L'UE riduce l'ambito del nuovo piano tariffario di Trump per i farmaci generici

La Commissione Europea ricorda che l'accordo commerciale raggiunto con Washington mantiene i farmaci generici europei esenti da dazi e si fida che gli Stati Uniti rispettino gli impegni assunti nonostante l'annuncio di un'imposta del 200% a partire dal 2028.

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El presidente estadounidense, Donald Trump Europa Press/Contacto/Marek Ladzinski

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Bruxelles mantiene la calma di fronte all'ultimo movimento commerciale del presidente degli Stati Uniti, Donald Trump, che ha annunciato un piano per applicare un dazio del 200% sui farmaci generici importati. Nonostante l'impatto politico dell'annuncio, la Commissione Europea insiste che la sua priorità "rimane quella di salvaguardare un ambiente commerciale transatlantico stabile e prevedibile", e ricorda che l'accordo recentemente raggiunto tra Washington e l'Unione Europea mantiene, per il momento, questi prodotti esenti da nuovi oneri.

In un comunicato diffuso attraverso i suoi social media, l'inquilino della Casa Bianca ha dettagliato che i farmaci generici rimarranno esenti da questo nuovo dazio fino al 2028. A partire da quella data, le importazioni che non soddisfano le condizioni stabilite dall'Amministrazione statunitense potrebbero affrontare un onere fino al 200%, il doppio di quanto inizialmente previsto.

"Questo si fa per promuovere la rilocalizzazione della produzione farmaceutica di generici negli Stati Uniti, con una penalizzazione per le aziende che non costruiscono impianti e attrezzature entro il termine stabilito", ha assicurato Trump, inquadrando l'iniziativa all'interno della sua strategia di reindustrializzazione e di riduzione della dipendenza esterna in settori considerati strategici.

Bruxelles si riferisce all'accordo commerciale raggiunto a luglio

Tuttavia, nell'Esecutivo comunitario riducono la trascendenza immediata dell'annuncio e si riferiscono alla dichiarazione congiunta firmata tra Stati Uniti e Unione Europea, per la quale Washington si è impegnata a escludere i farmaci generici europei dal dazio generale del 15% imposto a una parte delle esportazioni comunitarie.

In risposta a una domanda di Democratico, un portavoce comunitario ha ricordato che il quadro attualmente vigente non è cambiato. "Si continua ad applicare il trattamento NMF (Nazione Più Favorevole), che corrisponde a un dazio dello 0%. Per le esportazioni farmaceutiche innovative dell'UE, si applica il tetto del 15%", ha spiegato il portavoce.

Con ciò, Bruxelles fa intendere che, finché non si verifichi una modifica formale degli impegni assunti da Washington, le esportazioni europee di farmaci generici continuano a beneficiare di un dazio zero, nonostante le dichiarazioni rilasciate da Trump. "Ci aspettiamo che gli Stati Uniti continuino a mantenere questo impegno", ha affermato inoltre il portavoce del Commercio della Commissione Europea, Olof Gill, quando è stato interrogato da questo mezzo.

Per l'Esecutivo comunitario, questo impegno costituisce una prova che l'accordo tariffario raggiunto tra Donald Trump e la presidente della Commissione Europea, Ursula von der Leyen, sta offrendo risultati, preservando la stabilità delle relazioni economiche tra entrambe le potenze e evitando nuove perturbazioni in un settore particolarmente sensibile. In questo senso, Bruxelles considera che l'intesa raggiunta a luglio ha permesso di proteggere un settore strategico da nuove escalation commerciali, fornendo un quadro di prevedibilità sia per le imprese che per gli investitori.

Un settore strategico con catene di approvvigionamento altamente integrate

La Commissione Europea approfitta anche delle dichiarazioni del presidente statunitense per ribadire l'importanza strategica dell'industria farmaceutica all'interno della relazione transatlantica. "Il settore farmaceutico è di importanza critica da entrambi i lati dell'Atlantico, con catene di approvvigionamento altamente integrate, solidi legami di investimento e ricerca e flussi commerciali ampiamente equilibrati", ha sottolineato Gill.

