El Congreso aprobó el 19 de diciembre el proyecto de ley de prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario, una iniciativa ya aprobada en 2023 y que estuvo a apenas unos días de completar su tramitación en el Senado. El adelanto electoral lo frustró.
Una legislatura después, el Congreso vuelve a enviarlo al Senado pero en condiciones diferentes. El nuevo equilibrio parlamentario, en el que PP, Vox y Junts suman mayoría, pegó un revolcón a las pretensiones del Gobierno y sus socios de izquierda.
Too Good To Go, uno de los operadores que más interés ha manifestado en torno a la tramitación de esta norma, explica en Demócrata los cambios introducidos y las posibilidades que abre.
Su responsable de Asuntos Públicos en España y Portugal, Victoria Albiñana, destaca, por ejemplo, cómo el nuevo proyecto castiga la destrucción o alteración de comida apta para el consumo humano como infracción grave. Sin embargo, uno de los elementos clave para esta entidad, la cuantificación obligatoria y específica del desperdicio por parte de los operadores, queda, al menos por el momento, fuera de la norma.
¿Qué valoración hace del proyecto aprobado por el Congreso?
Contar con una ley de desperdicio alimentario ya es muy positivo, porque demuestra que existe cierto compromiso como sociedad y como país para atajar un problema tan relevante.
Nosotros teníamos una serie de peticiones iniciales que veíamos fundamentales y parte de ellas se han recogido en el texto aprobado en diciembre. Por ejemplo, valoramos muy positivamente que se haya incluido la prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario como primer paso de una jerarquía de prioridades que tienen que seguir los operadores de la cadena. El primer paso tiene que ser prevenir.
Otra valoración positiva es la referencia específica a los objetivos de reducción del desperdicio alimentario: sin objetivos y sin unas metas claras, es difícil hacer frente a un reto tan complejo. También se ha incluido otros temas importantes, como el criterio del desperdicio alimentario en los pliegos de contratación pública, o incentivar a través de ciertos mecanismos la adopción de medidas de buenas prácticas.
Sin embargo, vemos un paso atrás respecto al proyecto aprobado en 2023 el tema de la cuantificación, que para nosotros es fundamental. Si tenemos unos objetivos, debemos de tener la información sobre cómo vamos avanzando hacia esos objetivos, y la vía es cuantificar el desperdicio que hay en cada eslabón de la cadena.
El proyecto aprobado en diciembre dice específicamente que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación cuantificará el desperdicio alimentario, específicamente el producido por el consumidor. Esto es algo que ya viene haciendo el Ministerio sin necesidad de haber aprobado una ley. Aspirábamos a que, al menos, se incluyera una referencia o la obligación de medir y cuantificar las pérdidas en cada eslabón de la cadena alimentaria. Esto se consiguió en la versión aprobada hace dos años y esperábamos que también se aprobara ahora.
El proyecto aprobado en el Congreso obliga a los operadores a colaborar con la administración en esa cuantificación pero, entiendo, les hubiera gustado una obligación a dar cuenta, anualmente o en otro período, una cuantificación o incluso a cumplir unos objetivos.
Efectivamente. Esa es también otra de nuestras peticiones. Queremos que la Administración cuantifique el desperdicio en toda la cadena de valor y, por otra parte, que todos los operadores contribuyan a esa cuantificación de forma activa. Es cierto que la ley dice que deberán colaborar con las Administraciones, pero si la obligación del Ministerio es cuantificar únicamente en la fase de consumidor, no sabemos realmente cómo se va a trasladar esa obligación al sector privado y en qué se va a traducir.
Reino Unido, por ejemplo, lleva bastante años con un sistema de cuantificación voluntario y hace unos años el Gobierno se dio cuenta de que no estaba funcionando todo lo bien que debería y abrió una consulta pública para pasar este sistema voluntario a un sistema obligatorio de cuantificación. Este es un ejemplo de la importancia de la participación activa del sector privado para contar con datos reales y lo que defendemos era eso: que haya un reporte obligatorio y periódico de las empresas sin necesidad de requerimiento, pero eso no se ha incorporado tampoco.
La ley distingue, a la hora de establecer ciertas obligaciones, el tamaño de la actividad, incluso de la superficie de los negocios. ¿También proponen, a la hora de reportar la cuantificación, que se distinga en diferentes tamaños de negocio o su propuesta es extender la obligación a todos los operadores?
Creemos que, con respecto a todas las obligaciones, cuantas más (empresas), mejor. Sí que podemos entender cierta exclusión basada en criterios económicos, como la exclusión de las microempresas en determinadas obligaciones, que de hecho se aprobó en esta versión. Vemos mejor que, en lugar de excluir por excluir, se fomente la participación de todos activamente en todas las obligaciones y se apoye de la forma que fuera necesaria y aquellos que lo precisan sería mejor. Pero podemos entender esa flexibilidad hacia determinadas empresas.
Ese apoyo también puede significar incentivos fiscales o subvenciones, líneas de ayudas.
Exacto, certificados, todo lo que pueda ayudar. Sí, eso lo entendemos perfectamente.
Otro de los cambios respecto a la versión aprobada en 2023 es la exclusión de prácticamente todos los operadores de la obligación de suscribir acuerdos de donación (quedan fuera negocios a partir de un umbral de 1.300 m2 de superficie útil de venta al público). ¿Qué valoración hace de ello?
Bueno, como bien decías, ese criterio o ese umbral se establece únicamente para la firma de los acuerdos de donación. Normalmente, esto me gusta matizarlo porque se ha empezado a hablar de que la obligación es donar, la obligación es suscribir el acuerdo de donación para establecer un marco en el que se pueda producir esa donación por parte de las empresas hacia las organizaciones sociales. El cambio que ha habido ahora mismo es que antes se fijaba ese umbral de 1.300 m2 de superficie de venta para las empresas de distribución. Ahora se ha extendido de forma que, en la parte de distribución, las empresas de un grupo, aunque tengan una medida inferior, si todas juntas suman esos 1.300 metros cuadrados, deberán suscribir un acuerdo de donación
Y, además, se ha incorporado este límite a otras empresas pertenecientes a otros sectores, como la hostelería, la restauración o la transformación. Realmente, si tomamos como referencia, por ejemplo, otros países que nos llevan ventaja desde hace años, como por ejemplo Francia, el umbral que se estableció fue de 400 m2 para el sector de la distribución, que es mucho menor.
Es, de hecho, el tamaño que se había propuesto en el anteproyecto inicial.
Eso es, el anteproyecto que sacó el Ministerio de Agricultura establecía un límite de 400 m2. A ver, se pueden utilizar distintos criterios, se podría utilizar también el económico… Habrá que ver cómo funciona. Muchas veces el éxito está en probar y podemos también tomar ejemplos de otros países, como el que mencionaba de Francia, e ir aprendiendo. Quizá si hace falta en un momento dado modificar la ley, porque igual ese umbral en un momento dado no se ajusta tanto a la realidad, se podría hacer en un futuro.
Además, las obligaciones a los operadores de la cadena alimentaria no se van a aplicar hasta dentro de un año de la publicación.
Lo importante es que (la ley) se aplique. Podemos entender que sea necesario cierto margen para asegurar la implementación. Y si al final se acaba dejando ese año (de margen), creemos que es importante utilizarlo bien. La ley habla del desarrollo de planes de prevención a nivel estatal, de planes de control, de reglamentos, de instrumentos a nivel autonómico… La aprobación de la ley es importante, pero también asegurar una aplicación efectiva. Asegurémonos de que, si se deja ese margen, el sector público y el privado estemos preparados para su implementación.
¿Qué importancia tienen las comunidades autónomas a la hora de desarrollar la ley o incluso instrumentos complementarios?
Habrá que verlo en la práctica. La ley hace referencia a instrumentos autonómicos que permitan llevar a cabo esa planificación y ese control. Cataluña ya cuenta con su propia ley desde hace años y ahora están desarrollando su propio reglamento para implementarla, supongo que también en coherencia con esta ley estatal.
No sería la primera vez que tengan un papel bastante importante y esperamos que así sea, y que desarrollen los instrumentos que se prevén en el texto. Incluso pueden establecer sus propias sanciones, e incluso pueden incorporar obligaciones adicionales como ha ocurrido en Cataluña.
La importancia que tiene la donación en la ley se traduce en que los grupos han acordado mandatar al Gobierno a aprobar una nueva ley de donaciones. ¿Qué importancia puede tener esa futura ley o qué normas adicionales puede complementar al proyecto que se va a aprobar ahora?
España es un país en el que tradicionalmente las donaciones han tenido bastante espacio. Esta ley sitúa la redistribución y la donación al mismo nivel, da cierta flexibilidad a ambas salidas, poniendo la prioridad y el foco en la prevención. El desarrollo de una regulación posterior puede ser positivo, entiendo que abordará cuestiones relativas a la seguridad alimentaria, por ejemplo, y otras cosas que los operadores habrán visto necesario regular. Habrá que esperar a su contenido.
La tramitación del proyecto ahora continúa en el Senado, que tiene un plazo de enmiendas a finalizar la primera semana de febrero. ¿Va a insistir Too Good To Go con las mismas propuestas, van a dar un cambio de enfoque o a añadir nuevas propuestas a los grupos parlamentarios?
Vamos a trabajar hasta el final porque vemos este texto una oportunidad y creemos que debe de marcar un antes y un después en el tema del desperdicio alimentario. Debe ser un instrumento a disposición de todos los que queremos contribuir a reducir el desperdicio alimentario en toda la cadena. Nuestras propuestas van a ir en la línea de lo que hemos insistido ya: es muy importante el tema de la cuantificación. Es cierto que el texto lo aborda en algunas partes, pero creemos que es fundamental mencionar específicamente que se mida en cada eslabón de la cadena.
Otra novedad es la exclusión de las microempresas del cumplimiento de las obligaciones a los operadores de la cadena. Algo parecido a lo aprobado en la pasada legislatura pero en la versión actual, las microempresas podrían quedar excluidas de la obligación de seguir la jerarquía de prioridades. En nuestra opinión, esta exclusión no debería ocurrir, porque el texto ya habla de que existe una obligación de seguir la jerarquía de prioridades y, en caso de que por necesidades económicas o por las características específicas de la empresa, necesiten cambiar o no seguir al pie de la letra esa jerarquía, lo podrán hacer. Entonces, no vemos necesario excluir también de la aplicación de la jerarquía de prioridades a las microempresas porque ya existe una excepción y cierta flexibilidad a la hora de aplicar la jerarquía. Todos, absolutamente todos, deberíamos de priorizar la prevención y hacer todos nuestros máximos esfuerzos en priorizar la prevención. Básicamente, esas son nuestras principales peticiones e iremos insistiendo en otras, como la definición del desperdicio alimentario que llevamos a la primera versión, porque debería ser coherente con la definición a nivel europeo.
 QUIÉN ES QUIÉN
 QUIÉN ES QUIÉN A MANO ALZADA
 A MANO ALZADA


















