Diez años de prisión por abusar de su sobrina cuando tenía nueve años

La Audiencia de Málaga condena a diez años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de su sobrina de nueve años en 2002.

2 minutos

Ciudad de la Justicia de Málaga. EUROPA PRESS

Ciudad de la Justicia de Málaga. EUROPA PRESS

Añadir DEMÓCRATA en Google

Publicado

2 minutos

Elecciones al Parlamento de Andalucía de 17 de mayo de 2026

🔗 Ver todos los resultados

Próxima actualización en 60s

Escrutado: 99.90% Votantes: 4.218.032 Participación: 64.85%

Votos

Partido Escaños Votos Porcentaje
PP 53 -5 1.735.819 41.60%
PSOE-A 28 -2 947.713 22.71%
VOX 15 +1 576.635 13.82%
ADELANTE ANDALUCÍA 8 +8 401.732 9.62%
PorA 5 = 263.615 6.31%
SALF 0 = 105.761 2.53%
PACMA 0 = 25.056 0.60%
100x100 0 = 14.753 0.35%
ANDALUCISTAS-PA 0 = 12.319 0.29%
ESCAÑOS EN BLANCO 0 = 9.281 0.22%
JM+ 0 = 7.961 0.19%
PCPA 0 = 5.849 0.14%
FE de las JONS 0 = 4.962 0.11%
MUNDO+JUSTO 0 = 4.696 0.11%
PARTIDO AUTÓNOMOS 0 = 3.693 0.08%
NA 0 = 3.012 0.07%
HE> 0 = 2.134 0.05%
PCTE 0 = 1.777 0.04%
PODER ANDALUZ 0 = 1.076 0.02%
29 0 = 741 0.01%
ALM 0 = 646 0.01%
ANDALUSÍ 0 = 532 0.01%
IZAR 0 = 502 0.01%
JUFUDI 0 = 396 0.01%
IPAL 0 = 360 0.01%
CONECTA 0 = 329 0.01%
SOCIEDAD UNIDA 0 = 237 0.01%

Escaños (109)

Mayoría: 55
PP 53 escaños
PSOE-A 28 escaños
VOX 15 escaños
ADELANTE ANDALUCÍA 8 escaños
PorA 5 escaños

Mapa

Ganador por provincia
Cargando mapa…
Selecciona un municipio para ver el detalle.

Más leídas

La Audiencia de Málaga ha impuesto una pena de diez años de prisión a un hombre por someter a abusos sexuales a su sobrina en 2002, cuando la niña tenía nueve años, aprovechando la confianza familiar y la situación de vulnerabilidad de la menor.

De acuerdo con la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el procesado, tío político de la afectada, durante varios meses de 2002, sin que se hayan podido concretar las fechas exactas, se valió de la relación "de superioridad y confianza" que mantenía con la niña, que contaba entonces con nueve años, "con intención de satisfacer sus deseos sexuales".

En ese periodo, en varias ocasiones y sin que pueda fijarse un número determinado, llevó a cabo distintos actos de naturaleza sexual con la menor, "sin su consentimiento", a la que dirigía expresiones como "esto es un juego, es como las películas, no se lo cuentes a nadie, es un secreto grande y no puede saberlo nadie", además de "no te van a creer y se van a enfadar contigo", según se recoge en la resolución judicial.

Los episodios se prolongaron durante meses, hasta que la niña decidió de forma repentina dejar de acudir a la vivienda del acusado, sin ofrecer entonces explicación a sus progenitores, ya que "no deseaba perjudicar a la unidad familiar, en la que existían estrechos lazos de unión". No fue hasta 2020 cuando presentó querella por estos hechos.

El tribunal considera igualmente acreditado que, como consecuencia de lo sucedido, la mujer ha precisado tratamiento psicoterapéutico desde marzo de 2017 y padece un trastorno de estrés postraumático crónico.

Por todo ello, el hombre ha sido condenado por un delito de abuso sexual continuado, conforme al Código Penal vigente en el momento de los hechos, imponiéndosele diez años de prisión y la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante el mismo periodo.

Tanto la afectada como su abogado, Carlos Andrade, que ha ejercido la acusación particular, han expresado su satisfacción con el fallo al entender que "se ha hecho justicia, para que este tipo de personas estén donde tienen que estar, en la cárcel", según manifestó la mujer en un comunicado.

La denunciante ha reiterado también su llamamiento a quienes atraviesen situaciones similares, "para que saquen a la luz estas agresiones y abusos, que denuncien y que estos procesos, aunque sean largos y duros, son muy reparadores".

El letrado de la acusación particular ha puesto en valor "la solidez de la sentencia", especialmente en lo relativo al análisis de la prueba. Ha resaltado que la resolución otorga total credibilidad al relato de la víctima, lo considera respaldado por indicios periféricos y por la pericial, y descarta que exista un móvil espurio en la denuncia.

La sentencia subraya que los hechos se producían aprovechando el acusado su "indiscutible superioridad física" y precisa que la niña "era permanentemente intimidada" mediante frases destinadas a que guardara silencio, punto en el que la Sala examina el largo intervalo entre los abusos y la denuncia.

En este sentido, concluye que ese retraso en acudir a la justicia no resta fuerza al testimonio de la víctima, sino que se explica por la propia dinámica de los delitos sexuales sufridos en la infancia, de modo que "tardará varios años en poder asimilar lo ocurrido y encontrar las fuerzas necesarias para pedir ayuda, y finalmente para interponer la denuncia que ha dado origen al presente procedimiento".