El Congreso de los Diputados ha ratificado este jueves el Real Decreto-ley que reforma el sistema público de pensiones. El articulado esbozado por José Luis Escrivá ha superado la votación del Pleno con una amplia mayoría: 179 votos a favor (PSOE, Unidas Podemos, Más País, Compromís, PNV, ERC y PDeCAT, entre otros), 104 votos en contra (PP, Ciudadanos, CUP, los dos exdiputados de UPN, Pablo Cambronero y BNG) y 61 abstenciones, entre las que se encuentran Vox y EH Bildu y Junts.
En consecuencia, el RDL de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones ha salido adelante. Por ello, desde Demócrata explicamos los principales puntos del nuevo texto:
1. Dos opciones para elegir la pensión más favorable.
- De forma progresiva desde 2026 hasta 2037, se podrá elegir entre 25 años y 29 años, descartando los 2 peores. Por defecto, se aplicará el cálculo que resulte más favorable. En 2044 ya sólo será posible la opción de 29 años descartando 2.
2. Se destopan las bases máximas.
- Actualmente, la base máxima de cotización es de 4.495,50 euros mensuales. La nueva regulación prevé una subida anual de 1,2 puntos sobre la tasa de inflación.
3. Previsión de aumento de las pensiones máximas.
- El incremento de la pensión máxima será de 0,115 puntos entre 2025 y 2050. A partir de ese año los incrementos irán desde un 3,2% hasta un 20% en 2065.
4. Se crea un mecanismo de equidad intergeneracional (mei).
- El MEI consiste en una cotización adicional que pasará de forma progresiva de 0,6 a 1,2 puntos en 2029. Será asumida por trabajadores y empresas, aunque el mayor porcentaje corresponderá a la empresa. Con él se nutrirá el fondo de reserva de las pensiones que podrá empezar a utilizarse en 2033.
5. Cuota de solidaridad.
- La cuota de solidaridad es una cotización añadida para aquella parte de los salarios que superen las bases máximas. Se fija en tres tramos y progresivamente irá del 1 % en 2025 hasta el 7% en 2045.
6. Mejora de las pensiones mínimas y de las no contributivas.
- Desde 2027, la cuantía mínima de la pensión con cónyuge a cargo, no podrá ser inferior al umbral de la pobreza calculado para un hogar de dos adultos. Para ello, se prevé una subida del 22% en los próximos 3 años.
- Aumentarán de manera progresiva hasta alcanzar en 2027 el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal.
7. Tratamiento de lagunas de cotización.
- Se cubren hasta 4 años con el 100% de la base mínima y a partir del 5º año con el 50%.
- En el caso de excedencia para cuidar a familiares hasta el segundo grado (por consanguinidad o afinidad) se aumenta a 3 años el periodo considerado como cotizado y si fuera para el cuidado de un menor también se amplía a 3 años hasta cubrir el 100% de la cotización.
8. Complemento para salvar brechas de género.
- Se establece una subida adicional del 10% en el complemento de brecha de género en las pensiones de los años 2024 y 2025.
9. Autónomos y contratos a tiempo parcial.
- Por primera vez, se regula la integración de los períodos sin obligación de cotizar de los autónomos con una cobertura, con base mínima, a los seis meses siguientes al cese de actividad.
- Se equipara el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo para el cómputo de períodos cotizados necesarios para tener derecho a pensión.
10. Cotización de alumnos en prácticas.
- Los alumnos universitarios y de Formación profesional que realicen prácticas formativas cotizarán a la Seguridad Social, pero a las cuotas por contingencias comunes se les aplicará una reducción del 95%.
–Bonus track: seguimiento y control
Si a partir del año 2025 el Gobierno no cumple con las proyecciones, deberá remitir al Congreso un Proyecto de ley que contenga las medidas apropiadas para eliminar el exceso de gasto neto en pensiones antes del 30 de septiembre, que entraría en vigor el 1 de enero del año siguiente.
Será la AIReF la que, con una periodicidad trianual, publicará y enviará al Gobierno el Informe de Evaluación con las proyecciones del impacto estimado de las medidas adoptadas a partir de 2020 para fortalecer los ingresos del sistema público de pensiones en el periodo 2022-2050 y calculará el impacto medio anual de estas medidas en porcentaje del PIB para este periodo, utilizando los mismos supuestos macroeconómicos y demográficos del último Informe de Envejecimiento publicado por la Comisión Europea.