Secondo quanto sostiene Bruxelles, la cooperazione tra l'Unione Europea e gli Stati Uniti in questo ambito trascende il piano strettamente commerciale, poiché influisce direttamente sia sull'accesso dei pazienti ai farmaci che sulla capacità di innovazione del settore.

Per questo motivo, l'Esecutivo comunitario insiste che continuerà a lavorare per preservare relazioni economiche considerate essenziali, specialmente in un momento di crescente competizione geopolitica e di riorganizzazione delle catene globali di approvvigionamento. Nella stessa linea, la Commissione assicura che continuerà a dialogare con le autorità statunitensi per ridurre ulteriormente le barriere commerciali, come previsto dall'accordo raggiunto lo scorso mese di luglio a Turnberry (Scozia).

L'obiettivo è, secondo Bruxelles, continuare a progredire verso una riduzione dei dazi, particolarmente su prodotti considerati vitali, come i farmaci innovativi e i dispositivi medici, due segmenti in cui la cooperazione industriale e scientifica tra le due economie risulta particolarmente intensa.

Nel frattempo, l'Amministrazione Trump sostiene che la misura annunciata risponde alla necessità di rafforzare la produzione farmaceutica nazionale e ridurre la dipendenza esterna degli Stati Uniti in un ambito considerato strategico per la sicurezza economica del paese.

Il presidente statunitense ha inoltre difeso che "si stanno costruendo strutture farmaceutiche a un ritmo senza precedenti", assicurando che la politica di incentivi alla rilocalizzazione sta già dando risultati tra i produttori. Tuttavia, Trump ha precisato che la regolamentazione applicabile ai farmaci innovativi protetti da brevetto rimarrà invariata, considerando che il quadro attuale ha dimostrato di essere un successo e continua a favorire l'investimento in ricerca e sviluppo.

Per ora, la Commissione Europea evita di anticipare una risposta commerciale e opta per una strategia di prudenza istituzionale, insistendo che l'accordo bilaterale rimane pienamente valido e confidando che Washington rispetti gli impegni assunti. Al momento, Bruxelles interpreta l'annuncio come una dichiarazione di intenti in vista del 2028 più che come una modifica immediata del regime tariffario applicabile al commercio farmaceutico tra le due sponde dell'Atlantico.

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¿Cuál es el proceso parlamentario en Estados Unidos para modificar formalmente los aranceles sobre medicamentos genéricos?

En Estados Unidos, la modificación formal de aranceles sobre medicamentos genéricos es, en última instancia, una competencia del Congreso, porque los aranceles forman parte de la política comercial y tributaria federal. Sin embargo, el Congreso ha delegado muchas facultades en el poder ejecutivo, de modo que los cambios pueden llegar tanto mediante una ley específica como a través de facultades ya otorgadas al Presidente y a la Oficina del Representante de Comercio (USTR). Aun así, el “proceso parlamentario” en sentido estricto pasa por la tramitación de un proyecto o proposición de ley en la Cámara de Representantes y el Senado. El producto final suele ser una modificación del arancel aduanero (Harmonized Tariff Schedule) o de las leyes marco de comercio.

Marco general de competencias

La Constitución de Estados Unidos atribuye al Congreso la competencia sobre aranceles y comercio exterior, pero a lo largo del tiempo este ha aprobado leyes (por ejemplo, las grandes “Trade Acts”) que autorizan al Presidente a subir o bajar aranceles dentro de ciertos límites y condiciones. En el caso de los medicamentos genéricos, la política arancelaria se entrelaza además con objetivos de salud pública, acceso a medicamentos y protección de la propiedad intelectual, lo que hace que las decisiones puedan ir ligadas a reformas más amplias en materia sanitaria o de comercio.

Inicio: redacción y presentación de la iniciativa

El proceso suele comenzar con una propuesta política que puede tener distintos formatos:

  • Proyecto de ley del Congreso: un senador o un representante registra una iniciativa para reducir, aumentar o reestructurar los aranceles sobre determinados códigos arancelarios de medicamentos genéricos.
  • Proyecto de la Casa Blanca: el ejecutivo prepara una propuesta que busca un congresista “patrocinador” para introducirla formalmente en las cámaras.
  • Acuerdos comerciales: si el cambio arancelario forma parte de un tratado de libre comercio, el texto negociado por el ejecutivo se remite al Congreso para su aprobación bajo las reglas fijadas en la legislación de “Trade Promotion Authority”.

