El decreto de convocatoria de elecciones generales fijó la constitución de las Cortes Generales el 17 de agosto. Una vez constituido el Congreso, su Reglamento fija otras dos fechas:
⦁ Constitución de los grupos parlamentarios: dentro de los 5 días hábiles siguientes, es decir, hasta el día 24 de agosto. El Congreso considera hábiles los sábados, salvo los que sean festivos en Madrid, el Sábado Santo y los del mes de agosto.
⦁ Apertura solemne de la XV Legislatura: dentro de los 15 días hábiles siguientes, plazo que concluye el 6 de septiembre, pero habitualmente este plazo no se cumple y es fijado por acuerdo de la Mesa.
A partir de la constitución de los grupos parlamentarios, el Rey puede iniciar la ronda de consultas con sus representantes para proponer candidato a la Presidencia del Gobierno. No dispone de plazo para ello.
Una vez propuesto éste, la Presidencia del Congreso fijará la fecha para el Debate de investidura, para lo que tampoco hay fijado plazo.
El único plazo perentorio lo fija la Constitución: establece que, transcurridos dos meses desde la primera votación de investidura, si no se ha podido investir a ningún candidato, las Cortes se disolverán y se procederá a la convocatoria de unas nuevas elecciones.
¿Cuándo puede haber investidura? ¿Y Gobierno?
Con estos plazos, fijar cuando puede haber investidura es mera especulación, pero es posible aventurar tres escenarios aproximados:
Votos suficientes: investidura por la vía rápida
En este escenario el resultado de las elecciones deja muy claro que candidato tiene votos suficientes para ser investido, y el debate se celebra con la mayor celeridad posible.
⦁ Semana del 28 de agosto: ronda de contactos del Rey con los partidos políticos.
⦁ Semana del 4 de septiembre: debate de investidura.
⦁ Semana del 11 de septiembre: constitución del Gobierno.
Negociaciones rápidas para la investidura
B) El resultado de las elecciones exige negociaciones para investir a un candidato y éstas se desarrollan con celeridad:
⦁ Semanas del 28 de agosto o/y del 4 de septiembre: ronda de contactos del Rey con los partidos políticos.
⦁ Semana del 11 o del 18 de septiembre: debate de investidura.
⦁ Semana del 18 o del 25 de septiembre: constitución del Gobierno.
Negociaciones para investidura y bloqueo
El resultado de las elecciones exige negociaciones para investir a un candidato y éstas se bloquean.
En este caso es imposible aventurar cuándo podría ser la primera votación en un debate de investidura, fecha y hora. El único plazo que existe es a partir de una primera investidura fallida.
Si en dos meses a partir de la primera votación no se ha conseguido investir a un candidato, las Cortes se disolverán y se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones.