El Supremo archiva la denuncia contra Ayuso por la supuesta filtración de correos de la exedil que acusó al alcalde de Móstoles

El Tribunal Supremo archiva la denuncia contra Ayuso por la supuesta filtración de correos de la exedil que acusó de acoso al alcalde de Móstoles.

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La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. A. Pérez Meca - Europa Press

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. A. Pérez Meca - Europa Press

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El Tribunal Supremo ha decidido archivar la denuncia presentada por un abogado contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en la que se le atribuía un presunto delito de revelación de secretos por la supuesta filtración de correos electrónicos enviados por la exconcejala de Móstoles que denunció al alcalde, Manuel Bautista, por acoso.

En la resolución judicial se hace referencia a “la difusión de mensajes de correo electrónico que habrían sido remitidos al entorno de la denunciada”. Así se recoge en el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se decreta el archivo de las actuaciones “al no ser los hechos denunciados constitutivos de delito”.

La actuación judicial se inició después de conocerse que la exedil había trasladado dentro del Partido Popular de Madrid sus quejas por un supuesto caso de acoso o agresión sexual por parte del alcalde de Móstoles, Manuel Bautista, hechos que ella misma ha llevado posteriormente ante los tribunales.

Según se expone, esas quejas internas no habrían obtenido respuesta en la estructura del partido, lo que motivó la dimisión de la concejala. Tras este episodio, varios medios de comunicación difundieron correos electrónicos vinculados al caso en los que la denunciante solicitaba amparo a la presidenta y en los que su equipo la derivaba al PP de Madrid.

Los magistrados del Alto Tribunal precisan ahora que, conforme al informe emitido por la Fiscalía del Tribunal Supremo, no se aprecian en la denuncia formulada por el letrado de José Luis Prieto elementos que justifiquen la apertura de una causa penal.

El auto subraya que “la Sala hace suyo el criterio del fiscal del Tribunal Supremo, que en su informe apunta que la denuncia presentada carece de episodios concretos susceptibles de subsumirse en el tipo delictivo referido por el denunciante”. “El relato carece de toda referencia probatoria que permita iniciar la investigación de un hecho delictivo”, añade la resolución.

El tribunal indica que la denuncia “alude a la difusión de mensajes de correo electrónico que habrían sido remitidos al entorno de la denunciada”, y remarca que “la fuente de conocimiento que el denunciante apunta, basada en reseñas de determinados medios de comunicación, es por completo insuficiente para iniciar una línea de investigación que, por tal razón, sería a todas luces prospectiva”.

El auto detalla que la denuncia se formula en relación con la filtración a la prensa de correos electrónicos que en su momento fueron enviados “al entorno de la denunciada”, antes de la renuncia de la remitente a su acta de concejala en el Ayuntamiento de Móstoles, tras no ser atendidas sus quejas internas en la estructura regional del Partido Popular de Madrid por el eventual acoso sexual que habría sufrido por parte del alcalde de la Corporación.