Comisiones competentes

En la tramitación parlamentaria, las comisiones clave son:

  • House Ways and Means Committee en la Cámara de Representantes, que tiene jurisdicción sobre impuestos, aranceles y gran parte de la política comercial.
  • Senate Finance Committee en el Senado, con funciones equivalentes en materia fiscal y comercial.

Si la reforma afecta también a aspectos de regulación sanitaria, pueden intervenir comisiones como Energy and Commerce (en la Cámara) o Health, Education, Labor, and Pensions (en el Senado) para partes concretas del texto, pero el componente arancelario se concentra en las comisiones económico‑fiscales.

Trabajo en comisión

El procedimiento típico en comisión incluye varios pasos:

  • Audiencias públicas: comparecen expertos, industria farmacéutica, asociaciones de pacientes, sindicatos y agencias federales (por ejemplo, USTR, Departamento de Comercio, Comisión de Comercio Internacional) para valorar el impacto de modificar aranceles sobre genéricos, tanto en precios internos como en la industria nacional.
  • Redacción y enmiendas (markup): los miembros de la comisión negocian y votan enmiendas al texto, pudiendo restringir el cambio arancelario a ciertos tipos de genéricos, introducir fases de aplicación o condicionarlo a estudios de impacto.
  • Informe y remisión al pleno: la comisión aprueba un texto consolidado y lo remite con un informe explicativo al pleno de la Cámara correspondiente.

Debate y votación en las cámaras

Una vez en el pleno, la iniciativa sigue estas etapas:

  • Debate: se fija un tiempo para debatir ventajas e inconvenientes, a menudo con un fuerte componente técnico (impacto en el gasto sanitario, en la industria local, en la competitividad internacional).
  • Votación en la primera Cámara: si se aprueba, el texto pasa a la otra Cámara (de Representantes a Senado, o viceversa), donde vuelve a remitirse a comisión y puede ser modificado de nuevo.
  • Conciliación: si las dos Cámaras aprueban versiones distintas, se crea un “conference committee” que negocia un texto de compromiso, que luego se somete a una última votación en ambas.

Firma presidencial y ejecución

El proyecto aprobado se remite al Presidente, que puede firmarlo (convirtiéndolo en ley) o vetarlo. Si lo firma, la ley suele:

  • Modificar directamente el arancel aduanero para los códigos de medicamentos genéricos afectados, o
  • Ordenar al ejecutivo que, en un plazo determinado, ajuste los aranceles mediante los instrumentos administrativos disponibles.

A partir de ahí, la administración (USTR, Departamento del Tesoro, Customs and Border Protection) aplica los nuevos tipos en los sistemas aduaneros. Si los cambios derivan de facultades previamente delegadas, el Congreso puede realizar un control ex post mediante audiencias y, en su caso, aprobar una nueva ley que limite, convalide o revierta las decisiones del ejecutivo.

Aunque mi especialización es la política y el procedimiento parlamentario en España, esta es una descripción general del funcionamiento estadounidense basada en la estructura institucional y las competencias típicamente atribuidas al Congreso y al ejecutivo en materia arancelaria.

¿Qué papel juegan las agencias reguladoras sanitarias en Estados Unidos cuando el Congreso plantea cambios arancelarios sobre medicamentos genéricos? ¿Cómo se coordina la política de aranceles sobre genéricos con los acuerdos comerciales internacionales que tiene firmados Estados Unidos? ¿Existen ejemplos recientes de leyes estadounidenses que hayan modificado aranceles específicamente para medicamentos genéricos?

¿Cuáles son las competencias del presidente de la Comisión Europea en materia de política comercial?

