El debate de investidura del candidato designado por el rey Felipe VI, Alberto Núñez Feijóo, se celebrará los próximos días 26 y 27 de septiembre. Así lo ha comunicado la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, quien contactó con el líder del PP para escuchar sus preferencias y concretar.
Según fuentes parlamentarias, las fechas escogidas responden a la solicitud de Feijóo de disponer de tiempo para negociar y tratar de articular una mayoría suficiente. No obstante, también se han tomado teniendo en consideración una repetición electoral que evitase perturbar las navidades.
Desde que recibiera el encargo del rey en la tarde del martes y hasta el día 26 de septiembre, el dirigente popular dispondrá de 35 días completos, “un tiempo más que prudencial”, según la propia Armengol, para recabar apoyos con los que afrontar la primera votación de la investidura.
Esta será el día 27 y necesitaría mayoría absoluta, eso es 176 síes. De lo contrario, se producirá una segunda votación 48 horas más tarde en la que bastaría con mayoría simple, es decir, más síes que noes.
El próximo lunes 28 de agosto Feijóo comenzará a contactar con todos los grupos parlamentarios a excepción de EH Bildu.
En caso de que la candidatura de Feijóo no prosperase, el rey Felipe VI volvería a convocar a los representantes de los grupos políticos con representación en el Congreso para sondearles. Llegado el momento, el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, podría recibir el encargo puesto que ya en la primera cita se postuló. La diferencia es que, desde el momento de la primera votación, el día 27, el reloj comienza a correr.
En virtud del Artículo 99 de la Constitución Española, si transcurridos dos meses desde la primera votación de la investidura no hubiera ningún candidato que resultara investido, el rey procedería a la disolución de las Cortes Generales y se convocarían nuevas elecciones. Es decir, que en este caso la fecha limite para conseguir una investidura se fijaría en el lunes 27 de noviembre.
Entre la convocatoria de las nuevas elecciones hasta su celebración tienen que transcurrir 47 días. Así lo establece la LOREG desde la reforma que se aprobó en 2016, donde también se dispuso que la campaña electoral sería de solo una semana. Por lo tanto, de darse una repetición electoral, los comicios se celebrarían el domingo 14 de enero, y la campaña empezaría el día 5 de enero, siendo la jornada de reflexión el día 13 de enero.
Mientras el Gobierno esté en funciones, las Cortes pueden tener actividad, incluidas las sesiones de control al Gobierno, tal y como sentenció el Tribunal Constitucional en 2018, donde quedó sentada la doctrina de que las Cámaras pueden controlar al Gobierno, aunque entre aquellas y éste no exista la relación de confianza que deriva de una investidura.
En este periodo, el Ejecutivo en funciones no puede remitir Proyectos de ley, aunque sí reales decretos ley, toda vez que concurran la extraordinaria y urgente necesidad.