Más días para presentar la solicitud única para percibir las ayudas de la Política Agraria Común (PAC) y sin aplicar el descuento que se aplica en caso de que se registre fuera de plazo. Ese es el objetivo de la modificación que prepara el Gobierno al Real Decreto que regula, entre otros aspectos, los plazos establecidos para el sistema de aplicación de la PAC.
Así lo expone el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en el proceso de audiencia pública abierto para el Real Decreto que se aprobará en las próximas semanas y para el que se pueden presentar observaciones desde este miércoles, 7 de mayo, hasta el próximo viernes, día 16. Desde el ministerio se justifica la premura en el trámite, de solo siete días hábiles, en la urgencia por tramitar el proyecto dado que el plazo de presentación de solicitudes para beneficiarse de la PAC y toda la documentación requerida concluye a final de mes, el 31 de mayo.
Si tiene interés en participar en el proceso puede consultar el texto propuesto por Agricultura en este enlace. Para remitir sus aportaciones diríjase a la dirección de correo electrónico bzn-normasPAC@mapa.es indicando en el asunto del mensaje «RD plazo SU 2025«. Para facilitar el procedimiento, desde el ministerio han facilitado la siguiente plantilla con la que registrar observaciones.
Más tiempo ante las dificultades en la tramitación
El pasado 30 de abril era la fecha límite para presentar la solicitud única de ayudas de la campaña 2025 del programa de la PAC. Sin embargo, el Real Decreto que ahora se pretende modificar, el 1048/2022, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la PAC, permite que cada comunidad autónoma pueda estirar los tiempos si tienen motivo para ello, hasta dos semanas más, con fecha límite el 15 de mayo.
Con la regulación actual, se admiten solicitudes de ayuda durante unas semanas más, las que dura el periodo habilitado para la modificación de solicitudes ya tramitadas, pero aplicando un peaje: una reducción del uno por ciento en el importe que corresponda recibir por cada día hábil de retraso en la fecha de presentación.
Lo que hace el proyecto de Real Decreto (RD) sometido a consulta pública es rehacer el calendario de tramitación para la campaña de este año y también suprimir la penalización para quienes presenten su solicitud dentro del plazo reservado para modificaciones o correcciones de errores.
Sin reducción de la ayuda por solicitarla tarde
Se incorpora una disposición transitoria nueva, la tercera, al RD 1048/2022 por la que se «admitirán solicitudes de ayuda, solicitudes de asignación de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad o de la documentación que las acompaña presentadas hasta el 31 de mayo sin que se aplique la reducción del 1 por ciento por cada día hábil de retraso tras el fin del plazo de presentación de la solicitud única».
De esta forma, se podrá iniciar la tramitación de nuevas solicitudes únicas de percepción de la PAC dentro del periodo reservado para modificación de solicitudes ya presentadas sin que la cuantía a percibir quede mermada por dilaciones que no estén justificadas por circunstancias excepcionales o casos de fuerza mayor.
Un Real decreto con carácter retroactivo
Con el RD el departamento liderado por Luis Planas pretende aumentar la seguridad jurídica de los agricultores y ganaderos. Aunque la publicación en el BOE de la nueva norma no se espera para antes del 1 de junio, como han informado desde el ministerio, su aplicación es de carácter retroactivo, «desde el 1 de mayo de 2025 hasta el 31 de mayo de 2025, ambos inclusive», tal y como contempla la disposición final única del proyecto de RD que se encuentra en consulta pública.
Con esta actuación en Agricultura, Alimentación y Pesca se quiere facilitar que el mayor número de agricultores y ganaderos puedan beneficiarse de las ayudas de la PAC, cuyos pagos está previsto que comiencen a partir del 16 de octubre. Se atiende así a las demandas de organizaciones agrarias y de algunas comunidades autónomas y entidades colaboradoras por problemas en la plataforma para registrar los datos requeridos para acreditar las fincas y cabezas de ganado susceptibles de subvención, y por la capacidad de las propias entidades para ir tramitando las solicitudes ya registradas.