El presidente de la Comisión Europea no es el “ministro de comercio” de la UE ni negocia directamente los acuerdos, pero tiene un papel central de dirección política y coordinación sobre toda la política comercial. Define las prioridades generales, reparte carteras, dirige al colegio de comisarios y representa políticamente a la Unión al máximo nivel en las grandes negociaciones y crisis comerciales. La competencia material en comercio la ejerce la Comisión en su conjunto, bajo mandato del Consejo y con control del Parlamento Europeo, pero la presidencia fija el rumbo y arbitra los conflictos internos.

Marco general: quién tiene la competencia comercial en la UE

La política comercial común es una competencia exclusiva de la Unión (arts. 206 y 207 TFUE). Esto significa que:

  • La Comisión Europea propone los mandatos de negociación, negocia los acuerdos comerciales y propone su firma y celebración.
  • El Consejo (los Estados miembros) autoriza la apertura de negociaciones, adopta las directrices de negociación y decide sobre la firma y celebración de los acuerdos.
  • El Parlamento Europeo debe aprobar la mayoría de los acuerdos comerciales (especialmente los de “nueva generación”).

Dentro de este esquema, el presidente de la Comisión es quien orienta políticamente la actuación de la institución y, por tanto, condiciona de forma decisiva la política comercial, aunque muchas decisiones formales se adopten a nivel de comisario de Comercio o del colegio.

Dirección política y definición de prioridades comerciales

La primera competencia clave del presidente es la definición de la agenda política de la Comisión. Esto se traduce en:

  • Fijar las líneas generales de la política comercial: más o menos apertura, enfoque “abierto pero estratégico”, prioridad a ciertos socios (por ejemplo, América Latina, Indo-Pacífico…) o a ciertas áreas (servicios, digital, materias primas críticas…).
  • Decidir cómo se integra el comercio con otras políticas de la Comisión: clima y transición verde, digitalización, política industrial, seguridad y defensa económica, derechos humanos, etc.
  • Impulsar nuevas iniciativas de “instrumentos” comerciales (por ejemplo, medidas anti-coerción, control de inversiones, regulaciones sobre cadenas de valor) indicando a los servicios qué tipo de propuestas espera.

Esta orientación política determina qué mandatos de negociación prepara la Comisión, qué acuerdos se priorizan y en qué términos se plantea la apertura o restricción de mercados.

Organización interna y supervisión del comisario de Comercio

El presidente tiene también una competencia organizativa decisiva:

  • Asignar la cartera de Comercio a un comisario concreto y definir, en sus “cartas de misión”, qué objetivos políticos debe perseguir (por ejemplo, enfoque más geopolítico, más social, más climático, etc.).
  • Repartir competencias entre carteras para evitar solapamientos: qué queda en Comercio, qué en Mercado Interior, Competencia, Acción Exterior, Vecindad, etc.
  • Supervisar la actuación del comisario de Comercio: puede llamarle al orden, exigirle reorientar negociaciones o incluso solicitar su dimisión al Estado miembro que lo propuso si existe una pérdida de confianza grave.
  • Coordinar a los vicepresidentes ejecutivos y al Alto Representante en asuntos donde comercio, seguridad o política exterior se entrecruzan (sanciones, medidas frente a terceros países, export controls, etc.).

En la práctica, nada importante en política comercial sale del colegio de comisarios sin que sea coherente con la línea marcada por el presidente.

Presidencia del colegio de comisarios y adopción de decisiones

El presidente de la Comisión preside las reuniones del colegio, donde se aprueban:

  • Las propuestas de mandato de negociación para nuevos acuerdos comerciales que luego se envían al Consejo.
  • Las propuestas de firma y celebración de acuerdos ya negociados.
  • Las propuestas de medidas comerciales autónomas: aranceles, instrumentos de defensa comercial (antidumping, antisubvenciones), medidas de salvaguardia, etc.
  • Las propuestas de legislación interna con fuerte componente comercial (por ejemplo, normas sobre origen de productos, instrumentos de control de inversiones, restricciones a exportaciones sensibles).

Al dirigir la agenda y el debate del colegio, el presidente decide qué dossiers se priorizan, en qué momento se llevan a decisión y con qué equilibrio entre los distintos intereses de los Estados miembros y de las distintas carteras.

