociativo en el ámbito de los servicios esenciales y a una interlocución intensa con Gobierno y partidos sobre normativa laboral y de contratación. No se dispone de más información en las fuentes consultadas que permita reconstruir una biografía política o profesional más detallada.

¿Qué sectores concretos agrupa alianzAS y qué peso tienen en empleo y PIB más allá de los datos generales que se mencionan? ¿Qué propuestas normativas específicas ha planteado alianzAS, bajo la presidencia de Javier Sigüenza, para reformar la Ley de Contratos del Sector Público y la Ley de Desindexación? ¿Cómo han respondido el Gobierno y los principales grupos parlamentarios a las reclamaciones de alianzAS que Javier Sigüenza ha trasladado sobre SMI y contratación pública?

Jolastu

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Zenbat dakizu gai honi buruz? Erantzun honako hau 3 galderak.

¿Qué porcentaje del presupuesto base de licitación representan los contratos de servicios según el informe citado en la noticia?

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¿Qué organización agrupa a doce entidades empresariales de servicios esenciales y lidera la reclamación de reforma de la Ley de Contratos del Sector Público?

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¿Cuál es el principal argumento de las empresas para solicitar mecanismos de revisión de precios en los contratos públicos?

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Kaixo, Fren naiz. Nola laguntzen dizut?