El titular del Juzgado de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tui, plaza 1, ha ratificado la providencia dictada el pasado 10 de abril, en la que determinó que carece de competencia para encomendar la instrucción del caso de la desaparición y muerte de una joven viguesa en 2002 a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
De este modo, el magistrado rechaza el recurso de reforma presentado por la familia de la joven, que desapareció en abril de 2002 y cuyo cuerpo fue hallado días más tarde en O Rosal. Los allegados habían pedido al juzgado que remitiera las diligencias practicadas en su momento por la Policía Nacional a la UCO de la Guardia Civil.
En el auto notificado este martes, el juez expone que las partes “no poseen un derecho dispositivo” sobre el desarrollo del procedimiento penal, puesto que es el órgano judicial el que debe ordenar a la policía judicial la realización de las diligencias, “sin que la elección del cuerpo policial quede a discreción de las partes”.
Igualmente, recuerda que la causa se encuentra provisionalmente sobreseída y que no se ha aportado ningún indicio ni hecho nuevo “que justifique su reapertura”.
El magistrado añade que en el escrito de impugnación presentado “no se señala” precepto legal que se entienda vulnerado, “ni se invoca quiebra de derecho procesal o material que haya causado prejuicio a la parte recurrente”.
“Lo alegado en el recurso no difiere de lo ya planteado en su momento con la petición inicial que motivó la resolución ahora recurrida”, insiste el juez, destacando que “simplemente reitera lo ya solicitado”.
Frente a esta resolución, las partes pueden interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.