Representación externa y dimensión geopolítica

Aunque el negociador técnico de los acuerdos suele ser el comisario de Comercio y sus equipos, el presidente de la Comisión ejerce una representación política de alto nivel en materia comercial:

  • Participa en cumbres bilaterales con terceros países o regiones (por ejemplo, UE–Estados Unidos, UE–China, UE–Mercosur), donde los acuerdos comerciales son uno de los elementos centrales.
  • Interviene en foros multilaterales relevantes para el comercio (como las conferencias ministeriales de la OMC, G20, etc.) cuando la dimensión comercial es estratégica.
  • Puede desbloquear negociaciones encalladas mediante acuerdos políticos al más alto nivel, dejando a los equipos técnicos la concreción jurídica posterior.
  • Coordina la posición de la Comisión con la del presidente del Consejo Europeo y el Alto Representante, para alinear comercio, política exterior y seguridad económica.

Relación con el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo

En política comercial, el presidente de la Comisión tiene también un papel clave de interfaz institucional:

  • Explica al Consejo Europeo y al Consejo de Ministros de la UE las propuestas y estrategias comerciales de la Comisión, y recoge las orientaciones políticas de los jefes de Estado y de Gobierno.
  • Negocia con los principales grupos del Parlamento Europeo para asegurar mayorías en la aprobación de acuerdos comerciales y de la legislación relacionada, ajustando en ocasiones el contenido de los acuerdos o de los instrumentos para obtener apoyo político suficiente.

De este modo, aunque no ostenta formalmente la competencia exclusiva en materia comercial (que recae en la Comisión en su conjunto), el presidente es el principal arquitecto político que encuadra y orienta todo el diseño de la política comercial común.

¿Podrías poner ejemplos concretos de decisiones comerciales recientes en las que la presidencia de la Comisión haya tenido un papel determinante? ¿Qué diferencias prácticas hay entre el papel del presidente de la Comisión y el del comisario de Comercio en una negociación de un tratado comercial concreto? ¿Cómo se coordina la política comercial de la Comisión con las prioridades de los Estados miembros dentro del Consejo en casos de desacuerdo?

¿Qué requisitos legales debe cumplir la UE para negociar y firmar acuerdos comerciales bilaterales con terceros países como Estados Unidos?

La Unión Europea debe cumplir un conjunto de requisitos jurídicos fijados principalmente en el Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE) para poder negociar, firmar y concluir acuerdos comerciales bilaterales con terceros países como Estados Unidos. En términos básicos, la UE actúa en ejercicio de su competencia exclusiva en política comercial común, siguiendo un procedimiento regulado en los artículos 206‑207 y 218 TFUE. Intervienen de forma imprescindible la Comisión Europea (que negocia), el Consejo (que autoriza, firma y concluye) y el Parlamento Europeo (que debe dar su consentimiento en la mayoría de acuerdos de comercio). Cuando el acuerdo invade competencias de los Estados miembros (acuerdos “mixtos”), suele requerir además ratificación nacional.

1. Base jurídica y competencia de la UE

La política comercial común es una competencia exclusiva de la UE (art. 3.1.e TFUE). Esto significa que, en principio, solo la UE —no los Estados miembros individualmente— puede negociar y celebrar acuerdos que traten de:

  • Aranceles y comercio de bienes
  • Comercio de servicios
  • Aspectos comerciales de la propiedad intelectual
  • Inversiones extranjeras directas

La base jurídica material está en los artículos 206‑207 TFUE, que definen la política comercial común y habilitan a la UE para celebrar acuerdos con terceros países para contribuir al desarrollo armonioso del comercio mundial y a la supresión progresiva de las restricciones.

2. Mandato de negociación del Consejo

Antes de sentarse a negociar con un tercer país, la Comisión Europea necesita una autorización formal del Consejo, prevista en el artículo 218 TFUE. Los requisitos clave son:

  • Propuesta de la Comisión: la Comisión propone al Consejo la apertura de negociaciones e indica el contenido, alcance y objetivos del futuro acuerdo.
  • Decisión del Consejo: el Consejo adopta una “decisión de autorización” que contiene las directrices de negociación (el llamado “mandato”). Normalmente se adopta por mayoría cualificada, salvo materias sensibles donde puede exigirse unanimidad.
  • Información al Parlamento Europeo: desde el inicio, la Comisión debe mantener informado al Parlamento sobre la evolución de las negociaciones.

3. Desarrollo de las negociaciones

Con el mandato en la mano, la Comisión (a través de la Dirección General de Comercio) actúa como negociador único de la UE. Durante esta fase debe cumplir varios requisitos políticos y jurídicos:

  • Respetar en todo momento las directrices fijadas por el Consejo.
  • Informar de forma periódica al Consejo y al Parlamento Europeo (incluidas comisiones parlamentarias competentes).
  • Verificar la compatibilidad de los borradores con los Tratados de la UE, la Carta de Derechos Fundamentales y las obligaciones de la UE en la OMC.

4. Firma y conclusión del acuerdo

Una vez cerradas las negociaciones, se activa el procedimiento formal de firma y conclusión bajo el artículo 218 TFUE:

  • Revisión jurídica (“legal scrubbing”) y traducción a todas las lenguas oficiales de la UE.
  • Decisión del Consejo para la firma: el Consejo autoriza la firma del acuerdo y, en su caso, su aplicación provisional de aquellas partes que entren en competencia exclusiva de la UE.
  • Consentimiento del Parlamento Europeo: para los acuerdos comerciales amplios (de libre comercio, asociación económica, etc.) el Parlamento debe dar su consentimiento. Sin ese voto afirmativo el acuerdo no puede concluirse.
  • Decisión del Consejo de conclusión: tras el consentimiento del Parlamento, el Consejo adopta la decisión que permite a la UE concluir (ratificar) el acuerdo.

5. Acuerdos “mixtos” y ratificación nacional

Si el contenido del acuerdo rebasa la competencia exclusiva de la UE (por ejemplo, abarca inversiones no directas, ciertas materias de transporte, cooperación penal, etc.), se considera un acuerdo mixto. En ese caso se añaden requisitos:

  • Los Estados miembros pasan a ser también partes del acuerdo junto a la UE.
  • Además de la decisión de la UE, se requiere la ratificación conforme a los procedimientos constitucionales de cada Estado miembro (en España, aprobación por las Cortes Generales y, en su caso, otros requisitos si afecta a la Constitución).

Esto puede alargar considerablemente la entrada en vigor plena del acuerdo, aunque algunas partes se apliquen provisionalmente a nivel de la UE.

6. Control de legalidad por el Tribunal de Justicia

Existe la posibilidad de que las instituciones soliciten un dictamen consultivo al Tribunal de Justicia de la UE (art. 218.11 TFUE) sobre la compatibilidad del acuerdo proyectado con los Tratados. Si el Tribunal considera que el acuerdo es incompatible, solo puede concluirse tras su modificación o la revisión de los Tratados.

7. Respeto a valores y políticas internas de la UE

Finalmente, todo acuerdo comercial debe ser coherente con los valores fundamentales de la UE (democracia, Estado de derecho, derechos humanos) y con otras políticas internas: normas ambientales y laborales, protección de datos, seguridad alimentaria, etc. Por ello, la práctica reciente incorpora capítulos de desarrollo sostenible, estándares laborales y medioambientales, así como mecanismos de solución de controversias que respeten la autonomía del ordenamiento jurídico de la UE.

¿Qué papel juega exactamente el Parlamento Europeo en la aprobación de un acuerdo comercial como el TTIP con Estados Unidos? ¿En qué se diferencia jurídicamente un acuerdo comercial “mixto” de uno de competencia exclusiva de la UE? ¿Qué pasos tendría que seguir España para ratificar un acuerdo comercial mixto entre la UE y Estados Unidos?

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¿Qué arancel planea aplicar Estados Unidos a los medicamentos genéricos importados a partir de 2028 si no cumplen las condiciones fijadas?

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¿Qué trato arancelario se aplica actualmente a los medicamentos genéricos europeos exportados a Estados Unidos?

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